Société à responsabilité limitée

Sociedad Inmobiliaria E Inversiones Andrake Limitada

CONSTITUCIÓN — 14 mars 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-03-14Voir le PDF (CVE 2099310)

Informations sociétaires

Ltda
Casablanca, Valparaíso
Durée: 5 años, a contar de la fecha de la presente escritura, y este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con una anticipación de 6 meses, a lo menos, antes del fin del respectivo período.
Administration: La representación y la administración de la sociedad y el corresponderá conjuntamente a los socios don ANDRÉS CRISTIÁN POMPEYO MATURANA DIAZ y don ANDRES LEANDRO ALVAREZ GONZALEZ, quienes actuando conjuntamente por la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán, con facultades incluidas en escritura extractada.

Objet social

La sociedad tendrá los siguientes objetos: Uno) la adquisición y enajenación de bienes raíces, arrendamiento, su administración, explotación, urbanización, subdivisión, creación de conjuntos habitacionales o de servicios; toda clase de negocios inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, incluso asociándose con sociedades para el mismo objeto; Dos) Elaboración, planificación y ejecución de proyectos inmobiliarios, turísticos y de protección y conservación del medioambiente, en cualesquiera de sus formas; promoción de servicios, representaciones y cualquier otro que las partes de común acuerdo determinen. Tres) Asimismo, la realización de todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes, directa o indirectamente, con el cumplimiento de los objetivos sociales precedentes y que los socios acordaren.

Capital

Capital total

$80.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$75.000.000

Associés (2)

NomParticipation

ANDRÉS CRISTIÁN POMPEYO MATURANA DIAZ

Socio

7.xxx.xxx-3

50%

ANDRES LEANDRO ALVAREZ GONZALEZ

Socio

16.xxx.xxx-1

50%

Administrateurs (2)

ANDRES LEANDRO ALVAREZ GONZALEZ

16.xxx.xxx-1Administrador

Texte officiel de l’extrait

EN CASABLANCA, República de Chile, a diez de marzo del año dos mil veintidós, ante mí, Álvaro Francisco Estrada Alvarado, abogado, Notario Público de esta ciudad, con oficio en Avenida Constitución número trescientos setenta y seis / trescientos setenta y ocho, por escritura pública hoy ante mí, don ANDRÉS CRISTIÁN POMPEYO MATURANA DIAZ, quien declara ser chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, Cédula Nacional de identidad y RUT Número siete millones treinta y cinco mil ochocientos doce guión tres, domiciliado en Parque Santa María, Parcela Ciento cuarenta y cuatro, Comuna de Algarrobo, Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso, y don ANDRES LEANDRO ALVAREZ GONZALEZ, chileno, soltero, transportista, Cédula Nacional de identidad y RUT Número dieciséis millones setecientos cincuenta y nueve mil doscientos sesenta y cinco guión uno, domiciliado en calle Mar Azul número cero seiscientos cuarenta y cinco, Comuna de El Quisco, Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: "SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES ANDRAKE LIMITADA", pudiendo usar el nombre de fantasía, incluso ante los Bancos, de "ANDRAKE LTDA.". Domicilio.- La ciudad de Casablanca, pudiendo abrir las sucursales que los socios estimen en el resto del país o en el extranjero. Objeto.- La sociedad tendrá los siguientes objetos: Uno) la adquisición y enajenación de bienes raíces, arrendamiento, su administración, explotación, urbanización, subdivisión, creación de conjuntos habitacionales o de servicios; toda clase de negocios inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, incluso asociándose con sociedades para el mismo objeto; Dos) Elaboración, planificación y ejecución de proyectos inmobiliarios, turísticos y de protección y conservación del medioambiente, en cualesquiera de sus formas; promoción de servicios, representaciones y cualquier otro que las partes de común acuerdo determinen. Tres) Asimismo, la realización de todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes, directa o indirectamente, con el cumplimiento de los objetivos sociales precedentes y que los socios acordaren. Administración.- La representación y la administración de la sociedad y el corresponderá conjuntamente a los socios don ANDRÉS CRISTIÁN POMPEYO MATURANA DIAZ y don ANDRES LEANDRO ALVAREZ GONZALEZ, quienes actuando conjuntamente por la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán, con facultades incluidas en escritura extractada. Capital: El capital social será la suma de ochenta millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) el socio don ANDRÉS CRISTIÁN POMPEYO MATURANA DIAZ aporta el cincuenta por ciento, esto es, la suma de cuarenta millones de pesos, de los cuales aporta la suma de cinco millones de pesos, y el saldo, esto es la suma de treinta y cinco millones de pesos, a medida que las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo de tres años a contar de la fecha del presente instrumento. b) la socia don ANDRES LEANDRO ALVAREZ GONZALEZ aporta el cincuenta por ciento restante, esto es, la suma de cuarenta millones de pesos, a medida que las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo de tres años a contar de la fecha del presente instrumento. Duración.- 5 años, a contar de la fecha de la presente escritura, y este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con una anticipación de 6 meses, a lo menos, antes del fin del respectivo período. Utilidades y pérdidas en forma proporcional a los haberes de los socios. Casablanca, 10 de marzo de 2.022.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES ANDRAKE LIMITADA

    CVE 2099310

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