Sociedad Educacional Fedel Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La creación, apertura, administración, mantenimiento, sostenimiento, atención y prestación de servicios de establecimientos educacionales de enseñanza formal o regular en los niveles parvulario, básica y media, asimismo la prestación de los servicios educativos de enseñanza no formal de conformidad a lo estipulado en el artículo segundo de la Ley General de Educación número veinte mil trescientos veinte, sea bajo sistema público, privado o particular subvencionado, todo lo anterior con capitales propios o ajenos y con locales e implementos propios o ajenos. Asimismo podrá desarrollar investigaciones de carácter científico o cultural en distintas áreas relacionadas con la educación.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$10.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
DANIELA ANDREA VERGARA DELGADO Socio 13.xxx.xxx-1 | 13.xxx.xxx-1 | 50% | $5.000.000 |
VERÓNICA ALEJANDRA VERGARA DELGADO Socio 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | 50% | $5.000.000 |
Administrateurs (2)
DANIELA ANDREA VERGARA DELGADO
VERÓNICA ALEJANDRA VERGARA DELGADO
Texte officiel de l’extrait
HARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA, Abogado Notario Público Titular de Osorno, con oficio en calle Eleuterio Ramírez número novecientos diez, ciudad y comuna de Osorno: Por escritura de fecha 05 de Abril de 2019, otorgada ante mí, doña DANIELA ANDREA VERGARA DELGADO, RUT 13.734.180-1, profesora, chilena, divorciada, domiciliada en calle Las Anemonas 1752, Población Bernardo O’Higgins, Osorno; y, doña VERÓNICA ALEJANDRA VERGARA DELGADO, RUT 12.593.004-2, chilena, casada con separación total de bienes, domiciliada en pasaje Francisco Marín número 1245, Osorno, mayores de edad, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: SOCIEDAD EDUCACIONAL FEDEL LIMITADA, pudiendo usar y actuar también con el nombre de fantasía SOCIEDAD EDUCACIONAL FEDEL LTDA., para actuar en todas sus actividades y ante todos los organismos públicos o privados, incluso Bancos, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y restantes órganos, organismos y personas naturales y jurídicas.- Objeto: El objeto de la sociedad será: la creación, apertura, administración, mantenimiento, sostenimiento, atención y prestación de servicios de establecimientos educacionales de enseñanza formal o regular en los niveles parvulario, básica y media, asimismo la prestación de los servicios educativos de enseñanza no formal de conformidad a lo estipulado en el artículo segundo de la Ley General de Educación número veinte mil trescientos veinte, sea bajo sistema público, privado o particular subvencionado, todo lo anterior con capitales propios o ajenos y con locales e implementos propios o ajenos. Asimismo podrá desarrollar investigaciones de carácter científico o cultural en distintas áreas relacionadas con la educación.- Capital: $10.000.000, que socios aportan del siguiente modo: A) Doña DANIELA ANDREA VERGARA DELGADO aporta la suma de cinco millones de pesos, que entera, al contado y en dinero en efectivo, suma que ingresa a las arcas sociales; y, B) doña VERÓNICA ALEJANDRA VERGARA DELGADO aporta la suma de cinco millones de pesos, que entera, al contado y en dinero en efectivo, suma que ingresa a las arcas sociales.- Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a ambas socias, indistintamente, quienes por sí solos contarán con todas y cada una de las facultades que tiendan a una cabal ejecución de todos los actos y contratos inherentes al giro social o que sean necesarios o conducentes a la obtención de los fines de la compañía.- Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años a partir de la fecha de suscripción de la presente escritura pública. Este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social con una anticipación, a lo menos, de seis meses de antelación a la finalización del período en curso respectivo.- Domicilio: El domicilio de la sociedad y el de los socios, para los efectos que deriven del presente instrumento, será la ciudad de Osorno, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en el resto del país o en el extranjero.- Otras estipulaciones escritura social extractada.- Osorno, 12 de Abril de 2019.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD EDUCACIONAL FEDEL LIMITADA
CVE 1576349
