Société à responsabilité limitée

Sociedad de Profesionales Renom Limitada

CONSTITUCIÓN — 20 janv. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-01-20Voir le PDF (CVE 2256997)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: cinco años, a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada por períodos iguales de cinco años, a menos que algún socio manifestare su intención de ponerle término
Administration: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia Barbara Paz Renom Zuñiga, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, en forma individual, obligará a ésta con las más amplias facultades de disposición y administración de los bienes sociales.

Objet social

El objeto social será exclusivamente el desarrollo de las siguientes actividades profesionales: Actividades de asesoramiento y consultoría empresarial especialmente en todo tipo de materias de gestión de recursos humanos.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

BÁRBARA PAZ RENOM ZÚÑIGA

Socio

12.xxx.xxx-9

95%

TATIANA ALEJANDRA RENOM ZUÑIGA

Socio

13.xxx.xxx-2

5%

Administrateurs (1)

Barbara Paz Renom Zuñiga

12.xxx.xxx-9Administrador

Texte officiel de l’extrait

Maria Patricia Donoso Gomien, abogado, notario titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, certifico que por escritura pública de hoy ante mí, doña BÁRBARA PAZ RENOM ZÚÑIGA, cedula nacional de identidad número 12.660.848-9, ingeniero comercial ,domiciliada en Las Vertientes N° 10360, comuna de Peñalolen, Santiago; y doña TATIANA ALEJANDRA RENOM ZUÑIGA, chilena, psicóloga, cedula nacional de identidad N° 13.271.834-2, domiciliada en Poeta Ángel Cruchaga N°1761 A 22, Comuna de La Reina, Santiago,constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, RAZÓN SOCIAL."SOCIEDAD DE PROFESIONALES RENOM LIMITADA", pudiendo funcionar, también, con el nombre de fantasía "Renom Ltda.", ante todo tipo de instituciones, sean públicas, semipúblicas o privadas, Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República e incluso signar boletas y facturas tributarias con la sigla de fantasía.-DOMICILIO.- El domicilio de la Sociedad estará en la Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en el resto del país o del extranjero.-OBJETO SOCIAL. El objeto social será exclusivamente el desarrollo de las siguientes actividades profesionales: Actividades de asesoramiento y consultoría empresarial especialmente en todo tipo de materias de gestión de recursos humanos. CAPITAL: El capital social ascenderá a la suma de un millón de pesos, el que es aportado de la siguiente forma: UNO) Doña Barbara Paz Renom Zuñiga , aporta la suma de novecientos cincuenta mil pesos, equivalente al noventa y cinco por ciento del capital social , al contado y en dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social; y DOS)Doña Tatiana Alejandra Renom Zuñiga aporta la suma de cincuenta mil pesos, equivalente al cinco por ciento del capital social , al contado y en dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social. Queda totalmente enterado el capital de la sociedad. RESPONSABILIDAD.-La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL.-. La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia Barbara Paz Renom Zuñiga, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, en forma individual, obligará a ésta con las más amplias facultades de disposición y administración de los bienes sociales, pudiendo celebrar y ejecutar todos los actos y contratos, de cualquier naturaleza que ellos sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.DURACIÓN.- El plazo de duración de la Sociedad será de cinco años, a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada por períodos iguales de cinco años, a menos que algún socio manifestare su intención de ponerle término; manifestación que deberá hacer por escritura pública, otorgada con una anticipación mínima de seis meses con respecto al término del período que estuviese corriendo; escritura que deberá subinscribirse al margen de la inscripción original, en el Registro de Comercio respectivo; y se deberá remitir carta a los demás socios, por medio de un Notario Público, manifestando el deseo de poner término a la Sociedad y en qué plazo. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 16 de enero de 2023. Maria Patricia Donoso Gomien, notario Público.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    Sociedad de Profesionales Renom Limitada

    CVE 2256997

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial