Sociedad De Profesionales Lecaros Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La sociedad tiene como objeto exclusivo: la prestación de servicios profesionales relacionados con la profesión de abogado; la prestación de asesorías profesionales en el campo del derecho, y en general, en todos los ámbitos que las personas en posesión del título de abogado se encuentran capacitadas para prestar; y todas las actividades profesionales y de asesorías relacionadas o complementarias con las actividades anteriores. La sociedad también podrá realizar inversiones ocasionales, con el exclusivo fin de preservar sus flujos de caja y evitar su desvalorización, como por ejemplo, pero no limitado a, depósitos a plazo, fondos mutuos y otros instrumentos de corto plazo. Para el desarrollo de sus labores, la sociedad podrá adquirir activos fijos, siempre que, en dicho desarrollo, prime el trabajo por sobre el capital. Los servicios de la sociedad que forman parte de su objeto social deberán ser prestados por intermedio de sus socios, pudiendo intervenir dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales.
Capital
Capital total
$100.000
Capital libéré
$100.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $50.000 |
Socio | - | 50% | $50.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, chileno, abogado, Notario Público, titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho certifico: que, por escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2022, repertorio 41.848-2022, ante mí, los señores PABLO LECAROS ARTHUR y RAÚL LECAROS ARTHUR, ambos domiciliados en Cerro El Plomo 5630, oficina 1601, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: A.- Razón Social: "SOCIEDAD DE PROFESIONALES LECAROS Y COMPAÑÍA LIMITADA", pudiendo usar nombre de fantasía "Lecaros y Compañía Limitada". B.- Domicilio: La ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro y fuera del país. C.- Objeto: La sociedad tiene como objeto exclusivo: /i/ la prestación de servicios profesionales relacionados con la profesión de abogado; /ii/ la prestación de asesorías profesionales en el campo del derecho, y en general, en todos los ámbitos que las personas en posesión del título de abogado se encuentran capacitadas para prestar, y /iii/ todas las actividades profesionales y de asesorías relacionadas o complementarias con las actividades anteriores. La Sociedad también podrá realizar inversiones ocasionales, con el exclusivo fin de preservar sus flujos de caja y evitar su desvalorización, como por ejemplo, pero no limitado a, depósitos a plazo, fondos mutuos y otros instrumentos de corto plazo. Para el desarrollo de sus labores, la Sociedad podrá adquirir activos fijos, siempre que, en dicho desarrollo, prime el trabajo por sobre el capital. Los servicios de la Sociedad que forman parte de su objeto social deberán ser prestados por intermedio de sus socios, pudiendo intervenir dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales. D.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de cien mil pesos, el cual se encuentra íntegramente pagado por los socios de la siguiente forma: don PABLO LECAROS ARTHUR, cincuenta mil pesos, representativo del cincuenta por ciento del capital social, y don RAÚL LECAROS ARTHUR, cincuenta mil pesos, representativo del cincuenta por ciento del capital social. Se deja constancia de que todos los socios deben ejercer sus profesiones para la Sociedad, estándoles expresamente prohibido solo el aporte de capital. E.- Administración: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y representación judicial y extrajudicial, corresponderá, indistintamente, a don PABLO LECAROS ARTHUR y a don RAÚL LECAROS ARTHUR, quienes la ejercerán actuando cada uno de ellos de forma individual, anteponiendo la razón social a su firma, con las más amplias y diversas facultades de conservación, administración y disposición de bienes. F.- Duración: La duración de la Sociedad será de diez años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante una declaración por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el registro de comercio respectivo. Tanto la declaración referida como la nota al margen deberán efectuarse con, a lo menos, tres meses de antelación al vencimiento del plazo original de vigencia o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso, en su caso. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2022.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PROFESIONALES LECAROS Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2245576
