Société par actions

Sociedad De Inversiones Frutillar Bajo SpA

CONSTITUCIÓN — 11 août 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-08-11Voir le PDF (CVE 2170181)

Informations sociétaires

SpA
calle Huérfanos 941 oficina 302
Durée: indefinida

Objet social

Inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, arriendo, leasing de bienes de todo tipo, bonos, debentures, derechos en sociedades de personas, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito, documentos negociables y valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos por el Estado, por instituciones públicas o por entidades o sociedades privadas, nacionales o extranjeras, y en general, el desarrollo de cualquier actividad anexa o similar a las anteriores, u otras que los accionistas de común acuerdo con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, para lo que podrá adquirirlos en el país o en el extranjero. La Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941 oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de agosto de 2022, Repertorio 12.323/2022, ante mí, don CLAUDIO YOLIN ORTEGA, constituyó una sociedad por acciones denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES FRUTILLAR BAJO SpA”. El objeto de la sociedad es la Inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, arriendo, leasing de bienes de todo tipo, bonos, debentures, derechos en sociedades de personas, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito, documentos negociables y valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos por el Estado, por instituciones públicas o por entidades o sociedades privadas, nacionales o extranjeras, y en general, el desarrollo de cualquier actividad anexa o similar a las anteriores, u otras que los accionistas de común acuerdo con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, para lo que podrá adquirirlos en el país o en el extranjero. La Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras. La duración de la sociedad será indefinida. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. /RDM

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