Société à responsabilité limitée

Sociedad De Inversiones Callao Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 août 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-08-09Voir le PDF (CVE 1634661)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años, renovables sucesiva y automáticamente por períodos iguales, salvo voluntad contraria de socio manifestada por escritura pública anotada al margen de inscripción social, con anticipación 6 meses fin respectivo período
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá a Karin Paulina Espinoza Molina, con amplias facultades.

Objet social

El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles, amoblados o sin amoblar, en especial bienes raíces, rústicos y urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la prestación de asesorías y consultorías en informática y desarrollo de sistemas; así como también, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el objeto antes señalado.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

Margarita del Carmen Molina León

Socio

20%

Karin Paulina Espinoza Molina

Socio

40%

Pablo Alonso Espinoza Molina

Socio

40%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

ALBERTO ROJAS LOPEZ, Notario Público Titular 6 Notaría Santiago, Compañía Nº 1085, piso 14, certifico que por escritura pública de fecha 05 de Agosto de 2019, ante mí, MARGARITA DEL CARMEN MOLINA LEÓN, KARIN PAULINA ESPINOZA MOLINA y PABLO ALONSO ESPINOZA MOLINA, todos domiciliados para estos efectos en calle Callao 3800, departamento 194, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD DE INVERSIONES CALLAO LIMITADA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales resto país. Duración: 5 años, renovables sucesiva y automáticamente por períodos iguales, salvo voluntad contraria de socio manifestada por escritura pública anotada al margen de inscripción social, con anticipación 6 meses fin respectivo período. Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles, amoblados o sin amoblar, en especial bienes raíces , rústicos y urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la prestación de asesorías y consultorías en informática y desarrollo de sistemas; así como también, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el objeto antes señalado.-. La administración y uso de la razón social corresponderá a Karin Paulina Espinoza Molina, con amplias facultades. Capital: $1.000.000.- aportado en este acto, al contado y en dinero efectivo, en siguiente proporción: a) Margarita del Carmen Molina León, la suma de $200.000.- , equivalentes al 20% del haber social. b) Karin Paulina Espinoza Molina, la suma de $400.000.- , equivalentes al 40% del haber social. c) Don Pablo Alonso Espinoza Molina, la suma de $400.000.-, equivalentes al 40% del haber social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto del aporte. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 07 de agosto 2019.

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