Société par actions

Sociedad Agrícola y Servicios Agro - Osorno SpA

CONSTITUCIÓN — 17 juin 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-06-17Voir le PDF (CVE 1607004)

Informations sociétaires

SpA
Osorno, Los Lagos
Durée: tres años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período
Administration: Administración por DENISSE ENDRESS BÓRQUEZ, con las facultades señaladas en el título tercero artículo quinto.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto a).- comercializar mediante compra, venta, comisión o en otras formas, todo tipo de productos agrícolas frutícolas y pecuarios, semillas, plantas fertilizantes, herbicidas, pesticidas y otros insumos de las actividades agrícolas, vitivinícola y agropecuaria; b).- comercializar y distribuir equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas y demás implementos de la actividad agrícola, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes o distribuidores.- c).- importar y exportar por cuenta propia o de terceros los productos y especies señalados en los dos párrafos precedentes.- d).- prestar servicios de depósito, almacenamiento, secado, frío y otros servicios a productores agrícolas, o de otro tipo.- e).- producir directamente o en asociación con terceros, semillas y plantas para la agricultura, fruticultura, vinicultura o silvicultura.- f).- promover o realizar directamente o en asociación con terceros agro-industrias de cualquier naturaleza, incluyendo procesadoras, packing, frigoríficos, envasadoras, bodegas vitivinícolas y, en general, de productos del agro. g).- administrar y explotar por cuenta propia o ajena, predios agrícolas y urbanos, servicios de utilidad pública y otros bienes y realizar cualquier otra actividad relacionada con dicho objeto. h).- arrendar, comprar y vender, y en general adquirir y enajenar a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios agrícolas y urbanos; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, i).- la prestación de servicios profesionales, técnicos y especializados a través de informes, asesorías y/o consultorías en los ámbitos agrícolas, financieros, legales, sociales, de gestión, planificación estratégica, desarrollo de nuevos negocios, comunicación, imagen corporativa, políticas medio ambientales, marketing, relaciones públicas, resolución de conflictos; y, en general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social

Capital

Capital total

$100.000.000

Capital libéré

$73.000.000

Capital restant dû

$27.000.000

Actions

100

Associés (4)

NomParticipation

ELGAR SIJISFREDO ENDRESS STOLLSTEINER

Accionista

4.xxx.xxx-0

55%

EDGAR GABRIEL ENDRESS BÓRQUEZ

Accionista

8.xxx.xxx-5

15%

DENISSE ENDRESS BÓRQUEZ

Accionista

8.xxx.xxx-0

15%

MÓNICA ENDRESS BÓRQUEZ

Accionista

8.xxx.xxx-9

15%

Administrateurs (1)

DENISSE ENDRESS BÓRQUEZ

8.xxx.xxx-0Administrador

Texte officiel de l’extrait

HARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA, Abogado, Notario Público Titular de Osorno, oficio calle Eleuterio Ramírez Nº 910, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don ELGAR SIJISFREDO ENDRESS STOLLSTEINER, chileno, cédula nacional de identidad núm. cuatro millones sesenta y ocho mil ochenta y uno guión cero, profesor, viudo, domiciliado en Chiscahue s/n comuna de Rio Bueno, Región de Los Lagos; don EDGAR GABRIEL ENDRESS BÓRQUEZ, chileno, cédula nacional de identidad núm. ocho millones doce mil setecientos noventa y nueve guión cinco, artista y docente, divorciado, domiciliado en 141 Martin rd st Augustine fl 32086 USA; doña DENISSE ENDRESS BÓRQUEZ, chilena, cédula nacional de identidad número ocho millones dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y cuatro guion cero, ingeniera agrónoma, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en calle Amthauer número mil trecientos noventa y cuatro, comuna de Osorno, Región de Los Lagos, y doña MÓNICA ENDRESS BÓRQUEZ, chilena, cédula nacional de identidad núm. ocho millones doce mil setescientos noventa y siete guión nueve, soltera, profesora de artes, domiciliada en calle Patricio Lynch 1359, comuna de Osorno, Región de Los Lagos, constituyeron Sociedad Por Acciones.- Razón Social: Sociedad Agrícola y Servicios Agro - Osorno SpA pudiendo utilizar la sigla o nombre de fantasía “Agrícola Chiscaihue SpA.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto a).- comercializar mediante compra, venta, comisión o en otras formas, todo tipo de productos agrícolas frutícolas y pecuarios, semillas, plantas fertilizantes, herbicidas, pesticidas y otros insumos de las actividades agrícolas, vitivinícola y agropecuaria; b).- comercializar y distribuir equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas y demás implementos de la actividad agrícola, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes o distribuidores.- c).- importar y exportar por cuenta propia o de terceros los productos y especies señalados en los dos párrafos precedentes.- d).- prestar servicios de depósito, almacenamiento, secado, frío y otros servicios a productores agrícolas, o de otro tipo.- e).- producir directamente o en asociación con terceros, semillas y plantas para la agricultura, fruticultura, vinicultura o silvicultura.- f).- promover o realizar directamente o en asociación con terceros agro-industrias de cualquier naturaleza, incluyendo procesadoras, packing, frigoríficos, envasadoras, bodegas vitivinícolas y, en general, de productos del agro. g).- administrar y explotar por cuenta propia o ajena, predios agrícolas y urbanos, servicios de utilidad pública y otros bienes y realizar cualquier otra actividad relacionada con dicho objeto. h).- arrendar, comprar y vender, y en general adquirir y enajenar a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios agrícolas y urbanos; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, i).- la prestación de servicios profesionales, técnicos y especializados a través de informes, asesorías y/o consultorías en los ámbitos agrícolas, financieros, legales, sociales, de gestión, planificación estratégica, desarrollo de nuevos negocios, comunicación, imagen corporativa, políticas medio ambientales, marketing, relaciones públicas, resolución de conflictos; y, en general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social..- Administración: DENISSE ENDRESS BÓRQUEZ, con las facultades señalas en el título tercero artículo quinto.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de cien millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que el accionista don ELGAR SIJISFREDO ENDRESS STOLLSTEINER suscribe en este acto 55 acciones las que paga en este acto, de la siguiente manera (i) con el aporte del inmueble de su propiedad inscrita a fojas 227 vuelta, núm. 337 parcela núm treinta y uno del Proyecto de parcelación Chiscaihue, ubicado en la comuna y departamento de Rio Bueno de una superficie de cincuenta y dos coma cinco hectáreas, cuyos deslindes son; Norte parte parcela treinta y siete. Bien común especial tres y sitio cinco, todos con camino de por medio parte parcela treinta y dos, Oriente: parte parcela treinta y siete, parte sitio cinco ambos camino de por medio, bien común especial tres. Reserva Corporación de la Reforma Agraria tres, Propiedad Antonio Espinoza; Sur: Parte propiedad Antonio Espinoza reserva Corporación Reforma Agraría tres. Propiedad de Catalina Kaem. Parte parcela cuarenta, parcela treinta y nueve, sitio cuatro parte bien común especial tres, camino por medio sitio cinco. Parte Parcela treinta y dos. Es dueño además del sitio cuatro del mismo Proyecto de parcelación Chiscaihue de una superficie aproximada de mil metros cuadrados cuyos deslindes son, Norte: Bien común especial tres, Oriente: Parte Bien común especial tres, pequeña parte parcela treinta y uno, Sur: parcela treinta y uno, Poniente: parte parcela treinta y uno.- Parte bien común especial tres enterándolo en caja social, (ii) don EDGAR GABRIEL ENDRESS BÓRQUEZ suscribe en este acto 15 acciones las que pagará con su trabajo o industria y la suma de diez millones de pesos, tres de los cuales paga al contado la cantidad de tres millones de pesos, y el resto, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha (iii) doña DENISSE ENDRESS BÓRQUEZ suscribe en este acto 15 acciones las que pagará con su trabajo o industria y la suma de diez millones de pesos que paga dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha (iv) doña MÓNICA ENDRESS BÓRQUEZ suscribe en este acto 15 acciones las que pagará con su trabajo o industria y la suma de diez millones de pesos que paga dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha. Domicilio: Osorno, sin perjuicios sucursales otros puntos del país o extranjero.- Duración: La Sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período. Osorno, 11 de junio 2019.

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