Société à responsabilité limitée

Sociedad Agricola Santa Ines Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 juil. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-07-11Voir le PDF (CVE 1427973)

Informations sociétaires

Ltda
O'Higgins, Aysén
Durée: 05 años, renovables tácitamente y sucesivamente por períodos iguales
Administration: Corresponde al socio MIGUEL ANGEL HERRERA PALOMINOS, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma personal a la razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.

Objet social

Comercializar, exportar e importar, comprar vender directamente, o por medio de aportes en sociedades de cualquier naturaleza o especie, en actividades de conservación, exploración, explotación, industrialización o aprovechamiento, en cualquier forma, de los recursos renovables o no renovables, en especial: Frutales y explotación de bosques, Código de actividad 142900, según cuadro de actividad económica vigente en el portal de Servicios de Impuestos Internos; adquirir, poseer o explotar patentes, nombres comerciales, marcas, secretos industriales, sistemas de acción, licencias u otros derechos constitutivos de propiedad industrial; conceder su explotación a terceras personas, especialmente en las materias mencionadas en el literal (a); y en general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen relacionadas directa e indirectamente con las anteriores.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital libéré

$4.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

MIGUEL ANGEL HERRERA PALOMINOS

Socio

55%

MIGUEL ANGEL HERRERA CACERES

Socio

15%

FELIPE ANDRES HERRERA CACERES

Socio

15%

NICOLAS ANTONIO HERRERA CACERES

Socio

15%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

HECTOR BOWN ORTEGA, Notario Público titular 39ª. Notaría Santiago, oficio Av. Ossa 150, Ñuñoa, certifica escritura pública fecha de hoy ante mí Por escritura hoy, ante mí, MIGUEL ANGEL HERRERA CACERES, FELIPE ANDRES HERRERA CACERES, NICOLAS ANTONIO HERRERA CACERES, y MIGUEL ANGEL HERRERA PALOMINOS, todos domiciliados El Cerrillo nro. 65 O’Higgins de Palay , comuna San Francisco de Mostazal ,ciudad de Rancagua, de paso por ésta, constituyeron Sociedad responsabilidad limitada. Objeto. a) Comercializar, exportar e importar, comprar vender directamente, o por medio de aportes en sociedades de cualquier naturaleza o especie, en actividades de conservación, exploración, explotación, industrialización o aprovechamiento, en cualquier forma, de los recursos renovables o no renovables, en especial: Frutales y explotación de bosques, Código de actividad 142900, según cuadro de actividad económica vigente en el portal de Servicios de Impuestos Internos .b) Adquirir, poseer o explotar patentes, nombres comerciales, marcas, secretos industriales, sistemas de acción, licencias u otros derechos constitutivos de propiedad industrial; conceder su explotación a terceras personas, especialmente en las materias mencionadas en el literal (a).c) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen relacionadas directa e indirectamente con las anteriores .Razón social. “SOCIEDAD AGRICOLA SANTA INES LIMITADA” además podrá usar como nombre de fantasía el de "AGRICOLA SANTA INES LTDA”. Administración, representación y uso razón social. Corresponde al socio MIGUEL ANGEL HERRERA PALOMINOS, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma personal a la razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Capital.$4.000.000, aportado dinero contado efectivo ingresado caja social forma siguiente : socio Miguel Ángel Herrera Palominos $2.200.000 , socios Miguel Ángel Herrera Cáceres , Felipe Andrés Herrera Cáceres y Nicolás Antonio Herrera Cáceres cada uno de ellos con $600.000. Socios limitan hasta concurrencia monto capital. Plazo. Comienza a contar de hoy tendrá una duración de 05 años, renovables tácitamente y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, de lo cual se comunicará al otro socio por carta certificada dirigida a su domicilio, todo con una anticipación de a lo menos 06 meses antes del final del período que estuviere en curso. Santiago, 14 junio 2018.

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