Sociedad Agricola La Chilca Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con la explotación de predios agrícolas. Actividad que realizará mediante la explotación, arriendo, administración agrícola de predios rústicos, la industrialización, comercialización y/o exportación de sus productos y de toda clase de cultivos de árboles frutales y semillas y cultivo de plantas vivas, realizada en los predios rústicos de la sociedad de que sea dueño, usufructuario, arrendatario o tenedor a cualquier título, y la correspondiente comercialización de su extracción agrícola tanto al por mayor y como al detalle. En general, comprenderá cualquier clase de actividad agrícola y/o frutícola relacionada. Para el cumplimiento de dicho objeto, la empresa podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos ya sea con terceros o con los socios, e incluso formar sociedades e ingresar a ellas
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital libéré
$0
Capital restant dû
$4.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
DAVID DANIEL DONOSO IRARRAZABAL Socio 5.xxx.xxx-2 | 5.xxx.xxx-2 | 25% | $1.000.000 |
Socio 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | 25% | $300.000 |
Socio 17.xxx.xxx-0 | 17.xxx.xxx-0 | 50% | $2.000.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel CERTIFICA: Por Escritura Pública de 18/12/2020, ante mí DAVID DANIEL DONOSO IRARRAZABAL, C.I. N° 5.725.927-2 domiciliado en Pasaje Dolores N° 2848, Villa Nelson Pereira, Comuna de Rancagua, Sexta Región; JUAN DAVID DONOSO FLORES, C.I. N° 12.913.501-8, domiciliado en Pasaje Dolores N° 2848, Villa Nelson Pereira, Comuna de Rancagua, Sexta Región; y DANIELA NAYIVER QUEVEDO PINO, C.I. N° 17.503.005-0, domiciliado en Parcela N° 17, Proyecto Santa Luisa, Comuna de Requinoa, Sexta Región; todos los comparecientes de paso en ésta. Constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyo tenor de estatutos es: Razón social: “SOCIEDAD AGRICOLA LA CHILCA LIMITADA”, pudiendo además indistintamente abreviar la palabra “LIMITADA” por “LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con la explotación de predios agrícolas. Actividad que realizará mediante la explotación, arriendo, administración agrícola de predios rústicos, la industrialización, comercialización y/o exportación de sus productos y de toda clase de cultivos de árboles frutales y semillas y cultivo de plantas vivas, realizada en los predios rústicos de la sociedad de que sea dueño, usufructuario, arrendatario o tenedor a cualquier título, y la correspondiente comercialización de su extracción agrícola tanto al por mayor y como al detalle. En general, comprenderá cualquier clase de actividad agrícola y/o frutícola relacionada. Para el cumplimiento de dicho objeto, la empresa podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos ya sea con terceros o con los socios, e incluso formar sociedades e ingresar a ellas. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales, oficinas o establecimientos en el resto del país o el extranjero. Duración: La sociedad empieza a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años corridos o continuos, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que uno o más socios que representen a lo menos el treinta y cinco por ciento de los derechos sociales, manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción social. Sin perjuicio de lo anterior la sociedad podrá terminar, ya sea por común acuerdo de los socios o por causas legales. Capital: $4.000.000.- aportan en la siguiente forma y proporciones: a) DAVID DANIEL DONOSO IRARRAZABAL, $1.000.000.-, equivalentes al 25% del capital, fondo y derechos sociales; b) JUAN DAVID DONOSO FLORES, $300.000.-, $1.000.000.-, equivalentes al 25% del capital, fondo y derechos sociales; y c) DANIELA NAYIVER QUEVEDO PINO $2.000.000.-, equivalentes al 50% del capital, fondo y derechos sociales. Capital íntegramente suscrito y pero pendiente de pago en el plazo de tres años, a contar de fecha escritura, en la medida que el interés social lo requiera. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Administración, Representación y Uso de Razón Social: Corresponderá conjuntamente a Juan David Donoso Flores y a Daniela Nayiver Quevedo Pino con amplias facultades de administración y disposición indicadas en escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 21 de diciembre de 2020.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD AGRICOLA LA CHILCA LIMITADA
CVE 1869858
