Société à responsabilité limitée

Servicios Y Comercializadora Valmor Limitada

CONSTITUCIÓN — 30 mai 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-05-30Voir le PDF (CVE 2136229)

Informations sociétaires

Ltda
Linares, Maule
Durée: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha. Este plazo se entenderá renovado, tácita y sucesivamente por periodos de un año, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de término.
Administration: corresponderá a doña Vanessa Verónica Moreno Cáceres y/o a don Giorgio Piero Vallebuona Echeverria, quienes podrán actuar separada o conjuntamente, quienes obrando de esta manera y anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas entre ellas.

Objet social

Limpieza general de edificio, OTRAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES INDUSTRIALES, OTRAS ACTIVIDADES DE DOTACION DE RECURSOS HUMANOS, ALQUILER DE VEHICULOS AUTOMOTORES SIN CHOFER, comercializadora de productos de aseo, elementos de seguridad, ropa y elementos publicitarios. Importadora y exportadora de implementos, equipamiento y accesorios de seguridad y corporativos. Provisión de personal. Productora de eventos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Vanessa Verónica Moreno Cáceres

Socio

50%

Giorgio Piero Vallebuona Echeverria

Socio

50%

Texte officiel de l’extrait

RODRIGO ROJAS CASTILLO, Notario Público de Concepción, con asiento en Avenida Michimalonco N° 1015, San Pedro de la Paz, Certifico: Por escritura pública de fecha 09 de Mayo de 2022, otorgada en esta Notaria, doña VANESSA VERÓNICA MORENO CÁCERES, chilena, soltera, publicista; y don GIORGIO PIERO VALLEBUONA ECHEVERRIA, chileno, ingeniero en madera, divorciado, ambos con domicilio en calle Max Jara Nº 0065, comuna de Linares, ambos mayores de edad, acreditaron sus identidades con sus respectivas cédulas de identidad, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada RAZON SOCIAL: “SERVICIOS Y COMERCIALIZADORA VALMOR LIMITADA” nombre de fantasía “VALMOR LTDA.”. DOMICILIO: LINARES. OBJETO: Limpieza general de edificio, OTRAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES INDUSTRIALES, OTRAS ACTIVIDADES DE DOTACION DE RECURSOS HUMANOS, ALQUILER DE VEHICULOS AUTOMOTORES SIN CHOFER, comercializadora de productos de aseo, elementos de seguridad, ropa y elementos publicitarios. Importadora y exportadora de implementos, equipamiento y accesorios de seguridad y corporativos. Provisión de personal. Productora de eventos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACION: corresponderá a doña Vanessa Verónica Moreno Cáceres y/o a don Giorgio Piero Vallebuona Echeverria, quienes podrán actuar separada o conjuntamente, quienes obrando de esta manera y anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas entre ellas. CAPITAL SUSCRITO: $10.000.000.- aportando la socia Vanessa Verónica Moreno Cáceres la suma de $5.000.000., y el socio Giorgio Piero Vallebuona Echeverria la suma de $5.000.000.- en este acto y en dinero efectivo. DURACION: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha. Este plazo se entenderá renovado, tácita y sucesivamente por periodos de un año, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de término. Demás estipulaciones escritura extractada. En San Pedro de la Paz, 24 Mayo 2022.-

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