Société à responsabilité limitée

Servicios Y Asesorías Profesionales Rossler Y Vergara Limitada

CONSTITUCIÓN — 8 mai 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-05-08Voir le PDF (CVE 2643599)

Informations sociétaires

Ltda
calle Pedro Lira Urquieta N° 11.407
Durée: indefinida
Administration: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO VERGARA SOTOMAYOR, doña MARÍA LORETO DE LAS MERCEDES ROSSLER YÁVAR y a don PEDRO PABLO VERGARA ROSSLER, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, anteponiendo a su firma la razón social y obligando a la sociedad en todo los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades

Objet social

La prestación de servicios y asesorías profesionales legales, jurídicas, tributarias, laborales, financieras, recursos humanos y todas aquellas propias de la profesión de sus socios y/o de sus dependientes; asimismo los socios podrán acordar bajo requisitos legales otro objeto

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

MARÍA LORETO DE LAS MERCEDES ROSSLER YÁVAR

Socio

1%

JUAN PABLO VERGARA SOTOMAYOR

Socio

99%

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, abogado, Notario Público Titular con oficio en Avenida Quilín N° 5283, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 28 de abril de 2025, repertorio 819-25, ante mí, doña MARÍA LORETO DE LAS MERCEDES ROSSLER YÁVAR y don JUAN PABLO VERGARA SOTOMAYOR, ambos domiciliados en calle Pedro Lira Urquieta N° 11.407, comuna de Lo Barnechea, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada cuya razón social será “SERVICIOS Y ASESORÍAS PROFESIONALES ROSSLER Y VERGARA LIMITADA”, pudiendo utilizar para fines comerciales, bancarios y publicitarios el nombre de fantasía “VYR LTDA”; la sociedad tendrá por objeto: La prestación de servicios y asesorías profesionales legales, jurídicas, tributarias, laborales, financieras, recursos humanos y todas aquellas propias de la profesión de sus socios y/o de sus dependientes; asimismo los socios podrán acordar bajo requisitos legales otro objeto; la duración de la sociedad es indefinida; capital: $5.000.000.- que ha sido íntegramente suscrito, enterado y pagado por los socios en la forma señalada en escritura extractada, en las siguientes proporciones: a) María Loreto de las Mercedes Rossler Yávar, la cantidad de $50.000.-, que corresponde al 1% del capital social y propiedad de la compañía; y, b) Juan Pablo Vergara Sotomayor, la cantidad de $950.000.-, que corresponde al 99% del capital social y propiedad de la presente compañía. La administración y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO VERGARA SOTOMAYOR, doña MARÍA LORETO DE LAS MERCEDES ROSSLER YÁVAR y a don PEDRO PABLO VERGARA ROSSLER, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, anteponiendo a su firma la razón social y obligando a la sociedad en todo los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 02 de mayo de 2025.

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