Société à responsabilité limitée

Servicios Profesionales Guerrero Olivos Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 déc. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-12-24Voir le PDF (CVE 2240626)

Informations sociétaires

Ltda
Vitacura, Región Metropolitana
Durée: 50 años contados desde fecha de escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 50 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.
Administration: Corresponderá a un comité directivo compuesto de 3 integrantes que serán designados por escritura pública suscrita por todos los socios, y que permanecerán en sus cargos por un período de 2 años contados desde su designación, salvo que sean revocados con anterioridad en la misma forma en que fueron designados.

Objet social

La prestación de servicios de asesoría y representación jurídica así como de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado. Para los fines antes señalados, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y, en general, realizar toda otra actividad profesional o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Associés (14)

NomParticipation

Sebastián Abogabir Méndez

Socio

7.43%

Juan Enrique Allard Serrano

Socio

12%

Miguel Andrés Coddou Astrain

Socio

2.5%

Eduardo Erick Cordero Quinzacara

Socio

9.11%

Benjamín Pedro Matías Agustín Ferrada Walker

Socio

2.5%

Rocío Macarena García de la Pastora Zavala

Socio

2.5%

Pedro Lyon Bascur

Socio

10.34%

Pedro Julio Pellegrini Ripamonti

Socio

12%

Benjamín Pérez Arrieta

Socio

2.5%

Clemente José Pérez Errázuriz

Socio

12%

Martín Santa María Oyanedel

Socio

12%

José Gabriel Undurraga Martínez

Socio

6.94%

Sergio Enrique Yávar Celedón

Socio

5.68%

Marco Antonio Zavala Inostroza

Socio

2.5%

Texte officiel de l’extrait

Verónica Torrealba Costabal, Notario Público Suplente del Titular de la 33ª Notaría don Iván Torrealba Acevedo, con domicilio en Huérfanos 879, oficina 501, Santiago, certifico que, por escritura pública de 14 de diciembre de 2022, ante mí, Sebastián Abogabir Méndez, Juan Enrique Allard Serrano, Miguel Andrés Coddou Astrain, Eduardo Erick Cordero Quinzacara, Benjamín Pedro Matías Agustín Ferrada Walker, Rocío Macarena García de la Pastora Zavala, Pedro Lyon Bascur, Pedro Julio Pellegrini Ripamonti, Benjamín Pérez Arrieta, Clemente José Pérez Errázuriz, Martín Santa María Oyanedel, José Gabriel Undurraga Martínez, Sergio Enrique Yávar Celedón, y Marco Antonio Zavala Inostroza, todos domiciliados en Avenida Vitacura N°2939, piso 12, Las Condes, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de la que extracto: Razón Social: Servicios Profesionales Guerrero Olivos Limitada. Objeto: La prestación de servicios de asesoría y representación jurídica así como de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado. Para los fines antes señalados, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y, en general, realizar toda otra actividad profesional o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Administración: Corresponderá a un comité directivo compuesto de 3 integrantes que serán designados por escritura pública suscrita por todos los socios, y que permanecerán en sus cargos por un período de 2 años contados desde su designación, salvo que sean revocados con anterioridad en la misma forma en que fueron designados. Duración: 50 años contados desde fecha de escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 50 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: $10.000.000, que las socios aportan y pagan en acto de constitución al contado y en dinero efectivo como sigue: /a/ Sebastián Abogabir Méndez, con la suma de $743.000, equivalente al 7,43% de los derechos sociales; /b/ Juan Enrique Allard Serrano, con la suma de $1.200.000, equivalente al 12% de los derechos sociales; /c/ Miguel Andrés Coddou Astrain, con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales; /d/ Eduardo Erick Cordero Quinzacara, con la suma de $911.000, equivalente al 9,11% de los derechos sociales; /e/ Benjamín Pedro Matías Agustín Ferrada Walker, con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales; /f/ Rocío Macarena García de la Pastora Zavala, con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales; /g/ Pedro Lyon Bascur, con la suma de $1.034.000, equivalente al 10,34% de los derechos sociales; /h/ Pedro Julio Pellegrini Ripamonti, con la suma de $1.200.000, equivalente al 12% de los derechos sociales; /i/ Benjamín Pérez Arrieta, con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales; /j/ Clemente José Pérez Errázuriz, con la suma de $1.200.000, equivalente al 12% de los derechos sociales; /k/ Martín Santa María Oyanedel, con la suma de $1.200.000, equivalente al 12% de los derechos sociales; /l/ José Gabriel Undurraga Martínez, con la suma de $694.000, equivalente al 6,94% de los derechos sociales; /m/ Sergio Enrique Yávar Celedón, con la suma de $568.000, equivalente al 5,68% de los derechos sociales; y, / Marco Antonio Zavala Inostroza, con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 21 de diciembre de 2022.

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