Société à responsabilité limitée

Servicios Profesionales Campos Y López Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 janv. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-01-19Voir le PDF (CVE 2256192)

Informations sociétaires

Ltda
calle Noruega número seis mil seiscientos ochenta
Durée: Cinco años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución de la sociedad, prorrogado automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de cinco años cada uno salvo aviso en contrario
Administration: Corresponderá doña MARÍA ISABEL LÓPEZ FLORES, quien anteponiendo a su nombre y firma a la razón social, representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones.

Objet social

Objeto exclusivo la prestación de servicios o asesorías profesionales a terceros en el área de ingeniería, consultoría, económica, asesorías, auditoría, financiera, contable, computación, digital, inmobiliaria, estudios de proyectos y tecnologías de información.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

MARÍA ISABEL LÓPEZ FLORES

Socio

50%

MARÍA ISABEL CAMPOS LÓPEZ

Socio

25%

MARÍA FERNANDA CAMPOS LÓPEZ

Socio

25%

Administrateurs (1)

Représentants auprès du SII (1)

Texte officiel de l’extrait

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1.235, segundo piso, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 04 de enero de 2023, por escritura pública otorgada ante mí, Repertorio N°130 - 2023, doña MARÍA ISABEL LÓPEZ FLORES, domiciliada en calle Noruega número seis mil seiscientos ochenta, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, doña MARÍA ISABEL CAMPOS LÓPEZ, domiciliada en calle Noruega número seis mil seiscientos ochenta, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y doña MARÍA FERNANDA CAMPOS LÓPEZ, domiciliada en calle Jutlandia número cuatrocientos cincuenta y seis, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: NOMBRE: “SERVICIOS PROFESIONALES CAMPOS Y LÓPEZ LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso ante bancos, instituciones financieras y el Servicios de Impuestos Internos, el nombre de fantasía de “CAMPOS Y LÓPEZ LIMITADA”. OBJETO: Objeto exclusivo la prestación de servicios o asesorías profesionales a terceros en el área de ingeniería, consultoría, económica, asesorías, auditoría, financiera, contable, computación, digital, inmobiliaria, estudios de proyectos y tecnologías de información. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan, enteran y pagan en de la siguiente forma: A) Doña MARÍA ISABEL LÓPEZ FLORES aporta, entera y paga en este acto, en dinero en efectivo, la cantidad de quinientos mil pesos, que ingresan a la caja social, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales. B) Doña MARÍA ISABEL CAMPOS LÓPEZ aporta, entera y paga en este acto, en dinero en efectivo, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, que ingresan a la caja social, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales. C) Doña MARÍA FERNANDA CAMPOS LÓPEZ aporta, entera y paga en este acto, en dinero en efectivo, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, que ingresan a la caja social, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales. En consecuencia, el capital social queda íntegramente suscrito y pagado en este acto. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá doña MARÍA ISABEL LÓPEZ FLORES, quien anteponiendo a su nombre y firma a la razón social, representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones. Duración: Cinco años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución de la sociedad. Dicho plazo se entenderá prorrogado automática, tácita y sucesivamente, por períodos iguales y consecutivos de cinco años cada uno, salvo que uno o más de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de un año a la fecha de expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada; Responsabilidad Socios: Queda limitada respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de enero de 2023.

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