Société à responsabilité limitée

Servicios Médicos Toro Campos Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 févr. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-02-04Voir le PDF (CVE 1541680)

Informations sociétaires

Ltda
Concepción, Biobío
Durée: Tres años contados desde la fecha de la escritura constitutiva, renovable automática y sucesivamente por períodos de tres años cada uno
Administration: Administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, con amplias facultades y con las limitaciones contenidas en el estatuto.

Objet social

Prestación de servicios profesionales en todas las áreas de la medicina, especialmente en dermatología y oftalmología, así como en todas las subespecialidades derivadas; prestación de atenciones médicas en hospitales, clínicas, centros médicos y a domicilio; prestación de servicios de urgencia médica; realización de actividades quirúrgicas de mayor o menor complejidad en pabellones o salas de procedimientos debidamente autorizadas; y realización de actividades académicas y asesorías de diversa índole a personas y empresas. Incluye actividades complementarias necesarias para la ejecución del objeto principal.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital libéré

$4.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Miguel Ángel Toro Montecinos

Socio

40%

María Cecilia Campos Arcos

Socio

60%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

SAMY HAWA ARELLANO, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular Ramón García Carrasco, con domicilio en Rengo 444, Concepción, certifico: por escritura pública de fecha 29-01-2019, ante Notario Suplente don José Agustín Donoso Musiate, don Miguel Ángel Toro Montecinos y doña María Cecilia Campos Arcos, ambos domiciliados en la comuna de San Pedro de la Paz, calle Pucará N° 2.090, den paso en ésta, constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada con domicilio en la comuna de Concepción, cuya razón social es “Servicios Médicos Toro Campos Limitada”, pudiendo actuar ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, de carácter público o privado, con el nombre de fantasía “Toro Campos Limitada”, y facultándose la abreviación de la palabra “Limitada” por “Ltda”. El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en todas las áreas de la medicina, especialmente en el área de la dermatología y oftalmología, así como en todas las subespecialidades derivadas de las mencionadas; la prestación de atenciones médicas en hospitales, clínicas, centros médicos y a domicilio; la prestación de servicios de urgencia médica; la realización de actividades quirúrgicas de mayor o menor complejidad tanto en pabellones como en salas de procedimientos debidamente autorizadas; y la realización de actividades académicas y asesorías de diversa índole a personas y empresas. Las actividades que constituyen el giro social podrán ser ejecutadas directamente por la sociedad, a través de sus socios, o a través de otras sociedades o entidades de las que la sociedad podrá formar parte. Se entienden comprendidas en el objeto las actividades complementarias que sea menester para la ejecución del objeto principal. El capital será la suma de $4.000.000, totalmente pagado en dinero efectivo, en razón de $1.600.000 el socio Miguel Ángel Toro Montecinos, y $2.400.000 la socia María Cecilia Campos Arcos. Administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, con amplias facultades y con las limitaciones contenidas en el estatuto. La sociedad tendrá una duración de tres años contados desde la fecha de la escritura constitutiva, y se renovará automática y sucesivamente por períodos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de ponerle término, voluntad que se manifestará por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio competente con una anticipación de a lo menos sesenta días anteriores al vencimiento del plazo original o de alguna de sus prórrogas.. En caso de fallecimiento sociedad continúa con sobrevivientes y herederos del fallecido. La responsabilidad personal de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Demás disposiciones constan en escritura que se extracta. Concepción, febrero 01 de 2019.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Servicios Médicos Toro Campos Limitada

    CVE 1541680

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