Société à responsabilité limitée

Servicios Medicos Pulgar Y Novoa Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 févr. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-02-06Voir le PDF (CVE 1542011)

Informations sociétaires

Ltda
Temuco, Araucanía
Durée: Cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años
Administration: Corresponderá al socio don CRISTIAN MAURICIO PULGAR BRUGGINK, con facultades en pacto social.

Objet social

La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la medicina interna, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. Dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas.

Capital

Capital total

$300.000

Capital libéré

$300.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

CRISTIAN MAURICIO PULGAR BRUGGINK

Socio

17.xxx.xxx-1

60%

ROMINA FERNANDA NOVOA LILLO

Socio

17.xxx.xxx-k

40%

Administrateurs (1)

CRISTIAN MAURICIO PULGAR BRUGGINK

17.xxx.xxx-1Administrador

Texte officiel de l’extrait

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintiocho de Enero de dos mil diecinueve, otorgada en esta Notaria ante mi Notario Suplente doña ISMENIA CATALINA BRAVO AEDO; don CRISTIAN MAURICIO PULGAR BRUGGINK, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, Médico Cirujano de especialidad Medicina Interna, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y cinco mil setecientos sesenta y cuatro guion uno; y doña ROMINA FERNANDA NOVOA LILLO, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, enfermera, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ciento cincuenta y nueve mil ciento noventa y siete guion K; ambos domiciliados en calle Blanco Encalada numero seiscientos noventa y cinco, departamento número ochocientos uno, comuna y ciudad de Temuco. Constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: “SERVICIOS MEDICOS PULGAR Y NOVOA LIMITADA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “MediAssistance LTDA.” ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá al socio don CRISTIAN MAURICIO PULGAR BRUGGINK, con facultades en pacto social.- CAPITAL: Será la suma de $300.000.-, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: a) don CRISTIAN MAURICIO PULGAR BRUGGINK, aporta la suma de ciento ochenta mil pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en acto escritura, correspondiéndole, por tanto, el SESENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; b) Doña ROMINA FERNANDA NOVOA LILLO, aporta la suma de ciento veinte mil pesos, al contado, en dinero efectivo, en acto escritura ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el CUARENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales. OBJETO: Será: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la medicina interna, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. b) Dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas. DURACION: Empezará a regir desde fecha escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva. DOMICILIO: Tendrá su domicilio en la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 01 de Febrero de 2019.

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  1. CONSTITUCIÓN

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    CVE 1542011

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