Société à responsabilité limitée

Servicios Jurídicos Medios De Producción Limitada

CONSTITUCIÓN — 30 avr. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-04-30Voir le PDF (CVE 2804446)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: cinco años a contar de la fecha de la escritura la cual se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes podrán actuar en forma indistinta, es decir independiente y separadamente uno de otro, representando cada cual la Sociedad con las más amplias facultades.

Objet social

La prestación de servicios de asesoría y consultoría jurídica a personas y empresas en el más amplio espectro, sin respecto a la materia, valores o personas involucradas en las cuestiones a conocer; b) La prestación de servicios de asistencia en juicios, incluyendo el patrocinio de causas y la actuación como mandatario judicial, sin respecto a la jurisdicción, competencia, materia o cuantía del juicio, causa o proceso y sea que éstos se encuentren ya iniciados o hayan de iniciarse; c) La prestación de todo otro servicio de asesoría, consultoría y asistencia en los ámbitos legales y jurídicos, sin restricción de ninguna especie, y; d) En general, toda otra actividad comercial, pudiendo comercializar todo tipo de bienes y ejecutar cualquier otra actividad necesaria para el cumplimiento de los fines anteriores.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

PAULA ANDREA PIZARRO SAN MARTIN

Socio

13.xxx.xxx-4

50%

CARLOS DANIEL LABRA MUÑOZ

Socio

9.xxx.xxx-3

50%

Administrateurs (2)

PAULA ANDREA PIZARRO SAN MARTIN

13.xxx.xxx-4Administrador

CARLOS DANIEL LABRA MUÑOZ

9.xxx.xxx-3Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior Eduardo Diez Morello, Notario Público Titular 34° Notaría Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, CERTIFICO: Por escritura 23 de abril de 2026, ante mí, doña PAULA ANDREA PIZARRO SAN MARTIN, C.I. N° 13.496.673-4, con domicilio en calle San Antonio N° 510, oficina 301, comuna de Santiago y don CARLOS DANIEL LABRA MUÑOZ, C.I. N° 9.495.002-3, con domicilio en calle Esperanza N° 325, departamento N° 101, Comuna de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es SERVICIOS JURÍDICOS MEDIOS DE PRODUCCIÓN LIMITADA, la cual podrá usar como nombre de fantasía, para todos los efectos legales y, particularmente para ante Bancos e Instituciones Financieras y de Crédito, Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Tesorerías y todo otro ente público o privado, el de SINALAGMA LTDA.- El objeto de la Sociedad que por este acto se constituye será: a) La prestación de servicios de asesoría y consultoría jurídica a personas y empresas en el más amplio espectro, sin respecto a la materia, valores o personas involucradas en las cuestiones a conocer; b) La prestación de servicios de asistencia en juicios, incluyendo el patrocinio de causas y la actuación como mandatario judicial, sin respecto a la jurisdicción, competencia, materia o cuantía del juicio, causa o proceso y sea que éstos se encuentren ya iniciados o hayan de iniciarse; c) La prestación de todo otro servicio de asesoría, consultoría y asistencia en los ámbitos legales y jurídicos, sin restricción de ninguna especie, y; d) En general, toda otra actividad comercial, pudiendo comercializar todo tipo de bienes y ejecutar cualquier otra actividad necesaria para el cumplimiento de los fines anteriores. La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios doña PAULA PIZARRO SAN MARTÍN y don CARLOS DANIEL LABRA MUÑOZ, quienes podrán actuar en forma indistinta, es decir independiente y separadamente uno de otro, representando cada cual la Sociedad con las más amplias facultades. El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000.- el cual los socios aportan y pagan en partes iguales en dinero efectivo y que queda desde ya ingresada en la caja social. La Sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de la fecha de la escritura la cual se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de abril de 2026.

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