Servicios Gastronómicos J&R SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la Sociedad será: a) Administración de servicios gastronómicos para restaurantes, cafeterías, bares y centros gastronómicos en general; b) Asesoría gastronómica en cuanto a la construcción, habilitación y operación de restaurantes, bares, food courts, food trucks, cafeterías, catering, banqueterías y centros gastronómicos de toda índole; c) prestación de servicios de catering, banquetería, y toda clase de eventos; d) Explotación de restaurantes, establecimientos de comida rápida, bares, food trucks, cafeterías, y centros gastronómicos en general; e) Elaboración y expendio de comidas, bebidas y productos; f) Fabricación de comida envasada y productos pre elaborados para comercialización; g) El ejercicio de cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas, sin que esta enumeración sea taxativa.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 17.xxx.xxx-6 | 17.xxx.xxx-6 | 50% | $500.000 |
Roberto Andrés Aravena Miranda Accionista 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 50% | $500.000 |
Administrateurs (1)
Représentants auprès du SII (1)
Texte officiel de l’extrait
Jorge Carvallo Velasco, Notario Público y Conservador de Comercio y Minas, titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en Claudio Cancino número sesenta, pasaje Marcel, comuna de Santa Cruz, certifica: Por escritura otorgada hoy ante mí, JOSÉ IGNACIO CASTRO JORDÁN, chileno, soltero, Administrador de Artes Culinarias y Servicios, cédula nacional de identidad número 17.139.552-6, domiciliado en Víctor Vera Letelier N°2499, comuna de Buin, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y don ROBERTO ANDRÉS ARAVENA MIRANDA, chileno, casado, Contador, cédula nacional de identidad número 15.665.636-4, domiciliado en Los Libertadores número 213, comuna de Santa Cruz, Sexta Región del Libertador Bernardo O´Higgins, constituyeron una Sociedad por acciones, cuya razón social es "Servicios Gastronómicos J&R SpA". OBJETO. El objeto de la Sociedad será: a) Administración de servicios gastronómicos para restaurantes, cafeterías, bares y centros gastronómicos en general; b) Asesoría gastronómica en cuanto a la construcción, habilitación y operación de restaurantes, bares, food courts, food trucks, cafeterías, catering, banqueterías y centros gastronómicos de toda índole; c) prestación de servicios de catering, banquetería, y toda clase de eventos; d) Explotación de restaurantes, establecimientos de comida rápida, bares, food trucks, cafeterías, y centros gastronómicos en general; e) Elaboración y expendio de comidas, bebidas y productos; f) Fabricación de comida envasada y productos pre elaborados para comercialización; g) El ejercicio de cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas, sin que esta enumeración sea taxativa. DOMICILIO: La ciudad de Santa Cruz, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero. ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la empresa, el uso de su nombre, y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a don José Ignacio Castro Jordán, quien la representará de acuerdo con lo expuesto en el artículo noveno del estatuto social plasmado en la escritura de constitución de la sociedad. Excepcionalmente, los socios ya individualizados, deberán actuar conjuntamente, ya sea en forma directa o a través de mandatarios debidamente facultados, en todas aquellas facultades relacionadas con pactar indivisibilidad, solidaridad, clausulas penales y/o constituir a la sociedad en fiadora o codeudora simple o solidaria detallados en el artículo noveno del estatuto social de la escritura de constitución de la sociedad. CAPITAL: El capital social es la suma de $1.000.000.-, cantidad que los socios aportan y enteran en igualdad de proporciones, correspondiéndole a cada uno el 50% del capital común. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración indefinida, conforme a la ley, sin perjuicio de su término por acuerdo de los socios conforme a las disposiciones de estos estatutos y/o por causa legal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santa Cruz, a 26 de Abril de 2023.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
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CVE 2308677
