Société à responsabilité limitée

Servicios AeroSpray Las Loicas Limitada

CONSTITUCIÓN — 3 juil. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-07-03Voir le PDF (CVE 2833712)

Informations sociétaires

Ltda
Pudahuel, Región Metropolitana
Durée: 3 años contados desde fecha escritura extractada, prorrogable tácita y automáticamente periodos iguales y sucesivos 3 años cada uno
Administration: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a Vicente Bulnes Labra, a Andrés Paúl Ríos y a Enrique Matte Ríos, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto: (a) La prestación de servicios de transporte aéreo y/o de trabajos aéreos, con fines de lucro; los servicios antes indicados se prestarán mediante aeronaves no tripuladas, pilotadas a distancia, drones y otras tecnologías similares, destinados a la inspección, supervisión y monitoreo de obras civiles, construcciones, instalaciones industriales y faenas agrícolas, mineras, pesqueras y de todo tipo; levantamientos topográficos y fotogramétricos; captura, procesamiento y análisis de imágenes, videos y datos; elaboración de informes técnicos; apoyo a proyectos de ingeniería, arquitectura, minería, agricultura, pesqueros, de construcción y de cualquier otro tipo; servicios audiovisuales y publicitarios; (b) La prestación de servicios de aeronaves no tripuladas, en labores de aplicación y fumigación de toda clase de productos en campos, parques, plazas, jardines, colegios, clubes, industrias, casas habitación y en cualquier otro tipo de inmueble; (c) La prestación de servicios de aeronaves no tripuladas, en labores productivas que se lleven a cabo en el área industrial, comercial, medioambiental, minera, portuaria, energética, etcétera, de servicios mantención y limpieza de inmuebles, maquinaria o equipos móviles, y en general toda clase de prestación de servicios mediante el uso de drones; (d) La comercialización, arriendo, importación, exportación, mantención y reparación de equipos relacionados con dichas actividades y servicios; (e) La representación de marcas comerciales y compañías extranjeras fabricantes de vehículos aéreos no tripulados y/o repuestos aéreos e instrumentos para éstas y para la aeronavegación en general; y (f) En general, ejecutar cualquier otra actividad vinculada con el objeto social. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad.

Capital

Capital total

$900.000

Associés (3)

NomParticipation

Vicente Bulnes Labra

Socio

-

Andrés Paúl Ríos

Socio

-

Enrique Matte Ríos

Socio

-

Administrateurs (3)

Andrés Paúl Ríos

Administrador

Enrique Matte Ríos

Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior María Soledad Lascar Merino, abogada, Notario Público Titular 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de 12 de junio de 2026, otorgada ante mi suplente, Patricia Isabel Rojas Morales, de mí mismo domicilio; Vicente Bulnes Labra, Bernardo Larraín Cotapos N°12.214, Lo Barnechea; Región Metropolitana; Andrés Paúl Ríos, Ermita de Claraval, N°3.990, Lo Barnechea, Región Metropolitana y Enrique Matte Ríos, Camino del Misionero, N°9.479, Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyen sociedad de responsabilidad limitada, cuyas materias objeto de extracto son: Razón Social: “Servicios AeroSpray Las Loicas Limitada”, sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía "AeroSpray Las Loicas Ltda." fines comerciales y publicitarios. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (a) La prestación de servicios de transporte aéreo y/o de trabajos aéreos, con fines de lucro; los servicios antes indicados se prestarán mediante aeronaves no tripuladas, pilotadas a distancia, drones y otras tecnologías similares, destinados a la inspección, supervisión y monitoreo de obras civiles, construcciones, instalaciones industriales y faenas agrícolas, mineras, pesqueras y de todo tipo; levantamientos topográficos y fotogramétricos; captura, procesamiento y análisis de imágenes, videos y datos; elaboración de informes técnicos; apoyo a proyectos de ingeniería, arquitectura, minería, agricultura, pesqueros, de construcción y de cualquier otro tipo; servicios audiovisuales y publicitarios; (b) La prestación de servicios de aeronaves no tripuladas, en labores de aplicación y fumigación de toda clase de productos en campos, parques, plazas, jardines, colegios, clubes, industrias, casas habitación y en cualquier otro tipo de inmueble; (c) La prestación de servicios de aeronaves no tripuladas, en labores productivas que se lleven a cabo en el área industrial, comercial, medioambiental, minera, portuaria, energética, etcétera, de servicios mantención y limpieza de inmuebles, maquinaria o equipos móviles, y en general toda clase de prestación de servicios mediante el uso de drones; (d) La comercialización, arriendo, importación, exportación, mantención y reparación de equipos relacionados con dichas actividades y servicios; (e) La representación de marcas comerciales y compañías extranjeras fabricantes de vehículos aéreos no tripulados y/o repuestos aéreos e instrumentos para éstas y para la aeronavegación en general; y (f) En general, ejecutar cualquier otra actividad vinculada con el objeto social. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Domicilio: comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, sin perjuicio establecer agencias, sucursales o establecimientos en otro punto de la República o en el extranjero. Duración: 3 años contados desde fecha escritura extractada, prorrogable tácita y automáticamente periodos iguales y sucesivos 3 años cada uno, según cláusula de prorroga automática que se indica en escritura extractada. Capital: $900.000 que socios aportan y se obligan a pagar en dinero efectivo, a medida que necesidades sociales así lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 1 año contado desde fecha escritura extractada, en siguiente forma: a) Vicente Bulnes Labra, $300.000; b) Andrés Paúl Ríos, $300.000; y c) Enrique Matte Ríos, $300.000.- Responsabilidad: Responsabilidad socios queda limitada a monto de respectivos aportes. Administración: representación, administración y uso razón social corresponderá a Vicente Bulnes Labra, a Andrés Paúl Ríos y a Enrique Matte Ríos, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad con facultades indicadas escritura extractada. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago 30 de junio de 2026.

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