Satti Innovacion Educacional SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La prestación de todo tipo de servicios de asistencia técnica y profesional en toda área; la prestación de servicios de educación, capacitación y formación integral en modalidades presenciales, virtuales o híbridas, en materias como educación emocional, habilidades socioemocionales, desarrollo personal, liderazgo, emprendimiento, innovación y tecnologías aplicadas a la educación (EdTech); diseñar, desarrollar, producir, comercializar y distribuir material didáctico, recursos educativos y contenidos digitales en diversos formatos (físicos, audiovisuales, digitales o interactivos), orientados a procesos de enseñanza-aprendizaje y bienestar; desarrollar, arrendar, licenciar y operar plataformas digitales, software, aplicaciones, productos tecnológicos y servicios relacionados con la educación y la salud emocional; realizar actividades de investigación, desarrollo e innovación, consultorías, asesorías, talleres, eventos y programas de formación para instituciones públicas o privadas, tanto en Chile como en el extranjero; importar, exportar, distribuir y comercializar bienes y servicios relacionados con los fines anteriores y realizar cualquier otra actividad lícita que sea complementaria o conexa con su objeto principal; la prestación de servicios de promoción, publicidad y marketing; todo acto, contrato, adquisición e implementación que el o los accionistas, de común acuerdo, resuelvan realizar y que sean afines, relacionados o conexos, en la actualidad o en el futuro, con los objetivos sociales; y cualquier otro acto, contrato o actividad que el o los accionistas, de común acuerdo, dispongan. Las funciones y actividades referidas en los giros señalados anteriormente, podrán prestarse mediante trabajadores de la sociedad o mediante subcontratación de terceros, de forma directa o indirecta.
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital libéré
$4.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
10 000 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | - | $5.100.000 |
Accionista 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | - | $4.900.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, domiciliado en calle Rengo 444 de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 04 de septiembre de 2025, otorgada ante mí, Repertorio 8908-2025, comparecieron; doña MARIA BEGOÑA FLORES CHACON, diseñadora, chilena, viuda, C.I Nº 9.964.854-6; y doña LORENA MARIEN GONZÁLEZ MOISAN, ingeniera, chilena, divorciada, C.I. Nº 10.420.076-1, quienes constituyeron Sociedad por Acciones, TÍTULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN DE LA SOCIEDAD. PRIMERO: El nombre o razón social es: “SATTI INNOVACION EDUCACIONAL SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “SATTI SpA”. SEGUNDO: El domicilio de la empresa será la comuna de Concepción, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o el extranjero. TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de servicios de asistencia técnica y profesional en toda área; b) La prestación de servicios de educación, capacitación y formación integral en modalidades presenciales, virtuales o híbridas, en materias como educación emocional, habilidades socioemocionales, desarrollo personal, liderazgo, emprendimiento, innovación y tecnologías aplicadas a la educación (EdTech); c) La empresa podrá diseñar, desarrollar, producir, comercializar y distribuir material didáctico, recursos educativos y contenidos digitales en diversos formatos (físicos, audiovisuales, digitales o interactivos), orientados a procesos de enseñanza-aprendizaje y bienestar; d) La Empresa podrá también desarrollar, arrendar, licenciar y operar plataformas digitales, software, aplicaciones, productos tecnológicos y servicios relacionados con la educación y la salud emocional; e) La empresa podrá también realizar actividades de investigación, desarrollo e innovación, consultorías, asesorías, talleres, eventos y programas de formación para instituciones públicas o privadas, tanto en Chile como en el extranjero; f) La empresa podrá importar, exportar, distribuir y comercializar bienes y servicios relacionados con los fines anteriores y realizar cualquier otra actividad lícita que sea complementaria o conexa con su objeto principal; g) La prestación de servicios de promoción, publicidad y marketing; h) Todo acto, contrato, adquisición e implementación que el o los accionistas, de común acuerdo, resuelvan realizar y que sean afines, relacionados o conexos, en la actualidad o en el futuro, con los objetivos sociales; e i) Cualquier otro acto, contrato o actividad que el o los accionistas, de común acuerdo, dispongan. Las funciones y actividades referidas en los giros señalados anteriormente, podrán prestarse mediante trabajadores de la sociedad o mediante subcontratación de terceros, de forma directa o indirecta. CUARTO: La duración de la sociedad INDEFINIDA. TÍTULO SEGUNDO: CAPITAL Y ACCIONES. QUINTO: El capital social se compondrá por $4.000.000, dividido y representado en 10.000.000 nominativas, todas de una misma y única serie y valor nominal. Se deja constancia que el capital se encuentra total e íntegramente ingresado en arcas sociales. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por alguno de los accionistas, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables. SÉPTIMO: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. NOVENO: Sin perjuicio de lo señalado en la cláusula anterior, las acciones podrán ser libremente transferidas. Toda transferencia o cesión de acciones se celebrará por escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública firmada por el cedente y el cesionario. DÉCIMO: Se llevará un registro de todos los accionistas. DUODÉCIMO: La Sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN. DÉCIMO TERCERO: Administrador. La Sociedad será administrada por un Administrador, pudiendo éste ser o no accionista, designado - y esencialmente revocable - por la Junta de Accionistas. DÉCIMO CUARTO: El Administrador, ya sea individual o conjunto, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, estando investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición. TITULO SÉPTIMO: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. VIGÉSIMO QUINTO: La Sociedad se disolverá por acuerdo de Junta de Accionistas, y por las demás causales establecidas por la ley. No obstante, la sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $4.000.000, dividido y representado en 10.000.000 de acciones nominativas, todas de una misma y única serie, las que fueron suscritas en el acto de constitución por doña MARIA BEGOÑA FLORES CHACON y doña LORENA GONZÁLEZ MOISAN, a razón de un valor de cuatro centavos por cada acción, que las suscriptoras pagaron en el acto, en dinero efectivo, debidamente ingresado en arcas sociales, enterando la Socia doña MARIA BEGOÑA FLORES CHACON el valor de un total de 5.100.000 y la Socia doña LORENA MARIEN GONZALEZ MOISAN entera el valor correspondiente a un total de 4.900.000. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Las comparecientes y propietarias del 100% de las acciones de la sociedad, doña MARIA BEGOÑA FLORES CHACON y doña LORENA MARIEN GONZÁLEZ MOISAN, se nombraron a sí mismas como Administradoras de la Sociedad, quienes actuando conjunta o individualmente de manera indistinta y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrán representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Décimo Tercero y Décimo Cuarto de los estatutos sociales, los que mayor abundamiento, se dan por íntegramente reproducidas para estos efectos. Se facultó para inscribir y publicar. Demás antecedentes constan en escritura extractada. Concepción, septiembre 25 de 2025.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
SATTI INNOVACION EDUCACIONAL SpA
CVE 2705562
