Société par actions

Santa Rebeca SpA

CONSTITUCIÓN — 18 juil. 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-07-18Voir le PDF (CVE 2673381)

Informations sociétaires

SpA
Independencia, Región Metropolitana

Associés (1)

NomParticipation

Alejandro Gabriel Sánchez Valencia

Accionista

-

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N° 873, comuna de Independencia, rectifica extracto de escritura de fecha 01/07/2025, Rep. 1.930-2025, otorgada ante mí, en la que se constituyó la sociedad por acciones “SANTA REBECA SpA”, inscrita a Fojas 58262, número 22455 del año 2025, en el sentido de que en el extracto se indicó erróneamente que el nombre de uno de los socios era “Alejandro Gabriel Sánchez Forero”, en circunstancia que lo correcto es “Alejandro Gabriel Sánchez Valencia”. Independencia, a 10 de Julio de 2025.

ConstitutionDiario Oficial · 2025-07-07Voir le PDF (CVE 2668943)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinida

Objet social

El objeto de la sociedad será: a) La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con la producción audiovisual, cinematográfica, televisiva, publicitaria, fotográfica, musical, digital y multimedial, incluyendo pero no limitado a la creación, desarrollo, diseño, grabación, edición, montaje, preproducción, producción y postproducción, mezcla, distribución, exhibición, comercialización y difusión de contenidos audiovisuales, películas, cortometrajes, series, documentales, spots publicitarios, transmisiones en vivo, contenidos para redes sociales, videos institucionales, videos corporativos, videoclips, contenidos para plataformas digitales, eventos culturales, espectáculos en vivo, experiencias inmersivas, y cualquier otro formato visual o sonoro, en medios físicos, digitales o virtuales. Asimismo, podrá prestar servicios de consultoría, asesoría, representación, dirección, coordinación, casting, scouting, gestión de locaciones, servicios de producción ejecutiva, logística audiovisual, alquiler y compraventa de equipos técnicos tecnológicos. Sin que esto signifique limitarlo, podrá gestionar, registrar, proteger, explotar y licenciar marcas, nombres comerciales, derechos de autor, patentes, formatos, guiones, obras audiovisuales, fonogramas, logotipos, diseños y toda clase de activos intangibles relacionados con la industria creativa y audiovisual. b) Las inversiones en general, de toda clase, tanto en bienes raíces como en bienes muebles, acciones, valores, bonos, sociedades anónimas abiertas o cerradas, por acciones, cuotas o derechos de sociedades constituidas por personas jurídicas o naturales, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, moneda extranjera, metales nobles, piedras preciosas, semi-preciosas y en general, la realización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inversiones en el mercado de capitales su explotación y administración. En especial, la Sociedad podrá invertir preferentemente en: bienes raíces tanto urbanos como rurales, mineros, agrícolas y forestales, efectuar su explotación, mediante, arrendamiento y/ concesión y en cualquier otra forma, enajenación, adjudicación en subastas judiciales, públicas, privadas y licitaciones, administración, intermediación, corretaje, gestoría, construcción, subdivisión, urbanización, remodelación, loteo, fusión, prospección, desarrollo e integración de anteproyectos y proyectos inmobiliarios, su compraventa normal o anticipada tanto en el país como en el extranjero, por cuenta propia o de terceros y la percepción de sus frutos y ganancias. c) Podrá desarrollar cualquier otra actividad lícita, conexa o complementaria que permita la mejor consecución de su objeto social, pudiendo ampliar su giro en la medida que lo permitan las leyes vigentes.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (3)

NomParticipation

Camila Bernardita Ortega Puebla

Accionista

19.xxx.xxx-7

-

Alejandro Gabriel Sánchez Forero

Accionista

10.xxx.xxx-6

-

Nicolás Sánchez Forero

Accionista

21.xxx.xxx-5

-

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N°873, comuna de Independencia, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de 01/07/2025, Repertorio N° 1.930-2025, ante mí, doña Camila Bernardita Ortega Puebla, C.I. N° 19.401.011-7, don Alejandro Gabriel Sánchez Forero, C.I. N° 10.609.623-6, y don Nicolás Sánchez Forero, C.I. N° 21.120.443-5, constituyeron una Sociedad por Acciones. Nombre: El nombre o razón social será “Santa Rebeca SpA” pudiendo usar como nombre de fantasía “SRB SpA”. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Objeto social: El objeto de la sociedad será: a) La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con la producción audiovisual, cinematográfica, televisiva, publicitaria, fotográfica, musical, digital y multimedial, incluyendo pero no limitado a la creación, desarrollo, diseño, grabación, edición, montaje, preproducción, producción y postproducción, mezcla, distribución, exhibición, comercialización y difusión de contenidos audiovisuales, películas, cortometrajes, series, documentales, spots publicitarios, transmisiones en vivo, contenidos para redes sociales, videos institucionales, videos corporativos, videoclips, contenidos para plataformas digitales, eventos culturales, espectáculos en vivo, experiencias inmersivas, y cualquier otro formato visual o sonoro, en medios físicos, digitales o virtuales. Asimismo, podrá prestar servicios de consultoría, asesoría, representación, dirección, coordinación, casting, scouting, gestión de locaciones, servicios de producción ejecutiva, logística audiovisual, alquiler y compraventa de equipos técnicos tecnológicos. Sin que esto signifique limitarlo, podrá gestionar, registrar, proteger, explotar y licenciar marcas, nombres comerciales, derechos de autor, patentes, formatos, guiones, obras audiovisuales, fonogramas, logotipos, diseños y toda clase de activos intangibles relacionados con la industria creativa y audiovisual. b) Las inversiones en general, de toda clase, tanto en bienes raíces como en bienes muebles, acciones, valores, bonos, sociedades anónimas abiertas o cerradas, por acciones, cuotas o derechos de sociedades constituidas por personas jurídicas o naturales, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, moneda extranjera, metales nobles, piedras preciosas, semi-preciosas y en general, la realización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inversiones en el mercado de capitales su explotación y administración. En especial, la Sociedad podrá invertir preferentemente en: bienes raíces tanto urbanos como rurales, mineros, agrícolas y forestales, efectuar su explotación, mediante, arrendamiento y/ concesión y en cualquier otra forma, enajenación, adjudicación en subastas judiciales, públicas, privadas y licitaciones, administración, intermediación, corretaje, gestoría, construcción, subdivisión, urbanización, remodelación, loteo, fusión, prospección, desarrollo e integración de anteproyectos y proyectos inmobiliarios, su compraventa normal o anticipada tanto en el país como en el extranjero, por cuenta propia o de terceros y la percepción de sus frutos y ganancias. c) Podrá desarrollar cualquier otra actividad lícita, conexa o complementaria que permita la mejor consecución de su objeto social, pudiendo ampliar su giro en la medida que lo permitan las leyes vigentes. Capital: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $10.000.000, y se divide y representa en 1000 acciones nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que establezca en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura materia de este extracto.

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