Société à responsabilité limitée

Salamanca Legal Laboral Limitada

CONSTITUCIÓN — 20 mai 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-05-20Voir le PDF (CVE 2812926)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administration: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios, separadamente

Objet social

a) La prestación de servicios profesionales en materias legales, comerciales, tributarias, laborales o judiciales; b) La representación y/o cobranza judicial y extrajudicial realizada ante todo tipo de tribunales, ordinarios o arbitrales, nacionales o extranjeros, organismos públicos y todo tipo de entidades públicas o privadas; c) La realización de asesorías, investigaciones legales, seminarios o capacitaciones profesionales relacionadas a materias legales, judiciales, laborales o tributarias; y d) La constitución de todo tipo de sociedades y toda otra actividad relacionada con el objeto social

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

GABRIELA ALEXIS SIXTO CELIS

Socio

20.xxx.xxx-7

99%

ÁLVARO ANDRÉS ARRIAGADA BALLADARES

Socio

18.xxx.xxx-k

1%

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior RODRIGO ANDRES PINARES ALVARADO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Certifico: por escritura de fecha 22 de abril del 2026, suscrita ante el Notario Titular, Repertorio N° 32.670-2026, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, y comparecieron: Doña GABRIELA ALEXIS SIXTO CELIS, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad número 20.900.118-7, domiciliada en Av. Manuel Montt N°12, oficina 201, comuna de Providencia, Región Metropolitana, representada por doña YASNA ANGELINA CELIS GONZÁLEZ, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad número 12.472.596-8; y don ÁLVARO ANDRÉS ARRIAGADA BALLADARES, chileno, soltero, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad número 18.170.022-K, domiciliado en calle Córdova N°5752, departamento 805, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. RAZÓN SOCIAL: "SALAMANCA LEGAL LABORAL LIMITADA". NOMBRE DE FANTASÍA: "SALAMANCA LEGAL LIMITADA"; OBJETO SOCIAL: a) La prestación de servicios profesionales en materias legales, comerciales, tributarias, laborales o judiciales; b) La representación y/o cobranza judicial y extrajudicial realizada ante todo tipo de tribunales, ordinarios o arbitrales, nacionales o extranjeros, organismos públicos y todo tipo de entidades públicas o privadas; c) La realización de asesorías, investigaciones legales, seminarios o capacitaciones profesionales relacionadas a materias legales, judiciales, laborales o tributarias; y d) La constitución de todo tipo de sociedades y toda otra actividad relacionada con el objeto social; DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pueda establecer en cualquier otro punto del país; CAPITAL SOCIAL: El capital social asciende a la suma de $10.000.000 (diez millones de pesos), aportado en la siguiente forma: a) doña Gabriela Alexis Sixto Celis aporta la suma de $9.900.000, equivalente al 99% de los derechos sociales, en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; y b) don Álvaro Andrés Arriagada Balladares aporta la suma de $100.000, equivalente al 1% de los derechos sociales, en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios, separadamente, quienes actuando así, a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, en los términos establecidos en la cláusula séptima de la escritura social; RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes; DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes; DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la escritura, y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término por declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, todo ello con noventa días de anticipación al vencimiento del período de vigencia. Santiago, 30 de abril de 2026.

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