Société à responsabilité limitée

Rentas Mobiliarias Decabel Limitada

CONSTITUCIÓN — 1 déc. 2021

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2021-12-01Voir le PDF (CVE 2050085)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: hasta el 31 de diciembre del año 2023, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de 1 año cada uno
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Jesús Guildaldo Cabello Reyes. En caso de muerte o incapacidad legal sobreviniente de dicho administrador, tales funciones corresponderán a don Jesús Iván Cabello Campos. Con todo, estas designaciones no son esenciales.

Objet social

La obtención de rentas de capitales mobiliarios, tales como intereses, pensiones o cualesquiera otros productos derivados del dominio, posesión o tenencia de cualquiera clase de dichos capitales, sea cual fuere su denominación, incluyéndose acciones, participaciones sociales, colocaciones en el mercado de capitales, créditos de cualquiera naturaleza, sea que consten o no en instrumentos mercantiles u otros títulos de valores, y cualesquiera otros de similar naturaleza, excepto sólo los que por ley estén excluidos de la aplicación del actual número dos del artículo veinte de la Ley de la Renta

Capital

Capital total

$683.000.000

Capital libéré

$683.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

Inversiones NUJESU Sociedad Anónima

Socio

75%

Nuria del Pilar Campos Madrid

Socio

10%

Jesús Iván Cabello Campos

Socio

10%

Susana Carolina Cabello Campos

Socio

5%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

ABNER BERNABÉ POZA MATUS, Notario Público, Primera Notaría de Maipú, con oficio en Calle Monumento N° 2079, Comuna de Maipú, certifica que, por escritura pública hoy ante mí, y mediante la cual se modificó y dividió la sociedad por acciones denominada: “Comercial Nujesu SpA”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 50.938, número 35.566, del año 2010, Inversiones Nujesu Sociedad Anónima, doña Nuria del Pilar Campos Madrid, don Jesús Iván Cabello Campos y doña Susana Carolina Cabello Campos, todos con domicilio en Santiago, Calle Pedro Antonio González 3753, comuna de Estación Central, constituyeron una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada: "Rentas Mobiliarias Decabel Limitada", con domicilio en Santiago, y cuyo objeto será la obtención de rentas de capitales mobiliarios, tales como intereses, pensiones o cualesquiera otros productos derivados del dominio, posesión o tenencia de cualquiera clase de dichos capitales, sea cual fuere su denominación, incluyéndose acciones, participaciones sociales, colocaciones en el mercado de capitales, créditos de cualquiera naturaleza, sea que consten o no en instrumentos mercantiles u otros títulos de valores, y cualesquiera otros de similar naturaleza, excepto sólo los que por ley estén excluidos de la aplicación del actual número dos del artículo veinte de la Ley de la Renta. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Jesús Guildaldo Cabello Reyes. En caso de muerte o incapacidad legal sobreviniente de dicho administrador, tales funciones corresponderán a don Jesús Iván Cabello Campos. Con todo, estas designaciones no son esenciales. El capital de la sociedad es la suma de $683.000.000, totalmente enterado y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) Inversiones NUJESU Sociedad Anónima, $512.250.000; b) doña Nuria del Pilar Campos Madrid, $68.300.000; c) don Jesús Iván Cabello Campos, $68.300.000; y d) doña Susana Carolina Cabello Campos, $34.150.000. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad durará hasta el 31 de diciembre del año 2023, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 1 año cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la compañía al vencimiento del plazo para entonces vigente, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social a más tardar el último día del mes subsiguiente al de su otorgamiento y no menos de 2 meses antes del respectivo vencimiento. Santiago, 11 de noviembre de 2021.

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