Société à responsabilité limitée

Rentas Conticinio Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 mai 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-05-26Voir le PDF (CVE 2319973)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a Endurance SpA

Objet social

la adquisición de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación, explotación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades

Capital

Capital total

$149.533.500

Capital libéré

$149.533.500

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

Endurance SpA

Socio

1%

María Belén Villarroel Gárate

Socio

6 400 act.

Juan Francisco Villarroel Gárate

Socio

6 400 act.

Valentín Antonio Villarroel Gárate

Socio

6 400 act.

Administrateurs (1)

Endurance SpA

Administrador

Texte officiel de l’extrait

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público Titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio Huérfanos N°669, piso 8, comuna de Santiago, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada ante doña Paula Andrea Luna Saez, Notario Suplente de la Titular de esta notaría, con fecha 3 de mayo de 2023, Repertorio N°6.700/2023, Endurance SpA, María Belén Villarroel Gárate, Juan Francisco Villarroel Gárate y Valentín Antonio Villarroel Gárate, todos con domicilio en calle Baztán N°3.122, comuna de Las Condes; constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, denominada Rentas Conticinio Limitada, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es la adquisición de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación, explotación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a Endurance SpA. El capital de la sociedad es la suma de $149.533.500, totalmente enterado, en parte en dinero en efectivo y en parte mediante el aporte de acciones y que corresponde a los socios como sigue: a) a Endurance SpA, la suma de $1.495.335, totalmente enterada en dinero en efectivo; b) a doña María Belén Villarroel Gárate, la suma de $49.346.055, totalmente enterados mediante el aporte de la totalidad de las acciones que ésta posee en la sociedad denominada Inmobiliaria e Inversiones MCH SpA, correspondientes a 6.400 acciones; c) a don Juan Francisco Villarroel Gárate, la suma de $49.346.055, totalmente enterados mediante el aporte de la totalidad de las acciones que éste posee en la sociedad denominada Inmobiliaria e Inversiones MCH SpA, correspondiente a 6.400 acciones; y d) a don Valentín Antonio Villarroel Gárate, la suma de $49.346.055, totalmente enterados mediante el aporte de la totalidad de las acciones que éste posee en la sociedad denominada Inmobiliaria e Inversiones MCH SpA, correspondiente a 6.400 acciones. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios, o disolución de alguna persona jurídica. En caso de fallecer algún socio persona natural, la sociedad continuará con sus herederos, los que no tendrán por ese título ninguna injerencia en la administración de la sociedad ni en el uso de la razón social, y deberán actuar ante la sociedad en forma conjunta y mediante mandatario común, el que deberá ser persona natural. Si es del caso y en la medida que resulte aplicable, lo antes indicado con respecto a los herederos se entenderá dicho igualmente con respecto a los legatarios de derechos sociales. Santiago, 23 de mayo de 2023.

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