Société par actions

Renacimiento SpA

CONSTITUCIÓN — 31 déc. 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-12-31Voir le PDF (CVE 2749066)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administration: Directorio conformado por 3 directores, elegidos de forma provisoria en acto constitutivo, por un período de un año, renovable totalmente, con facultades y forma de funcionamiento conforme a la escritura extractada.

Objet social

Dedicarse, por cuenta propia o de terceros, a la gestión, administración, corretaje, compra, venta, arriendo, subarriendo y explotación de bienes raíces urbanos y rurales; asesorías, estudios, tasaciones, intermediación y promoción inmobiliaria; planificación, desarrollo, construcción y urbanización de proyectos inmobiliarios; administración de comunidades y condominios; mantención, conservación y mejoramiento de bienes inmuebles; explotación, arriendo, subarriendo, gestión y administración de estacionamientos y bodegas; servicios de vigilancia, seguridad, control de accesos, logística, transporte y distribución vinculados a inmuebles, estacionamientos o bodegaje; servicios complementarios a usuarios de estacionamientos, bodegas o recintos de almacenamiento; inversiones en bienes muebles e inmuebles, acciones, derechos y valores mobiliarios; celebración de contratos civiles y comerciales; participación en otras sociedades; inversión en valores mobiliarios y efectos de comercio; importación, exportación, comercialización o distribución de bienes; contratos de asociación o joint venture; constitución y aceptación de fideicomisos, servidumbres, censos y usufructos; actividades mineras; obtención y explotación de concesiones administrativas; gestión y explotación de derechos de propiedad industrial e intelectual; operaciones de inversión, corretaje, compra, venta y administración de valores mobiliarios, instrumentos financieros y operaciones de bolsa; y desarrollo, instalación, operación, arriendo, mantención, explotación y comercialización de sistemas y proyectos de energías renovables, especialmente fotovoltaica, térmica, eólica, hidráulica o biomasa.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Actions

30 000

Associés (6)

NomParticipation

Ignacio Enrique Callejas Callejas

Accionista

13.33%

Paola Emilia Baraqui Callejas

Accionista

13.33%

Layla Andrea Baraqui Callejas

Accionista

13.33%

Paola Emilia Baraqui Callejas

Accionista

20%

Layla Andrea Baraqui Callejas

Accionista

20%

Ignacio Enrique Callejas Callejas

Accionista

20%

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de esta ciudad, con domicilio en este oficio calle Huanhualí N° 292 de la ciudad y comuna de La Serena, certifica: Que por escritura pública Repertorio N° 3.070 - 2025 de fecha 19 de Diciembre del año 2025, ante mí comparece: Don IGNACIO ENRIQUE CALLEJAS CALLEJAS, con domicilio en Avenida Costanera N.º 5425, departamento 603, comuna y ciudad de Coquimbo; doña PAOLA EMILIA BARAQUI CALLEJAS, con domicilio en Avenida Costanera N.º 5425, departamento 303, comuna y ciudad de Coquimbo; doña LAYLA ANDREA BARAQUI CALLEJAS, con domicilio en Peñuelas Norte N.º 101, torre 3, departamento 54, comuna y ciudad de Coquimbo, constituyeron sociedad por acciones, conforme los artículos 424 a 446 del Código de Comercio y Estatutos sociales. OBJETO: i) dedicarse, por cuenta propia o de terceros, a la gestión, administración, corretaje, compra, venta, arriendo, subarriendo y explotación de bienes raíces urbanos y rurales, sean éstos de uso habitacional, comercial, industrial o agrícola, amoblados o no amoblados. ii) Asimismo, podrá realizar asesorías, estudios, tasaciones, intermediación y promoción inmobiliaria, así como la planificación, desarrollo, construcción y urbanización de proyectos inmobiliarios por sí o a través de terceros. iii) La sociedad también podrá efectuar la administración de comunidades y condominios, la prestación de servicios de mantención, conservación y mejoramiento de bienes inmuebles, y todas aquellas actividades complementarias, conexas o necesarias para el cumplimiento de su objeto principal. iv) La sociedad asimismo podrá dedicarse a la explotación, arriendo, subarriendo, gestión y administración de estacionamientos de vehículos livianos y pesados, incluidos camiones, buses y maquinarias, así como al arriendo y explotación de bodegas y recintos destinados a almacenamiento de bienes muebles y mercaderías. v) Podrá además proveer, por sí o a través de terceros, servicios complementarios de vigilancia, seguridad, control de accesos, logística, transporte y distribución vinculados a inmuebles, estacionamientos o bodegaje. vi) La sociedad podrá igualmente prestar, directamente o a través de terceros, servicios complementarios a los usuarios de estacionamientos, bodegas o recintos de almacenamiento, tales como alojamiento, alimentación, cafetería y servicios higiénicos, así como mantención, reparación, vulcanización, servicios mecánicos, lavado de vehículos, abastecimiento de insumos, y en general toda clase de prestaciones que faciliten la estadía, tránsito, operación o conservación de los vehículos y bienes de sus clientes. vii) Igualmente, podrá realizar inversiones en bienes muebles e inmuebles, acciones, derechos y valores mobiliarios, celebrar toda clase de contratos civiles y comerciales, y en general desarrollar cualquier otra actividad lícita que directa o indirectamente se relacione con el giro inmobiliario, logístico o de almacenamiento. viii) Asimismo, la sociedad podrá constituir, adquirir, gestionar, administrar o participar, por cuenta propia o de terceros, en otras sociedades, comunidades, asociaciones o empresas de cualquier naturaleza o giro, ya sea en Chile o en el extranjero, aun cuando tengan objetos distintos a los de la presente sociedad, pudiendo celebrar para tales fines todos los actos y contratos que fueren necesarios. ix) Así mismo, la inversión en valores mobiliarios y efectos de comercio y la administración de los mismos e inversiones de sus frutos; inversión en toda clase de bienes muebles, activos, derechos reales o personales, privilegios, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquier naturaleza; importación, exportación, comercialización o distribución, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes. x) Asimismo, la sociedad podrá celebrar contratos de asociación o Joint Venture con terceros, sean personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, destinados al desarrollo de proyectos, negocios o actividades que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. xi) Asimismo, la sociedad podrá constituir y aceptar fideicomisos, servidumbres, censos y usufructos; xii) manifestar pertenencias mineras, solicitar mensuras, adquirir, enajenar o explotar derechos y concesiones mineras, directamente o por terceros, y celebrar contratos de arrendamiento, explotación y avío sobre minas; xiii) obtener y explotar concesiones administrativas de cualquier naturaleza, sean terrestres, marítimas, fluviales o lacustres; xiv) gestionar, administrar, explotar y comercializar derechos de propiedad industrial e intelectual, incluyendo el registro, adquisición, transferencia y explotación de marcas, patentes, modelos, procesos y licencias, así como la celebración de contratos de royalties y cesiones relativos a los mismos; xv) realizar operaciones de inversión, corretaje, compra, venta y administración de valores mobiliarios, instrumentos financieros y operaciones de bolsa, tanto en Chile como en el extranjero. xvi) desarrollar, instalar, operar, arrendar, mantener, explotar y comercializar sistemas y proyectos de energías renovables, especialmente de generación fotovoltaica, térmica, eólica, hidráulica o de biomasa, incluyendo la adquisición, instalación y venta de paneles solares, equipos e insumos asociados, así como la prestación de servicios técnicos, de ingeniería y de consultoría relacionados con dichas actividades. RAZÓN SOCIAL: “RENACIMIENTO SpA”. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Directorio conformado por 3 directores, elegidos de forma provisoria en acto constitutivo: doña Layla Andrea Baraqui Callejas, doña Paola Emilia Baraqui Callejas y don Ignacio Enrique Callejas Callejas, quienes permanecerán en sus cargos por un período de un año al final del cual deberá renovarse totalmente, sin perjuicio de poder resultar reelegidos, conforme a las disposiciones contenidas en el Título Tercero de estos Estatutos; facultades y forma de funcionamiento, escritura extractada. CAPITAL: $3.000.000.-, dividido en treinta mil (30.000) acciones nominativas, sin valor nominal, distribuidas en cuatro series distintas, denominadas Serie A, Serie B, Serie C y Serie D, Accionistas concurrentes al instrumento de constitución suscriben y pagan: a) Don Ignacio Enrique Callejas Callejas, titular de cuatro mil acciones de la Serie A, equivalentes al 13,33% del total de acciones, por un aporte en dinero de cuatrocientos mil pesos. b) Doña Paola Emilia Baraqui Callejas, titular de cuatro mil acciones de la Serie A, equivalentes al 13,33% del total de acciones, por un aporte en dinero de cuatrocientos mil pesos. c) Doña Layla Andrea Baraqui Callejas, titular de cuatro mil acciones de la Serie A, equivalentes al 13,33% del total de acciones, por un aporte en dinero de cuatrocientos mil pesos. ii) Serie B: Acciones preferentes. Corresponde a acciones preferentes, con privilegios los privilegios Económicos que se señalan en el artículo séptimo de la presente escritura, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 21 de la ley 18.046 “Ley de Sociedades Anónimas”, y son representativas del 20% del capital social, que en conjunto suman seis mil acciones, todas ellas de propiedad de Doña Paola Emilia Baraqui por un aporte en dinero de seiscientos mil pesos. iii) Serie C: Acciones preferentes. Corresponde a acciones preferentes, con privilegios los privilegios Económicos que se señalan en el artículo séptimo de la presente escritura, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la ley 18.046 “Ley de Sociedades Anónimas”, y son representativas del 20% del capital social, que en conjunto suman seis mil acciones, todas ellas de propiedad de Doña Layla Andrea Baraqui Callejas, por un aporte en dinero de seiscientos mil pesos. iv) Serie D: Acciones preferentes. Corresponde a acciones preferentes, con privilegios los privilegios Económicos que se señalan en el artículo séptimo de la presente escritura, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la ley 18.046 “Ley de Sociedades Anónimas”, y son representativas del 20% restante del capital social, equivalentes a seis mil acciones, todas ellas de propiedad de Don Ignacio Enrique Callejas Callejas por un aporte en dinero de seiscientos mil pesos. Por lo tanto el monto a que asciende el capital suscrito y pagado es de $3.000.000.- DOMICILIO: Santiago. Demás estipulaciones constan escritura extractada, La Serena, 26 de Diciembre del año 2025.

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