Société par actions

Rb Inmobiliaria SpA

CONSTITUCIÓN — 22 juin 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-06-22Voir le PDF (CVE 2828039)

Informations sociétaires

SpA
Temuco, Araucanía

Objet social

Saneamiento del vicio de nulidad que afecta a la escritura de constitución de la sociedad por acciones RB INMOBILIARIA SpA, otorgada con fecha 03 de diciembre 2025, consistente en la inscripción extemporánea de dicha constitución de sociedad en el Registro de Comercio respectivo.

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Temuco, Varas 979, Certifico: por escritura pública ante mí, de fecha 17 de junio de 2026, repertorio 6767-26, don MIGUEL SEBASTIAN SAEZ DIEDRICHS, chileno, soltero, factor de comercio, C.I. N° 15.997.582-7, domiciliado en calle Manuel Matta N° 0460, de la Comuna y ciudad de Temuco, en representación de don JOAQUIN ALEJANDRO SANDOVAL CONUS, casado y separado de bienes, Ingeniero en Construcción, cédula de identidad N°16.997.114-5, domiciliado en calle Manuel Matta, número 0460, de la comuna y ciudad de Temuco, En virtud de lo dispuesto por los artículos 1,2 y 3 de la Ley 19.499, otorgo escritura pública, con el objeto de sanear el vicio de nulidad que afecta a la escritura de constitución de la sociedad por acciones RB INMOBILIARIA SpA, otorgada con fecha 03 de diciembre 2025, ante doña Esmirna Vidal Moraga, Abogado, Notario Público titular , de la Segunda Notaria de Temuco, anotada en el repertorio de instrumentos públicos bajo el número 13.183 guión 2025, consistente en la inscripción extemporánea de dicha constitución de sociedad en el Registro de Comercio respectivo.- Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Temuco, 17 de junio de 2026.

ConstitutionDiario Oficial · 2026-01-09Voir le PDF (CVE 2752160)

Informations sociétaires

SpA
Temuco, Araucanía
Durée: indefinida
Administration: corresponderá a don JOAQUIN ALEJANDRO SANDOVAL CONUS, con amplias facultades indicadas en escritura

Objet social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero; de: compra, venta, permuta, administración, explotación, arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces propios o de terceros como: lotes y terrenos, casas, departamentos, oficinas y locales comerciales, ya sean con destinación urbana o rural, con fines comerciales, industriales o habitacionales. Además, podrá realizar loteos, urbanización y desarrollo de proyectos inmobiliarios y obtención de permisos sectoriales; participar en la construcción y edificación de bienes inmuebles, ya sea por cuenta propia o de terceros; y actuar como intermediario en la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces. También podrá administrar condominios y edificios, corretaje y prestar asesoría en materias inmobiliarias, incluyendo la gestión y evaluación de proyectos, actividades relacionadas con el alquiler de maquinarias y equipos sin operador en el rubro de la construcción, servicios de diseño y decoración de interiores y espacios exteriores, servicios de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico en el ámbito de la construcción y el giro inmobiliario propio y/o relacionado para el cumplimiento de su objeto. La sociedad podrá realizar toda clase de actos y contratos permitidos por la ley, ya sea por cuenta propia o asociada con terceros, y podrá participar en otras sociedades con objeto similar o complementario. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con ésta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen directamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines con instituciones de Derecho Público y empresas de Derecho Privado.

Capital

Capital total

$100.000.000

Actions

10

Associés (1)

NomParticipation

JOAQUIN ALEJANDRO SANDOVAL CONUS

Accionista

16.xxx.xxx-5

100%

Administrateurs (1)

JOAQUIN ALEJANDRO SANDOVAL CONUS

16.xxx.xxx-5Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior ELIANA ANDREA MARTÍNEZ CÁRDENAS, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña Esmirna Vidal Moraga, con oficio en calle Antonio Varas 979, Temuco, certifica: Por Escritura Pública de fecha 03 de Diciembre de 2025, Repertorio N°13.183-25, ante la Notario Público Titular doña Esmirna Vidal Moraga, compareció; Don JOAQUIN ALEJANDRO SANDOVAL CONUS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero en Construcción, C.I. N°16.997.114-5, domiciliado en calle Manuel Matta N°0460, de la comuna y ciudad de Temuco, constituyó Sociedad por Acciones. NOMBRE: RB INMOBILIARIA SpA, OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero; de: compra, venta, permuta, administración, explotación, arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces propios o de terceros como: lotes y terrenos, casas, departamentos, oficinas y locales comerciales, ya sean con destinación urbana o rural, con fines comerciales, industriales o habitacionales. Además, podrá realizar loteos, urbanización y desarrollo de proyectos inmobiliarios y obtención de permisos sectoriales; participar en la construcción y edificación de bienes inmuebles, ya sea por cuenta propia o de terceros; y actuar como intermediario en la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces. También podrá administrar condominios y edificios, corretaje y prestar asesoría en materias inmobiliarias, incluyendo la gestión y evaluación de proyectos, actividades relacionadas con el alquiler de maquinarias y equipos sin operador en el rubro de la construcción, servicios de diseño y decoración de interiores y espacios exteriores, servicios de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico en el ámbito de la construcción y el giro inmobiliario propio y/o relacionado para el cumplimiento de su objeto. La sociedad podrá realizar toda clase de actos y contratos permitidos por la ley, ya sea por cuenta propia o asociada con terceros, y podrá participar en otras sociedades con objeto similar o complementario. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con ésta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen directamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines con instituciones de Derecho Público y empresas de Derecho Privado; ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a don JOAQUIN ALEJANDRO SANDOVAL CONUS, con amplias facultades indicadas en escritura, CAPITAL: El capital social asciende a la suma de CIEN MILLONES DE PESOS, que se divide en diez acciones nominativas, las que se suscriben todas de una misma serie y valor. El capital social precedentemente señalado será aportado y pagado en diez cuotas iguales y sucesivas, cada una por la suma de diez millones de pesos, al contado, en dinero en efectivo, y moneda nacional, siendo la primera cuota la correspondiente al día treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco; y así sucesivamente hasta la última cuota, que corresponde al día treinta de septiembre de dos mil veintiséis; dicho capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Administrador queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital, con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad, o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de cinco años contados desde la fecha del acuerdo respectivo. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, no será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones.- Sin perjuicio de lo anterior, el administrador queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos.- DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN: indefinida.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 06 de Enero de 2026.

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