Société à responsabilité limitée

Pure Healthy Centro De Estetica Y SpA Limitada

CONSTITUCIÓN — 28 août 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-08-28Voir le PDF (CVE 1644935)

Informations sociétaires

Ltda
Santa Cruz, O'Higgins

Associés (2)

NomParticipation

VERONICA DE LOURDES AGUIRRE LUZA

Socio

-

LUIS JAVIER ARANCIBIA PIZARRO

Socio

-

Texte officiel de l’extrait

JULIO ABUYERES JADUE, Notario Público, Titular, Quillota, Pudeto 398, certifica: Por escritura pública ante mí, de fecha 12 de agosto de 2019, certifico: VERONICA DE LOURDES AGUIRRE LUZA y LUIS JAVIER ARANCIBIA PIZARRO, ambos domiciliados en calle Ricardo Santa Cruz número 40, Villa Quinta Merced, comuna de La Cruz, corrigieron y sanearon con esta fecha, constitución social PURE HEALTHY CENTRO DE ESTETICA Y SPA LIMITADA de fecha 23 de mayo de 2019, otorgada ante mí, repertorio Nº 1039-2019, inscrita fojas 108 Nº 77 Registro Comercio año 2019, Conservador de Bienes Raíces de Quillota y publicada con fecha 30 de mayo de 2019. Vicio consistió en un error en el extracto publicado, ya individualizado, en él, se señala el primer apellido de la socia Verónica de Lourdes Aguirre Luza, como “Aguiire” y debe decir, Aguirre. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Quillota, 14 de Agosto de 2019.

ConstitutionDiario Oficial · 2019-05-30Voir le PDF (CVE 1598152)

Informations sociétaires

Ltda
La Cruz, Valparaíso
Durée: 1 año, renovables tácita, automática y sucesivamente, por períodos iguales
Administration: La administración y el uso de la razón social, como asimismo la representación judicial y extrajudicial corresponderá a Luis Javier Arancibia Pizarro, en caso de ausencia o impedimento representará con iguales facultades Verónica de Lourdes Aguirre Luza.

Objet social

El servicio de estética corporal, mantención y acondicionamiento físico, salón de belleza, manicure, pedicure, podología, peluquería, sauna, compra, venta de productos alimenticios y de belleza, toda clase de servicios profesionales y productos afines a esta actividad y en general cualquier otra actividad lícita y cualquier otro negocio que en ella acuerden los socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Verónica de Lourdes Aguirre Luza

Socio

50%

Luis Javier Arancibia Pizarro

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

Julio Abuyeres Jadue, Notario Público Titular de Quillota, con domicilio en calle Pudeto Nº398, comuna de Quillota, certifica: Que por escritura pública de 23 de mayo de 2019, ante mí, doña VERONICA DE LOURDES AGUIIRE LUZA y don LUIS JAVIER ARANCIBIA PIZARRO, ambos domiciliados en calle Ricardo Santa Cruz Número cuarenta, Villa Quinta Merced, comuna de La Cruz, de paso en ésta, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. OBJETO: El objeto de la sociedad será el servicio de estética corporal, mantención y acondicionamiento físico, salón de belleza, manicure, pedicure, podología, peluquería, sauna, compra, venta de productos alimenticios y de belleza, toda clase de servicios profesionales y productos afines a esta actividad y en general cualquier otra actividad lícita y cualquier otro negocio que en ella acuerden los socios. RAZÓN SOCIAL: “PURE HEALTHY CENTRO DE ESTETICA Y SPA LIMITADA”, pudiendo usar ante los Bancos el nombre de fantasía de "pH Centro de Estética y Spa Ltda." DOMICILIO: comuna de La Cruz pudiendo abrir sucursales o agencias en cualquier otro lugar del país o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social, como asimismo la representación judicial y extrajudicial corresponderá a Luis Javier Arancibia Pizarro, en caso de ausencia o impedimento representará con iguales facultades Verónica de Lourdes Aguirre Luza CAPITAL: Un millón de pesos, que se aportan de la siguiente manera: a) El socio Verónica de Lourdes Aguirre Luza, aporta la suma de quinientos mil pesos, en dinero en efectivo y ya enterado en arcas sociales y que representan el cincuenta por ciento el capital social y b) el socio Luis Javier Arancibia Pizarro, aporta la suma de quinientos mil pesos, en dinero en efectivo y ya enterado en arcas sociales y que representan el cincuenta por ciento el capital social. PLAZO: 1 año, a contar fecha escritura extractada, renovables tácita, automática y sucesivamente, por períodos iguales, forma indicada misma escritura. RESPONSABILIDAD: Socios limitan responsabilidad al monto sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Quillota, 27 de mayo de 2019.

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Relations sociétaires

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