Société par actions

Productora Prime SpA

CONSTITUCIÓN — 6 mai 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-05-06Voir le PDF (CVE 2310961)

Informations sociétaires

SpA
Rancagua, O'Higgins
Durée: Indefinida
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá a la Gerente General, que corresponde a MÓNICA PAULA CASTRO ORTIZ, quien anteponiendo la razón social a su firma representará a la sociedad de acuerdo a las facultades señaladas en escritura extractada.

Objet social

El objeto social será A) Servicios de producciones de obras de teatro, conciertos, espectáculos de danza y otras producciones escénicas y B) Actividades creativas, artísticas y de entretenimientos en general.

Capital

Capital total

$5.000.000

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

PAZ LORETO CELEDÓN CASTRO

Accionista

-

JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ CELEDÓN

Accionista

-

Administrateurs (1)

Représentants auprès du SII (1)

Texte officiel de l’extrait

CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Público Suplente de la 7° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura Pública de hoy ante mí, doña PAZ LORETO CELEDÓN CASTRO, don JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ CELEDÓN, constituyeron una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre PRODUCTORA PRIME SpA, Duración: Indefinida. Objeto: El objeto social será A) Servicios de producciones de obras de teatro, conciertos, espectáculos de danza y otras producciones escénicas y B) Actividades creativas, artísticas y de entretenimientos en general. Administración y uso de la razón social corresponderá a la Gerente General, que corresponde a MÓNICA PAULA CASTRO ORTIZ, quien anteponiendo la razón social a su firma representará a la sociedad de acuerdo a las facultades señaladas en escritura extractada. Domicilio: La ciudad de Rancagua. Capital $5.000.000 divididos en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Las 1000 acciones en que se divide el capital social han quedado íntegramente suscritas en el acto de la constitución, debiendo pagarse en el plazo de 12 meses contados desde la fecha de la escritura extractada. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de abril de 2023.-

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