Société à responsabilité limitée

Panaderia La Orquidea Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 févr. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-02-24Voir le PDF (CVE 1186639)

Informations sociétaires

Ltda
San Fernando, O'Higgins
Durée: 3 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales de 3 años
Administration: Administración, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá conjunta y solidariamente a los socios Arturo David Latuz Hernandez y Ludwing Edgardo Latuz Hernandez

Objet social

Explorar por cuenta propia o ajena el negocio de la amasandería, pastelería, panificadora, rotisería, abarrotes, fábrica de empanadas y comida preparada, expendio de bebidas alcohólicas y distribución de productos alimenticios, así como el transporte nacional e internacional de carga, fletes o personas, en vehículos propios o de terceros, arrendamiento de todo tipo de vehículos, motorizados, sean de paseo, pasajeros, turismo y/o carga y toda clase de servicios por medio de tales vehículos.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Arturo David Latuz Hernandez

Socio

50%

Ludwing Edgardo Latuz Hernandez

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

CARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA, Abogado, Notario Público Titular de la 2da. Notaría San Fernando, con oficio en calle Chillán Nº 595-A, Certifico, por escritura pública, hoy ante mí, don ARTURO DAVID LATUZ HERNANDEZ, con domicilio en Población San Hernán, Block Cincuenta y Uno, departamento trece, San Fernando; don LUDWING EDGARDO LATUZ HERNANDEZ, domiciliado en Villa Las Tinajas, pasaje La Arcilla cero ochocientos sesenta y dos, comuna de San Fernando, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: La razón social de la sociedad será "PANADERIA LA ORQUIDEA LIMITADA", sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar inclusive en sus relaciones con el Servicio de Impuestos y Tesorerías Municipalidades, Contralorías, Bancos y otras Instituciones, con los nombres de fantasías o comerciales de “LA ORQUIDEA LTDA.”, indistintamente.- OBJETO: El objeto de la sociedad será explorar por cuenta propia o ajena el negocio de la amasandería, pastelería, panificadora, rotisería, abarrotes, fabrica de empanadas y comida preparada, expendio de bebidas alcohólicas y distribución de productos alimenticios, así como el transporte nacional e internacional de carga, fletes o personas, en vehículos propios o de terceros, arrendamiento de todo tipo de vehículos, motorizados, sean de paseo, pasajeros, turismo y/o carga y toda clase de servicios por medio de tales vehículos.- CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $3.000.000, que los socios aportarán de la siguiente manera: a) Arturo David Latuz Hernandez estipula aportar la suma de $1.500.000, equivalente al 50% del capital social, que se enteró en este acto a caja social; b) Ludwing Edgardo Latuz Hernandez estipula aportar la suma $1.500.000, equivalente al 50% del capital social, que se enteró en este acto a caja social.- DOMICILIO: El domicilio social será la ciudad de San Fernando, sin perjuicio de que se puedan establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- PLAZO: El plazo de la sociedad será de 3 años y comienza su giro a partir de la escritura de constitución de sociedad. Vencido este plazo, se entenderá prorrogado automáticamente por periodos iguales de 3 años cada uno, a menos que alguno de los socios expresare su voluntad de no continuar en ella por un nuevo periodo. Esta manifestación deberá hacerse por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social con no menos de 4 meses de anterioridad al respectivo vencimiento.- ADMINISTRACION DE LA EMPRESA: La administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá a socios Arturo David Latuz Hernandez y don Ludwing Edgardo Latuz Hernandez los que deberán actuar en forma conjunta, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos con las facultades señaladas en la escritura de constitución, para el cumplimiento del objeto social, y con demás estipulaciones en escritura que extracto.- RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA Y DE SU TITULAR: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura que extracto.- San Fernando, 20 de Febrero de 2017.

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