Société à responsabilité limitée

Nieto Toro Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — 7 janv. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-01-07Voir le PDF (CVE 2249080)

Informations sociétaires

Ltda
Las Condes, Región Metropolitana
Durée: 5 años, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Administration: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a dos cualquiera de los socios, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos y anteponiendo su firma a la razón social.

Objet social

La prestación de servicios profesionales en el ámbito legal y jurídico, tanto para personas naturales como jurídicas; y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios de profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Alexandra Nieto Barrios

Socio

90%

Cristóbal Ignacio Toro Cortés

Socio

10%

Texte officiel de l’extrait

MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, abogado, Notario Público, suplente del titular don Patricio Raby Benavente, domicilio Gertrudis Echenique 30 Of 32 comuna Las Condes, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2022, repertorio N°14321-2022, ante mí doña Alexandra Nieto Barrios y don Cristóbal Ignacio Toro Cortés, todos domiciliados para estos efectos en Charles Hamilton 10.192, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada y aprobaron un texto refundido de los estatutos bajo los cuales se regirá la Sociedad, cuyas menciones extractables son las siguientes: PRIMERO: Socios doña Alexandra Nieto Barrios y don Cristóbal Ignacio Toro Cortés, todos domiciliados para estos efectos en Charles Hamilton 10.192, Las Condes, Santiago. SEGUNDO: Razón social. NIETO TORO ABOGADOS LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “ANFL LTDA” o “AN FAMILY LAW LTDA”. TERCERO: Administración y uso de la razón social. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a dos cualquiera de los socios, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos y anteponiendo su firma a la razón social. CUARTO: Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios profesionales en el ámbito legal y jurídico, tanto para personas naturales como jurídicas; y b) Realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios de profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos. QUINTO: Capital y participación social. El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, que los socios han aportado y enterado en la forma y proporción que a continuación se expresa: (i) doña Alexandra Nieto Barrios aportó el 90% del capital, esto es la suma de $900.000 y (ii) don Cristóbal Ignacio Toro Cortés aportó el 10% del capital, esto es la suma de $100.000. SEXTO: Duración. El plazo de duración de la sociedad será de 5 años contados desde la escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2022, otorgada en esta misma notaría, repertorio número 14321-2022 plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio competente con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. Responsabilidad de los socios: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones que no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 03 de Enero de 2023.- Maria Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Público.

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