Société à responsabilité limitée

NCH Agrícola Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 janv. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-01-09Voir le PDF (CVE 2752774)

Informations sociétaires

Ltda
Lo Barnechea, Región Metropolitana
Durée: Hasta el 31 de diciembre del año 2048, prorrogable tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá a Luis Felipe Sahli Cruz y Graciela Lecaros Menéndez, actuando conjunta o en la forma señalada en la escritura, con amplias facultades de administración y disposición de bienes.

Objet social

La sociedad tiene por objeto: /i/ la explotación agrícola y frutícola de los predios que sea dueña, arrendataria o tenedora a cualquier título; /ii/ la compra, venta, exportación, importación, comercialización, distribución y desarrollo de toda clase de bienes y servicios, especialmente productos agrícolas, hortofrutícolas o de cultivo; /iii/ adquirir e importar bienes, servicios, insumos, productos, instrumentos, maquinarias y herramientas necesarias a sus fines; /iv/ otorgar servicios de almacenamiento, embalaje, packing y de asesoría a sus socios, productores o empresas agrícolas; /v/ efectuar labores de inspección, muestreo, control y certificación de calidad respecto de los productos procesados; /vi/ el transporte terrestre de carga dentro o fuera del país en cualquiera de sus formas; /vii/ la prestación de servicios profesionales y asesorías en cualquiera materia relacionada al objeto social; /viii/ la inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, en especial en acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de inversión, pagarés, títulos de deuda, derechos sociales, efectos de comercio y valores mobiliarios en general; /ix/ la participación en todo tipo de sociedades; /x/ la administración, explotación, percepción de los frutos y enajenación de los bienes y derechos que adquiera y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean conducentes a la consecución de los fines sociales.

Capital

Capital total

$3.257.371.751

Capital libéré

$3.257.371.751

Capital restant dû

$0

Associés (11)

NomParticipation

Ganadera Esquilón SpA

Socio

0.225912%

Agrícola La Campana Limitada

Socio

8.724103%

Inversiones Patagonia Limitada

Socio

10.116665%

Inversiones Romana Limitada

Socio

10.116665%

Inversiones Don Bosco Limitada

Socio

10.116665%

Inversiones Alejandrina Limitada

Socio

10.116665%

Inversiones Abare Limitada

Socio

10.116665%

Inversiones Río Ciervos Limitada

Socio

10.116665%

Inversiones Chotex Limitada

Socio

10.116665%

Inversiones SF Limitada

Socio

10.116665%

Inversiones Bandurrias Limitada

Socio

10.116665%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, abogado, Notario Suplente, del Titular de la 43ª Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 18 de noviembre de 2025, ante el titular, Ganadera Esquilón SpA, Agrícola La Campana Limitada, Inversiones Patagonia Limitada, Inversiones Romana Limitada, Inversiones Don Bosco Limitada, Inversiones Alejandrina Limitada, Inversiones Abare Limitada, Inversiones Río Ciervos Limitada, Inversiones Chotex Limitada, Inversiones SF Limitada e Inversiones Bandurrias Limitada, todos domiciliados para estos efectos en calle Las Compuertas, número 2.081, comuna de Lo Barnechea, Santiago en su carácter de únicos y actuales socios de “Inversiones Nueve Chelines Limitada”, inscrita a fojas 23.573, número 12.706 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1986, en adelante la “Sociedad”, acordaron dividirla en tres sociedades. La primera de ellas es la continuadora legal de la Sociedad, conservando su personalidad jurídica y todos los atributos propios de la misma. La segunda de ellas, una sociedad por acciones, que se formó como consecuencia de la división, se constituye con el nombre de “Altivo Inversiones SpA”, cuyos estatutos se extractan por separado. La última de ellas, una sociedad de responsabilidad limitada, que se formó como consecuencia de la división, se constituye con el nombre de “NCH Agrícola Limitada”, de cuyos estatutos sociales extracto lo siguiente: (i) Razón social: NCH Agrícola Limitada. (ii) Socios: Ganadera Esquilón SpA, Agrícola La Campana Limitada, Inversiones Patagonia Limitada, Inversiones Romana Limitada, Inversiones Don Bosco Limitada, Inversiones Alejandrina Limitada, Inversiones Abare Limitada, Inversiones Río Ciervos Limitada, Inversiones Chotex Limitada, Inversiones SF Limitada e Inversiones Bandurrias Limitada. (iii) Objeto: La sociedad tiene por objeto: /i/ la explotación agrícola y frutícola de los predios que sea dueña, arrendataria o tenedora a cualquier título; /ii/ la compra, venta, exportación, importación, comercialización, distribución y desarrollo de toda clase de bienes y servicios, especialmente productos agrícolas, hortofrutícolas o de cultivo; /iii/ adquirir e importar bienes, servicios, insumos, productos, instrumentos, maquinarias y herramientas necesarias a sus fines; /iv/ otorgar servicios de almacenamiento, embalaje, packing y de asesoría a sus socios, productores o empresas agrícolas; /v/ efectuar labores de inspección, muestreo, control y certificación de calidad respecto de los productos procesados; /vi/ el transporte terrestre de carga dentro o fuera del país en cualquiera de sus formas; /vii/ la prestación de servicios profesionales y asesorías en cualquiera materia relacionada al objeto social; /viii/ la inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, en especial en acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de inversión, pagarés, títulos de deuda, derechos sociales, efectos de comercio y valores mobiliarios en general; /ix/ la participación en todo tipo de sociedades; /x/ la administración, explotación, percepción de los frutos y enajenación de los bienes y derechos que adquiera y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean conducentes a la consecución de los fines sociales. (iv) Duración: La Sociedad durará hasta el 31 de diciembre del año 2048. Vencido este plazo, la Sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años, a menos que uno cualquier de los socios manifieste lo contrario con 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo recién señalado o de cualquier de sus prórrogas. (v) Capital: $3.257.371.751, que los socios han aportado y pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha y a entera satisfacción de la Sociedad, en las siguientes proporciones: /i/ Ganadera Esquilón SpA aportó el equivalente al 0,225912% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /ii/ Agrícola La Campana Limitada aportó el equivalente al 8,724103% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /iii/ Inversiones Patagonia Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /iv/ Inversiones Romana Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /v/ Inversiones Don Bosco Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /vi/ Inversiones Alejandrina Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /vii/ Inversiones Abare Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /viii/ Inversiones Río Ciervos Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /ix/ Inversiones Chotex Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; /x/ Inversiones SF Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; y /xi/ Inversiones Bandurrias Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad. Se deja expresa constancia que los porcentajes de participación de cada socio en el capital social señalados precedentemente son aproximados y se indican a título meramente ilustrativo. (vi) Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a don Luis Felipe Sahli Cruz y doña Graciela Lecaros Menéndez, en adelante, los “Administradores”, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, en especial con aquellas indicadas en el artículo séptimo de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de diciembre de 2025.

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