Société par actions

Molina Undurraga Propiedades SpA

CONSTITUCIÓN — 11 août 2021

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2021-08-11Voir le PDF (CVE 1991405)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ISIDORA MARÍA MOLINA JUEZ y a doña CONSUELO UNDURRAGA UNDURRAGA, quienes, actuando en forma conjunta o indistinta, cualquiera de ellas, estarán investidas de todas las facultades y poderes señalados en el artículo décimo sexto de los estatutos.

Objet social

La compra, venta y alquiler de inmuebles propios o arrendados; corredores de propiedades; en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.

Capital

Capital total

$500.000

Capital libéré

$500.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (2)

NomParticipation

ISIDORA MARÍA MOLINA JUEZ

Accionista

17.xxx.xxx-7

50%

CONSUELO UNDURRAGA UNDURRAGA

Accionista

17.xxx.xxx-6

50%

Administrateurs (2)

ISIDORA MARÍA MOLINA JUEZ

17.xxx.xxx-7Administrador

CONSUELO UNDURRAGA UNDURRAGA

17.xxx.xxx-6Administrador

Texte officiel de l’extrait

Elizabeth Catherine Pacheco Cifuentes, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Buin con asiento en Paine, O´Higgins 590, Paine, Provincia Maipo, certifico: Que por escritura pública de fecha 2 de Agosto de 2021, repertorio 981-2021, firmado ante mí, doña ISIDORA MARÍA MOLINA JUEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, técnica en dirección y producción de eventos, Cédula Nacional de Identidad número diecisiete millones doscientos setenta y un mil novecientos noventa y tres guion siete, domiciliada en Camino Uno Poniente, Parcela cuarenta y siete, Lote D, Linderos, comuna de Buin, Región Metropolitana; y doña CONSUELO UNDURRAGA UNDURRAGA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, administradora de servicios, Cédula Nacional de Identidad número diecisiete millones cuatrocientos tres mil trescientos veintidós guion seis, domiciliada en Camino Padre Hurtado cinco mil cien, casa diez, comuna de Paine, Región Metropolitana; constituyeron sociedad por acciones. Razón social: “MOLINA UNDURRAGA PROPIEDADES SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La compra, venta y alquiler de inmuebles propios o arrendados; b) Corredores de propiedades; c) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Capital: Quinientos mil pesos, dividido en cien acciones, cada una nominativa, ordinaria, de la misma serie y sin valor nominal; el que se ha suscrito y pagado conforme a lo indicado en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Administración y uso de la Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ISIDORA MARÍA MOLINA JUEZ, y a doña CONSUELO UNDURRAGA UNDURRAGA, ya individualizadas, quienes, actuando en forma conjunta o indistinta, cualquiera de ellas, estarán investidas de todas las facultades y poderes señalados en el Artículo Décimo Sexto de los estatutos. Los Administradores podrán ejercer sus facultades y poderes a través de sus representantes legales o por medio de uno o más mandatarios, quienes deberán actuar en la forma y con las atribuciones que indique su propio nombramiento. Paine, 02 de Agosto de 2021.

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    CVE 1991405

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