Société à responsabilité limitée

Mirador Del Valle, Servicios Y Asesorías Profesionales Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 déc. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-12-16Voir le PDF (CVE 2235170)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 10 años, contados desde fecha escritura extractada, prorrogable forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno
Administration: Corresponde a don Javier Ignacio Ruscica Olivares, quien la ejercerá anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar a la Sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada.

Objet social

El objeto de la Sociedad será, exclusivamente, la prestación de servicios o asesorías profesionales de abogado, pudiendo realizar todas las actividades, ejecutar todos los actos y celebrar los contratos propios del ejercicio de esa profesión.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Javier Ignacio Ruscica Olivares

Socio

99.9%

Dino Gianfranco Pruzzo González

Socio

0.1%

Administrateurs (1)

Représentants auprès du SII (1)

Texte officiel de l’extrait

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2022, ante mí, don Javier Ignacio Ruscica Olivares, y don Dino Gianfranco Pruzzo González, ambos domiciliados en Avenida Santa María número 6.350, oficina número 308, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: “MIRADOR DEL VALLE, SERVICIOS Y ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, publicitarios, comerciales y bancarios, el nombre de fantasía “MIRADOR DEL VALLE LTDA.”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos, que puedan establecer en el resto del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será, exclusivamente, la prestación de servicios o asesorías profesionales de abogado, pudiendo realizar todas las actividades, ejecutar todos los actos y celebrar los contratos propios del ejercicio de esa profesión. Duración: 10 años, contados desde fecha escritura extractada, prorrogable forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, en términos indicados en escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es de $1.000.000.- que los socios aportan y pagan en la siguiente forma y proporción: a) Javier Ignacio Ruscica Olivares, $999.000, equivalentes a 99,9% capital e interés social; y b) Dino Gianfranco Pruzzo González, $1.000, equivalentes a 0,1% capital e interés social. Administración y uso razón social: Corresponde a don Javier Ignacio Ruscica Olivares, quien la ejercerá anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar a la Sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 13 de diciembre de 2022. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Público.

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