Entreprise individuelle à responsabilité limitée

Milton Daniel Rodríguez Saturno M & R Servicios Gastronomia E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 14 juin 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-06-14Voir le PDF (CVE 1605800)

Informations sociétaires

E.I.R.L.
Chillán, Ñuble
Durée: tres años a contar de la fecha de la escritura pública, renovables por períodos iguales y sucesivos si el contribuyente no ejecuta las formalidades de término con a lo menos seis meses de anterioridad a la fecha de término
Administration: La administración corresponderá al titular

Objet social

El ejercicio de la actividad comercial respecto de alimentación y víveres, en especial el establecimiento de restaurant, de comida rápida, bar, fuente de soda, gelatería, pizzería y similares, esto es venta y elaboración de productos alimenticios e insumos gastronómicos. Elaboración y envasado de todo tipo de alimentos, prestación de servicios de comida preparada en forma industrial, servicios de banquetería, organización y producción de eventos gastronómicos en cualquier tipo de eventos sociales en locales propios o ajenos, como asimismo la fabricación de productos de confitería, postres, pastelería, y cualquier otro similar, asimismo la elaboración de condimentos en general y cualquier otro producto alimenticio no clasificado. El establecimiento de sucursales en el país o el extranjero, pudiendo efectuar negocios que estén relacionadas con el objeto de la empresa. La venta de materia prima y abarrotes, víveres, frutas, verduras, ya sea en almacén destinado al efecto, minimarket e incluso entrega a domicilio. Celebrar todo tipo de actos o contratos civiles, mercantiles, laborales, y de cualquier naturaleza necesarios y conducentes para el desarrollo del objeto señalado en este documento.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (1)

NomParticipation

MILTON DANIEL RODRÍGUEZ SATURNO

Titular

24.xxx.xxx-0

100%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

IGNACIO VIDAL DOMINGUEZ, Notario Titular en Talca, 1 Norte Nº963 Of 103 certifico: escritura pública de hoy ante mí, MILTON DANIEL RODRÍGUEZ SATURNO, casado, chef de cocina internacional, uruguayo, C.I. N° 24.300.836-0, de 54 años de edad, con domicilio en calle Las Tronqueras, pasaje Peumo N°997, Chillán, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada, en adelante la “EMPRESA”, que se regirá por ley Nº 19.857 y sus modificaciones y demás leyes pertinentes, y en especial, por los estatutos que se extractan: Nombre: ““MILTON DANIEL RODRÍGUEZ SATURNO M & R SERVICIOS GASTRONOMIA EIRL”, o “M & R SERVICIOS GASTRONOMIA EIRL”. , DOMICILIO: Las Tronqueras, pasaje Peumo N°997, Chillan CAPITAL: la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), enterado y pagado por el titular en el acto de constitución. OBJETO: El objeto de la empresa será: A) El ejercicio de la actividad comercial respecto de alimentación y víveres, en especial el establecimiento de restaurant, de comida rápida, bar, fuente de soda, gelatería, pizzería y similares, esto es venta y elaboración de productos alimenticios e insumos gastronómicos. B) Elaboración y envasado de todo tipo de alimentos, prestación de servicios de comida preparada en forma industrial, servicios de banquetería, organización y producción de eventos gastronómicos en cualquier tipo de eventos sociales en locales propios o ajenos, como asimismo la fabricación de productos de confitería, postres, pastelería, y cualquier otro similar, asimismo la elaboración de condimentos en general y cualquier otro producto alimenticio no clasificado. C) El establecimiento de sucursales en el país o el extranjero, pudiendo efectuar negocios que estén relacionadas con el objeto de la empresa. D) La venta de materia prima y abarrotes, víveres, frutas, verduras, ya sea en almacén destinado al efecto, minimarket e incluso entrega a domicilio. E) Celebrar todo tipo de actos o contratos civiles, mercantiles, laborales, y de cualquier naturaleza necesarios y conducentes para el desarrollo del objeto señalado en este documento. DURACION: tres años a contar de la fecha de la escritura pública, renovables por períodos iguales y sucesivos si el contribuyente no ejecuta las formalidades de término con a lo menos seis meses de anterioridad a la fecha de término. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Talca, 27 de Mayo de 2019.-

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