Margraff Y Deguelle Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
arriendo de cabañas, restaurante, salón de té, minimarket y servicios de spa, tales como piscina, baños sauna y de vapor, hidromasaje, gimnasio, masajes, y cualesquier otro relacionado a los referidos que los socios acuerden a futuro
Capital
Capital total
$15.200.000
Capital libéré
$15.200.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $7.600.000 |
Socio | - | 50% | $7.600.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O´Higgins N°528, certifica: Por escritura pública de 31 agosto 2016, ante mí, don DANIEL EWALD MARGRAFF y doña CHANTAL MARIE J DEGUELLE, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, Razón social: La razón social será “MARGRAFF Y DEGUELLE LIMITADA,” y pudiéndose usar como nombre de fantasía “El Mediteraneo Cabañas Club Limitada”. El objeto de la empresa será: arriendo de cabañas, restaurante, salón de té, minimarket y servicios de spa, tales como piscina, baños sauna y de vapor, hidromasaje, gimnasio, masajes, y cualesquier otro relacionado a los referidos que los socios acuerden a futuro. Administración, representación y uso de razón social: corresponderá indistintamente a los socios DANIEL EWALD MARGRAFF y doña CHANTAL MARIE J DEGUELLE con amplias facultades. Capital social. El capital de la sociedad asciende a la suma de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS, que los socios enteran en este acto de la siguiente manera: a) Don Daniel Ewald Margraff, aportando en dominio una camioneta marca Nissan modelo Navara LE cuatro x cuatro automática, año dos mil diez, patente CH HF noventa y dos, avaluada de común acuerdo por las partes en la suma de siete millones seiscientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital, y b) Doña Chantal Marie Deguelle, la suma de siete millones seiscientos mil pesos, en dinero efectivo que es equivalente al otro cincuenta por ciento del capital. La sociedad se declara recibida de los bienes referidos a su satisfacción, los que ingresan a la sociedad. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá un plazo de duración de tres años, renovable en forma tácita y sucesiva por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviese vigente, con una anticipación de tres meses a lo menos antes de finalizar el respectivo período y debiendo notificarse al otro socio por medio de carta certificada dirigida a su domicilio, en el mismo plazo referido. Domicilio: Concepción, sin perjuicios sucursales y agencias. Responsabilidad: Limitada monto respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCION, 08 septiembre 2016.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
MARGRAFF Y DEGUELLE LIMITADA
CVE 1111383
