Société à responsabilité limitée

Maderas Defac Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 déc. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-12-19Voir le PDF (CVE 1699552)

Informations sociétaires

Ltda
Villarrica, Araucanía

Capital

Capital total

$34.000.000

Capital libéré

$2.200.000

Capital restant dû

$31.800.000

Associés (3)

NomParticipation

PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS

Socio

7.xxx.xxx-7

60%

ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA

Socio

16.xxx.xxx-3

20%

BERNARDO AUGUSTO ACUÑA ACUÑA

Socio

17.xxx.xxx-0

20%

Représentation légale (3)

Perla Iris Urrutia Sierralta

6.xxx.xxx-6En représentation de PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS7.xxx.xxx-7

Perla Iris Urrutia Sierralta

6.xxx.xxx-6En représentation de ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA16.xxx.xxx-3

Perla Iris Urrutia Sierralta

6.xxx.xxx-6En représentation de BERNARDO AUGUSTO ACUÑA ACUÑA17.xxx.xxx-0

Texte officiel de l’extrait

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, Perla Iris Urrutia Sierralta, chilena, abogada, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad y RUT 6.691.161-6, domiciliada en Villa Hueney ubicada en el Kilómetro 14 del camino que une Villarrica y Pucón, comuna de Villarrica, Novena Región de la Araucanía, en representación de don PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS, C.I. 7.719.529-7, ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA, C.I. 16.814.859-3; y BERNARDO AUGUSTO ACUÑA ACUÑA, C.I. 17.440.617-0, todos domiciliados en Kilómetro 17 del camino que une Villarrica a Lican-Ray, comuna de Villarrica, Novena Región de la Araucanía conforme facultades y Ley 14.499 de 1997 sobre Saneamiento, aclara y rectifica cláusula de capital en escritura pública de constitución y extracto de sociedad Maderas Defac Limitada”, con nombre de fantasía “Maderera Defac Ltda.”, de fecha 26 de Septiembre de 2019, repertorio 2779-2019, otorgada ante César Hugo Sáez Neira, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Villarrica, don Francisco Javier Muñoz Flores, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N° 42.475 con fecha 11 de Octubre de 2019, e inscrito a fojas 107 número 65 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica del año 2019, siendo socios actuales PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS, ALFONSO EDUARDO ACUÑA y BERNARDO AUGUSTO ACUÑA ACUÑA, quedando cláusula de Capital como sigue: “TITULO SEGUNDO: Del capital social y responsabilidad de los socios.- ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad será la suma de $34.000.000.- que se aporta y entera por los socios como sigue: A) Don PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS, aporta el 60% del capital social, que corresponde a $20.400.000.- que entera con: a) El aporte en dominio a la sociedad del predio rústico denominado LOTE 7-A1 que se valoriza en el monto de $10.000.000.-, situado en el lugar de Cudico Bajo, Comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región, con una superficie de 7.459 m2, que tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE: En 81,3 metros con Lote N° 7-A5, creado en la subdivisión; ESTE: En 31,10 metros con Lote 7-A3 y en 45,3 metros con Lote N° 7-A2, ambos creados en la subdivisión. SUR: En 74,2 metros con camino Público a Cudico Alto.- OESTE: En 93,5 metros con Lote N° 2.- SERVIDUMBRE DE TRÁNSITO.- Este Lote quedó gravado con una servidumbre de tránsito en sus deslindes Este, Sureste, y Oeste, totalizando una superficie de 1,338 m2.- ROL DE AVALÚO: 344-68 de Villarrica.- b) El aporte en dominio a la sociedad del predio rústico denominado LOTE 7-A4, que se valoriza en el monto de $10.000.000.- situado en el lugar de Cudico Bajo, Comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región, con una superficie de 5.059 m2, y que tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE: En 81,9 metros con Lote N° 7-A6, creado en la subdivisión; ESTE: En 61,1 metros con Braulio Espinoza Abarzúa; SUR: En 84,3 metros con Lote N° 7-A3, creado en la subdivisión; OESTE: En 61,0 metros con Lote N° 7-A5.- SERVIDUMBRE DE TRÁNSITO.- Este Lote 7-A4, quedó gravado con una servidumbre de tránsito en su deslinde Oeste, totalizando una superficie de 304 m2.- ROL DE AVALÚO: 344-118 de Villarrica.- SUBDIVISIÓN.- Los Lotes 7A-1 y 7A-4 son resultantes de la subdivisión del Lote 7 A en 9 lotes del 7A-1 al 7A-9, según consta al margen de la inscripción de la Parcela N° 1, situada en el lugar de Cudico Bajo, Comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región, adjudicada en dominio a don PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS como entero de su hijuela en la partición y liquidación de los bienes quedados al fallecimiento de don PEDRO SEGUNDO ACUÑA MAUREIRA y de doña INÉS DEL CARMEN SALDÍAS SEPÚLVEDA, inscrita a fojas 1.825 número 942 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica del año 1997 y de los documentos de la Subdivisión, agregados con fecha 12 de Marzo de 2018, bajo el N° 503 Certificado del Sag.- Bajo el N° 504 Memoria Explicativa.- Bajo el N° 505 Plano de Subdivisión, en el Registro de Propiedad del año 2018, en el mismo Conservador.- CLÁUSULA ESENCIAL: Se deja constancia que a los lotes 7A-1 y 7A-4, aportados a la sociedad, les afecta la siguiente cláusula esencial, con motivo de la subdivisión: “Se deja constancia que, de conformidad al Artículo primero, inciso tercero, del D.L. 3.516 del 19 de noviembre de 1980, los predios resultantes de la subdivisión quedan sujetos a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos 55 y 56 de la Ley de Urbanismo y Construcciones”.- La subdivisión no contempló cambio de uso de suelo, por lo que, de conformidad al D.L. 3.516 de 1980 del Ministerio de Agricultura, el propietario podía enajenar libremente una superficie no inferior a 0,5 hectáreas físicas (5.000 metros cuadrados).- c) Con la suma de $400.000.- que paga al contado y en dinero efectivo en este acto.- B) Don ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA, aporta el 20% del capital social que corresponde a la suma de $6.800.000.-que entera con $1.800.000.- en dinero efectivo, en este acto, y el saldo de $5.000.000.- en 5 cuotas anuales de $1.000.000.- cada una, pagaderas al 30 de Diciembre de los años 2019 al 2023, o a medida que las necesidades sociales lo requieran.- y C) Don BERNARDO AUGUSTO ACUÑA ACUÑA, aporta el 20% del capital social que corresponde a la suma de $6.800.000.-que entera con $800.000.- en dinero efectivo, en este acto, y el saldo de $6.000.000.- en 6 cuotas anuales de $1.000.000.- cada una, pagaderas al 30 de Diciembre de los años 2019 al 2024, o a medida que las necesidades sociales lo requieran.- En todo lo demás se mantienen restantes cláusulas escritura social primitiva, y resto texto extracto inscrito y publicado.-Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Villarrica, 05 de Diciembre de 2019.

ConstitutionDiario Oficial · 2019-10-11Voir le PDF (CVE 1666925)

Informations sociétaires

Ltda
Villarrica, Araucanía
Durée: tres años contados fecha escritura constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales de dos años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento
Administration: Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA. En caso de muerte, ausencia prolongada, o enfermedad grave y permanente de don Alfonso Eduardo Acuña Acuña, la administración corresponderá a don PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS.

Objet social

La compra, venta de todo tipo de maderas y sus derivados, el almacenaje de madera, la explotación y transformación de madera, la comercialización de productos madereros y accesorios de la construcción, la compra, venta de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras menores destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación; y la confección de especialidades, incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; y en general, realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objetivo anterior, u otra que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$34.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Capital restant dû

$31.000.000

Associés (3)

NomParticipation

PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS

Socio

7.xxx.xxx-7

60%

ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA

Socio

16.xxx.xxx-3

20%

BERNARDO AUGUSTO ACUÑA ACUÑA

Socio

17.xxx.xxx-0

20%

Administrateurs (2)

ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA

16.xxx.xxx-3Administrador

PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS

7.xxx.xxx-7Administrador

Texte officiel de l’extrait

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: Que por escritura pública, de fecha 26 de Septiembre del año 2019, ante el Notario Suplente don César Hugo Sáez Neira, compareció PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS, C.I. 7.719.529-7, ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA, C.I. 16.814.859-3; y BERNARDO AUGUSTO ACUÑA ACUÑA, C.I. 17.440.617-0, todos domiciliados en Kilómetro 17 del camino que une Villarrica a Lican-Ray, comuna de Villarrica, Novena Región de la Araucanía, constituyeron sociedad colectiva comercial de responsabilidad limitada, regida normas Ley 3.918 y sus modificaciones. Nombre o razón social será “MADERAS DEFAC LIMITADA”, pudiendo usar para fines publicitarios y bancarios sigla comercial o nombre de fantasía “MADERERA DEFAC LTDA.”. Objeto de la sociedad será a) La compra, venta de todo tipo de maderas y sus derivados, el almacenaje de madera, la explotación y transformación de madera, la comercialización de productos madereros y accesorios de la construcción, la compra, venta de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles.- b) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras menores destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación; y la confección de especialidades, incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; y en general, realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objetivo anterior, u otra que acuerden los socios. Domicilio: Villarrica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecer en otros lugares del país o el extranjero. Duración sociedad será tres años contados fecha escritura constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales de dos años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital sociedad será la suma de $34.000.000.- que se aporta y entera por los socios como sigue: A) Don PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS, aporta el 60% del capital social, que corresponde a $20.400.000.- que entera con: a) El aporte en dominio a la sociedad, del predio rústico denominado LOTE 7-A1 con una superficie de 7.459 m2, que tiene los siguientes deslindes especiales según Memoria Explicativa de la Subdivisión: NORTE: En 81,3 metros con Lote N° 7-A5, creado en la subdivisión; ESTE: En 31,10 metros con Lote 7-A3 y en 45,3 metros con Lote N° 7-A2, ambos creados en la subdivisión. SUR: En 74,2 metros con camino Público a Cudico Alto.- OESTE: En 93,5 metros con Lote N° 2.- SERVIDUMBRE DE TRÁNSITO.- Este Lote quedó gravado con una servidumbre de tránsito en sus deslindes Este, Sureste, y Oeste, totalizando una superficie de 1,338 m2.- CLÁUSULA ESENCIAL: “Se deja constancia que, de conformidad al Artículo primero, inciso tercero, del D.L. 3.516 del 19 de noviembre de 1980, los predios resultantes de la subdivisión quedan sujetos a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos 55 y 56 de la Ley de Urbanismo y Construcciones”.- ROL DE AVALÚO: 344-122 de Villarrica, que se valoriza por los socios en el monto de $10.000.000.- b) El aporte en dominio a la sociedad, del predio rústico denominado LOTE 7-A 4, con una superficie de 5.059 m2, que tiene los siguientes deslindes especiales según Memoria Explicativa de la Subdivisión: NORTE: En 81,9 metros con Lote N° 7-A6, creado en la subdivisión; ESTE: En 61,1 metros con Braulio Espinoza Abarzúa; SUR: En 84,3 metros con Lote N° 7-a3, creado en la subdivisión; OESTE: En 61,0 metros con Lote N° 7-A5, creado en la subdivisión.- SERVIDUMBRE DE TRÁNSITO.- Este Lote quedó gravado con una servidumbre de tránsito en sus deslinde Oeste, totalizando una superficie de 304 m2.- CLÁUSULA ESENCIAL: “Se deja constancia que, de conformidad al Artículo primero, inciso tercero, del D.L. 3.516 del 19 de noviembre de 1980, los predios resultantes de la subdivisión quedan sujetos a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos 55 y 56 de la Ley de Urbanismo y Construcciones”.- ROL DE AVALÚO: 344-118 de Villarrica, que se valoriza por los socios en el monto de $10.000.000.- c) Con la suma de $400.000.- que paga al contado y en dinero efectivo en este acto.-B) Don ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA, aporta el 20% del capital social que corresponde a la suma de $6.800.000.-que entera con $1.800.000.- en dinero efectivo, en este acto, y el saldo de $5.000.000.- en 5 cuotas anuales de $1.000.000.- cada una, pagaderas al 30 de Diciembre de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, o a medida que las necesidades sociales lo requieran.- y C) Don BERNARDO AUGUSTO ACUÑA ACUÑA, aporta el 20% del capital social que corresponde a la suma de $6.800.000.-que entera con $800.000.- en dinero efectivo, en este acto, y el saldo de $6.000.000.- en 6 cuotas anuales de $1.000.000.- cada una, pagaderas al 30 de Diciembre de los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, o a medida que las necesidades sociales lo requieran.- Responsabilidad socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don ALFONSO EDUARDO ACUÑA ACUÑA.- En caso de muerte, ausencia prolongada, o enfermedad grave y permanente de don Alfonso Eduardo Acuña Acuña, y sin que sea necesario acreditarlo ante terceros, la administración corresponderá a don PEDRO ALFONSO ACUÑA SALDÍAS.- Administrador amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Villarrica, 08 de Octubre de 2019.

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