Lf Ocampo Y Compañía Abogados Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica en todos los campos del derecho, incluyendo ámbito civil, comercial, tributario, laboral, financiero y cualesquiera otros que se relacionen directa o indirectamente con el derecho de la empresa y la práctica legal en toda su extensión; la prestación de toda clase de servicios profesionales legales en representación de los intereses de sus clientes y patrocinados, incluyendo ejecución, por cuenta de aquellos con y sin representación, de toda clase de mandatos y comisiones de confianza, custodia de sus documentos y ejercicio de sus derechos sociales en toda clase de asambleas y juntas de socios o accionistas o en cualquier otro ámbito; en general, la realización de todo tipo de actos y contratos directa e indirectamente relacionados con la prestación de los servicios profesionales legales y las labores de asesoría jurídica y otras conexas a ellas como ocurre con el ámbito de las finanzas y la contabilidad, y que resultan accesorios y/o complementarios a los mismos, y en general, aquellos que digan relación con la gestión propia de los abogados y las especialidades en que se desempeñan tanto en el ámbito nacional como internacional; y asimismo, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos y el desarrollo de cualquier actividad que sean necesarios para las prestación de las asesorías y servicios profesionales que constituyen el objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital libéré
$5.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $2.500.000 |
Alejandra Stella Croxatto Varas Socio | - | 50% | $2.500.000 |
Administrateurs (2)
Alejandra Stella Croxatto Varas
Texte officiel de l’extrait
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de febrero de 2023, bajo Repertorio número 6.906-2023, ante mí, LUIS FELIPE OCAMPO MOSCOSO y ALEJANDRA STELLA CROXATTO VARAS, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Isidora Goyenechea N°3.120, piso 9, Las Condes, R.M., constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “LF OCAMPO Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo también usar la expresión abreviada “LFO Y CÍA ABOGADOS LTDA”. Objeto social: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica en todos los campos del derecho, incluyendo ámbito civil, comercial, tributario, laboral, financiero y cualesquiera otros que se relacionen directa o indirectamente con el derecho de la empresa y la práctica legal en toda su extensión; b) La prestación de toda clase de servicios profesionales legales en representación de los intereses de sus clientes y patrocinados, incluyendo ejecución, por cuenta de aquellos con y sin representación, de toda clase de mandatos y comisiones de confianza, custodia de sus documentos y ejercicio de sus derechos sociales en toda clase de asambleas y juntas de socios o accionistas o en cualquier otro ámbito; c) En general, la realización de todo tipo de actos y contratos directa e indirectamente relacionados con la prestación de los servicios profesionales legales y las labores de asesoría jurídica y otras conexas a ellas como ocurre con el ámbito de las finanzas y la contabilidad, y que resultan accesorios y/o complementarios a los mismos, y en general, aquellos que digan relación con la gestión propia de los abogados y las especialidades en que se desempeñan tanto en el ámbito nacional como internacional; y asimismo, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos y el desarrollo de cualquier actividad que sean necesarios para las prestación de las asesorías y servicios profesionales que constituyen el objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Capital social: El capital social es la suma de cinco millones de pesos, el que se aporta por los Socios de la siguiente manera: a) don Luis Felipe Ocampo Moscoso, la suma de dos millones quinientos mil pesos, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo; b) doña Alejandra Stella Croxatto Varas, la suma de dos millones quinientos mil pesos, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo. Administración y uso de la razón social: Ambos socios en forma conjunta o separada, según ellos lo determinen, pudiendo representar a la Sociedad sin ninguna limitación. Duración: 5 años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de marzo de 2023.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
LF OCAMPO Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2290928
