Société à responsabilité limitée

Labbé Legal Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 mai 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-05-09Voir le PDF (CVE 2808173)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Administration: La administración de la Sociedad y uso de la razón social corresponderán a Alberto Labbé Valverde, José Tomás Labbé Figueroa y Cristóbal Allende Labbé, quienes, actuando separada e indistintamente, representarán a la sociedad

Objet social

La Sociedad tiene por objeto único y exclusivo el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento del ejercicio libre de la profesión de abogado, incluidas las asesorías de orden jurídico, regulatorio, financiero, tributario, de inversiones nacionales y trasnacionales y de cualquier otro orden, por medio de sus socios, asociados y demás abogados que trabajen para ella y sus dependientes, en los términos que establezca la legislación aplicable; el desarrollo de actividades de investigación en el ámbito del derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía; y, en general, la asesoría, representación y patrocinio de terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional de la abogacía. La Sociedad no podrá realizar otro tipo de actividades que no digan directa relación con el ejercicio de la profesión de abogado, sin perjuicio de las inversiones y gastos necesarios para el ejercicio de la misma y mantener el capital de trabajo necesario. La Sociedad podrá participar en otras sociedades únicamente cuando estas tengan el mismo objeto y éste se explote a través de sus socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

Alberto Labbé Valverde

Socio

6.xxx.xxx-4

45%

LABBÉ MONTERO ASESORÍAS JURÍDICAS LIMITADA

Socio

77.669.498-3

35%

Cristóbal Allende Labbé

Socio

19.xxx.xxx-3

20%

Administrateurs (3)

Alberto Labbé Valverde

6.xxx.xxx-4Administrador

José Tomás Labbé Figueroa

16.xxx.xxx-5Representante

Cristóbal Allende Labbé

19.xxx.xxx-3Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, Avenida El Golf número noventa y nueve, oficina ciento uno B, Las Condes, Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha de 23 de abril de 2026, Repertorio N°3312-2026, ante mí: /1/ ALBERTO LABBÉ VALVERDE, C.I. N°6.568.199-4; /2/ LABBÉ MONTERO ASESORÍAS JURÍDICAS LIMITADA, RUT N°77.669.498-3, representada por José Tomás Labbé Figueroa, C.I. N°16.365.908-5; y /3/ CRISTÓBAL ALLENDE LABBÉ, C.I. N°19.202.432-3; todos domiciliados en calle Las Nieves tres mil quinientos setenta, piso uno, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de la cual extracto la siguiente: /I/ Razón social: “LABBÉ LEGAL LIMITADA”, pudiendo actuar para todos los efectos legales e incluso publicitarios y ante bancos y otras instituciones financieras, bajo el nombre de fantasía de “Labbé Abogados Ltda.”, “Labbé Legal” o “Labbé Abogados”.- /II/ Objeto: La Sociedad tiene por objeto único y exclusivo el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento del ejercicio libre de la profesión de abogado, incluidas las asesorías de orden jurídico, regulatorio, financiero, tributario, de inversiones nacionales y trasnacionales y de cualquier otro orden, por medio de sus socios, asociados y demás abogados que trabajen para ella y sus dependientes, en los términos que establezca la legislación aplicable; el desarrollo de actividades de investigación en el ámbito del derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía; y, en general, la asesoría, representación y patrocinio de terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional de la abogacía.- La Sociedad no podrá realizar otro tipo de actividades que no digan directa relación con el ejercicio de la profesión de abogado, sin perjuicio de las inversiones y gastos necesarios para el ejercicio de la misma y mantener el capital de trabajo necesario.- La Sociedad podrá participar en otras sociedades únicamente cuando estas tengan el mismo objeto y éste se explote a través de sus socios.- Domicilio: El domicilio social será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de la constitución de agencias, oficinas, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, en forma estipulada en escritura extractada. Capital El capital social es la suma de $1.000.000, que se aportó y pagó con anterioridad a esta fecha, en la forma y condiciones que se exponen a continuación: a) Alberto Labbé Valverde aporta la cantidad de $450.000, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción; b) Labbé Montero Asesorías Jurídicas Limitada aporta la cantidad de $350.000, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción; y c) Cristóbal Allende Labbé aporta la cantidad de $200.000, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción. En consecuencia, el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente pagado y aportado por los Socios. Administración: La administración de la Sociedad y uso de la razón social corresponderán a Alberto Labbé Valverde, José Tomás Labbé Figueroa y Cristóbal Allende Labbé, quienes, actuando separada e indistintamente, representarán a la sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada. Demás menciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 06 de mayo de 2026. Magdalena Latorre Larrain. Notario Público Interino.

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