Jecjr Seguridad Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
la prestación de servicios en las siguientes áreas: a) servicios de vigilancia y seguridad; b) proveer toda clase de asesorías y servicios integrales de seguridad y control; c) elaboración, formulación, ejecución, evaluación y seguimiento de estudios, programas y proyectos u otros que tengan relación con el objeto social; d) desarrollar el giro de otras actividades profesionales y prestar cualquier otro servicio de asesoría o consultoría relacionados o semejantes a los señalados; e) capacitación y/o formación en materias y planes de seguridad; f) compra y venta, importación, exportación de artículos de seguridad; y, g) la realización de todo tipo de contratos relacionados con los fines sociales, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (5)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 10% | $100.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Rubén Gregorio Reaboi Rosenblatt Socio | - | 25% | $250.000 |
Socio | - | 25% | $250.000 |
Administrateurs (1)
Rubén Gregorio Reaboi Rosenblatt
Texte officiel de l’extrait
Osvaldo Pereira González, Notario Titular 14 Notaría Santiago, Teatinos N°449, piso 6, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 25 octubre 2018, ante mí, doña Evelyn Piccardo Olivos, doña Camila Paz Arévalo Piccardo, don José Antonio Arévalo Carvallo, todos domiciliados calle Talinay N° 7.077-41, comuna La Reina, Región Metropolitana, don Rubén Gregorio Reaboi Rosenblatt, domiciliado calle Orinoco N°65, depto. 1501, comuna Las Condes, Región Metropolitana; y, doña Rosario Antonia Salinas Cañas, domiciliada calle Baden N° 4891, comuna Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “JECJR SEGURIDAD LIMITADA”, nombres de fantasía “PROTEGE” y/o “PROTEGE LTDA.” y/o “PROTEGE SEGURIDAD” y/o “RR PROTEGE”. Objeto: la prestación de servicios en las siguientes áreas: a) servicios de vigilancia y seguridad; b) proveer toda clase de asesorías y servicios integrales de seguridad y control; c) elaboración, formulación, ejecución, evaluación y seguimiento de estudios, programas y proyectos u otros que tengan relación con el objeto social; d) desarrollar el giro de otras actividades profesionales y prestar cualquier otro servicio de asesoría o consultoría relacionados o semejantes a los señalados; e) capacitación y/o formación en materias y planes de seguridad; f) compra y venta, importación, exportación de artículos de seguridad; y, g) la realización de todo tipo de contratos relacionados con los fines sociales, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden. Capital: $1.000.000 que socios aportan siguiente forma: doña Camila Paz Arévalo Piccardo $200.000, en el acto, al contado y en dinero efectivo, e ingresado en caja social; don José Antonio Arévalo Carvallo $100.000, en el acto, al contado y en dinero efectivo, e ingresado en caja social; doña Evelyn Piccardo Olivos $200.000, en el acto, al contado y en dinero efectivo, e ingresado en caja social; don Rubén Gregorio Reaboi Rosenblatt $250.000, en el acto, al contado y en dinero efectivo, e ingresado en caja social; y doña Rosario Antonia Salinas Cañas $250.000, en el acto, al contado y en dinero efectivo, e ingresado en caja social. Socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don Rubén Gregorio Reaboi Rosenblatt, quien actuando por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con facultades señaladas en escritura que se extracta. Duración: 2 años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos de dos años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, en forma señalada en escritura que se extracta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 noviembre 2018.- O. Pereira G.- Notario Público.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
JECJR SEGURIDAD LIMITADA
CVE 1498827
