Société par actions

Jccuadrap Gestión Integral De Abastecimientos Y Contratos SpA

CONSTITUCIÓN — 30 oct. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-10-30Voir le PDF (CVE 1295169)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinido
Administration: La administración de la sociedad estará a cargo de un administrador, quien podrá actuar y ejercer las facultades propias de la administración, pudiendo designar gerente general y asumir dicho cargo. Provisionalmente, y hasta que no se celebre una Junta de Accionistas en la que se designe al Administrador definitivo, la administración de la sociedad recaerá en un Administrador Provisional.

Objet social

El Objeto de esta sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) los servicios integrales de administración y gestión de procesos de licitación, abastecimientos, contratos, órdenes de compra y documentos afines, incluyendo la formación, capacitación y entrenamiento de personas en esta materia, por cuenta propia o ajena; b) la prestación de servicios, consultorías, asesorías profesionales, técnicas, de investigación y capacitación de todo tipo a instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; c) la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de bienes y servicios, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; d) el desarrollo, explotación, comercialización y administración de toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; e) ejercer todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de sociedades y particulares, nacionales o extranjeros; f) la inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir y vender toda clase de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamiento y percibir sus rentas; g) la inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir y vender toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras hipotecarias u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; h) la constitución y participación en sociedades anónimas, sociedad por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; i) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; j) la realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes Estatutos.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

JUAN CARLOS CUADRA PESCE

Accionista

90%

MARÍA SUSANA GALLARDO CUNEO

Accionista

10%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO AVELLO CONCHA, Abogado, Notario Público, Titular de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico por escritura hoy, ante mí, don JUAN CARLOS CUADRA PESCE y doña MARÍA SUSANA GALLARDO CUNEO, ambos con domicilio en calle Martín de Zamora número cinco mil seiscientos noventa y cinco, departamento número cuatrocientos dos, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; constituyeron una sociedad por acciones en los términos siguientes. Nombre: “JCCUADRAP GESTIÓN INTEGRAL DE ABASTECIMIENTOS Y CONTRATOS SpA”, entendiéndose que la sociedad quedará igualmente obligada y podrá ejercer derechos y adquirir obligaciones con el nombre de “JCCUADRAP SpA”, pudiendo actuar sin limitación alguna ante todo tipo de personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante bancos e instituciones financieras y organismos fiscales y municipales. Objeto: El Objeto de esta sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) los servicios integrales de administración y gestión de procesos de licitación, abastecimientos, contratos, órdenes de compra y documentos afines, incluyendo la formación, capacitación y entrenamiento de personas en esta materia, por cuenta propia o ajena; b) la prestación de servicios, consultorías, asesorías profesionales, técnicas, de investigación y capacitación de todo tipo a instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; c) la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de bienes y servicios, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; d) el desarrollo, explotación, comercialización y administración de toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; e) ejercer todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de sociedades y particulares, nacionales o extranjeros; f) la inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir y vender toda clase de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamiento y percibir sus rentas; g) la inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir y vender toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras hipotecarias u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; h) la constitución y participación en sociedades anónimas, sociedad por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; i) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; j) la realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes Estatutos. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de CINCO MILLONES DE PESOS CHILENOS y se divide y representa en MIL acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas, de la siguiente forma: don JUAN CARLOS CUADRA PESCE, por novecientas acciones, ingresa a las arcas sociales la suma total de cuatro millones quinientos mil pesos chilenos; y doña MARÍA SUSANA GALLARDO CUNEO, por cien acciones, ingresa a las arcas sociales la suma total de quinientos mil pesos chilenos, que ingresa a las arcas sociales. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un administrador, quien podrá actuar y ejercer las facultades propias de la administración, pudiendo designar gerente general y asumir dicho cargo. Provisionalmente, y hasta que no se celebre una Junta de Accionistas en la que se designe al Administrador definitivo, de cuya acta se deberá dejar constancia por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, la administración de la sociedad recaerá en un Administrador Provisional, el cual se designa en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. El administrador provisional estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente General o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que el administrador haga de un Gerente General, el administrador podrá delegar, a través de instrumento público, parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aún para objetos especialmente determinados, en otras personas. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de octubre de 2017.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    JCCUADRAP GESTIÓN INTEGRAL DE ABASTECIMIENTOS Y CONTRATOS SpA

    CVE 1295169

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial