Société par actions

Inversiones Sazo SpA

CONSTITUCIÓN — 2 oct. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-10-02Voir le PDF (CVE 1280841)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años, contados desde ésta fecha, renovables tacita y sucesivamente en periodos iguales salvo declaración expresa en contrario de las constituyentes
Administration: Administrador con amplias facultades, con firma antepuesta a la razón social

Objet social

La realización de servicios de transporte, los servicios de transporte podrán ser terrestre privado remunerado de pasajeros y/o carga, de autorización general o especial, a desarrollarse en recorridos urbanos, rurales o interurbanos y nacionales e internacionales y/o sea transporte terrestre público remunerado de pasajeros y/o carga, de autorización general o especial; los servicios de transporte se podrán ejecutar en camiones, camionetas, autos, minibuses y/o buses, pudiendo prestar servicios como taxi básico, turista o ejecutivo, etcétera; dicho transporte podrá ser realizado para todo tipo de carga, mercaderías, fletes, acarreos, encomiendas, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, con vehículos propios y/o de terceros, tanto de pasajeros como de cargas de todo tipo, de mercancías y personas, dentro o fuera del territorio nacional en vehículos que la Sociedad disponga a cualquier título; comprar, vender, arrendar y dar en arrendamiento vehículos en general; comprar, vender y arrendar equipamiento minero; importación, exportación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción, arrendamiento, comercialización, distribución e instalación de partes, repuestos, piezas y accesorios de vehículos automotrices, insumos en general y demás implementos o maquinarias destinadas a tal fin. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que el constituyente determine, y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los socios

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (2)

NomParticipation

DORIAN ANDRES SAZO LOPEZ

Accionista

13.xxx.xxx-5

50%

FRANCISCO JAVIER SAZO CECI

Accionista

8.xxx.xxx-3

50%

Administrateurs (1)

FRANCISCO JAVIER SAZO CECI

8.xxx.xxx-3Administrador

Texte officiel de l’extrait

GINO BENEVENTI ALFARO, Abogado, Notario Interino de la Notaría 49º, ubicada en Paseo Phillips 451, oficina 1905, Santiago, Certifico que por escritura pública de fecha 14 de Septiembre 2017, hoy ante mí, don FRANCISCO JAVIER SAZO CECI, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de Identidad número ocho millones trescientos treinta y tres mil ochocientos noventa guion tres, domiciliado en Avenida Salvador Silva dos mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Peñaflor de paso en esta ciudad de Santiago, Región Metropolitana y don DORIAN ANDRES SAZO LOPEZ, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos once mil ciento sesenta guión cinco, domiciliado en Avenida Irarrázaval número cuatrocientos, casa número treinta y dos, Comuna de Peñaflor, de paso en esta ciudad de Santiago, Región Metropolitana, vienen en constituir una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Nombre o Razón social: "INVERSIONES SAZO SpA”.- Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualesquier lugar del país o del extranjero. Objeto El objeto de la sociedad será la realización de servicios de transporte, los servicios de transporte podrán ser terrestre privado remunerado de pasajeros y/o carga, de autorización general o especial, a desarrollarse en recorridos urbanos, rurales o interurbanos y nacionales e internacionales y/o sea transporte terrestre público remunerado de pasajeros y/o carga, de autorización general o especial; los servicios de transporte se podrán ejecutar en camiones, camionetas, autos, minibuses y/o buses, pudiendo prestar servicios como taxi básico, turista o ejecutivo, etcétera; dicho transporte podrá ser realizado para todo tipo de carga, mercaderías, fletes, acarreos, encomiendas, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, con vehículos propios y/o de terceros, tanto de pasajeros como de cargas de todo tipo, de mercancías y personas, dentro o fuera del territorio nacional en vehículos que la Sociedad disponga a cualquier título; comprar, vender, arrendar y dar en arrendamiento vehículos en general; comprar, vender y arrendar equipamiento minero; importación, exportación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción, arrendamiento, comercialización, distribución e instalación de partes, repuestos, piezas y accesorios de vehículos automotrices, insumos en general y demás implementos o maquinarias destinadas a tal fin. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que el constituyente determine, y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los socios.- Capital: El capital social fijado en el artículo quinto de los estatutos, es de un millón de pesos, dividido en cien acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto por los accionistas de la siguiente forma: a) Don DORIAN ANDRES SAZO LOPEZ, ya individualizado, suscribe y paga en este acto la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, equivalente a cincuenta acciones y al cincuenta por ciento del capital social; y b) don FRANCISCO JAVIER SAZO CECI, ya individualizado, suscribe y paga en este acto la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, equivalente a cincuenta acciones y al cincuenta por ciento del capital social. - Con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social.-Duración: 5 años, contados desde ésta fecha, renovables tacita y sucesivamente en periodos iguales salvo declaración expresa en contrario de las constituyentes. Administración: FRANCISCO JAVIER SAZO CECI; quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades y atribuciones, indicadas en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 14 de Septiembre 2017.

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