Inversiones Punta del Este Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tiene por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos, participaciones o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; b) la prestación de servicios y asesorías financieras; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, civiles, de comunidades y asociaciones en general, o ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, pudiendo representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; como así también concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; y d) en general, cualquier otra actividad que acuerden los socios y que diga relación directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada, sin limitación alguna, para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social.
Capital
Capital total
$30.000.000
Capital libéré
$30.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 50% | $15.000.000 |
Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 50% | $15.000.000 |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
JORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, notario Curicó, con oficio en calle Estado 280, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don VICENTE ANTONIO PIROZZI MAYER, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 18.465.788-0, y doña TERESITA ADRIANA TORO CEPEDA, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad número 18.254.353-5, ambos domiciliados domiciliado en calle Camino a Zapallar, kilómetro siete, casa número uno, comuna de Curicó, región del Maule, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE: Inversiones Punta del Este Limitada y nombre de fantasía “Punta del Este Limitada”. OBJETO: La Sociedad tiene por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos, participaciones o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; b) la prestación de servicios y asesorías financieras; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, civiles, de comunidades y asociaciones en general, o ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, pudiendo representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; como así también concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; y d) en general, cualquier otra actividad que acuerden los socios y que diga relación directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada, sin limitación alguna, para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que se pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración será de cinco años, renovables automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prorrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con tres meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de treinta millones de pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) Vicente Antonio Pirozzi Mayer, la suma de quince millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, y b) doña Teresita Adriana Toro Cepeda, la suma quince millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Vicente Antonio Pirozzi Mayer quien, actuando individualmente, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, según pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Curicó, 06 diciembre 2024.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
Inversiones Punta del Este Limitada
CVE 2582426
