Société à responsabilité limitée

Inversiones Pérez Y Amaya Limitada

CONSTITUCIÓN — 1 juin 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-06-01Voir le PDF (CVE 1407913)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años, prorrogables tácita y automáticamente por igual periodo según pacto
Administration: Corresponderá indistintamente a ambos socios, según se indica en la escritura

Objet social

La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales; la adquisición de acciones, derechos, cuotas o participaciones en toda clase de empresas, sociedad y/o fondos de inversión, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de éstas inversiones y sus frutos; el desarrollo y/o participación en toda clase de negocios que los socios determinen o acuerden; y en general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes al objeto social previsto.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Víctor Enrique Pérez León

Socio

50%

Marcela Aída Amaya Peña

Socio

50%

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por escritura de fecha 16 de mayo de 2018, repertorio: 14859-2018, ante mí, VICTOR ENRIQUE PÉREZ LEÓN, chileno, casado y separado de bienes, y MARCELA AÍDA AMAYA PEÑA, chilena, casada y separada de bienes, ambos domiciliados en Fray Montalva 776, casa 3, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: “INVERSIONES PÉREZ Y AMAYA LIMITADA”, Nombre Fantasía: “PÉREZ Y AMAYA LTDA””. Domicilio: Ciudad de Santiago. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales; b) La adquisición de acciones, derechos, cuotas o participaciones en toda clase de empresas, sociedad y/o fondos de inversión, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; c) La administración de éstas inversiones y sus frutos; d) El desarrollo y/o participación en toda clase de negocios que los socios determinen o acuerden; y d) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes al objeto social previsto. Administración y uso razón social: Corresponderá indistintamente a ambos socios, según se indica en la escritura Capital: un millón de pesos, que se aportan y enteran de la siguiente forma: A) Víctor Enrique Pérez León aporta $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, y B) Marcela Aída Amaya Peña aporta $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, ambos en dinero en efectivo, que enteran en acto de firma de escritura constitutiva. Duración: 5 años, prorrogables tácita y automáticamente por igual periodo según pacto. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de Mayo 2018.

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