Société à responsabilité limitée

Inversiones Pasutti Limitada

CONSTITUCIÓN — 1 sept. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-09-01Voir le PDF (CVE 1266417)

Informations sociétaires

Ltda
Las Condes, Región Metropolitana
Durée: Diez Años
Administration: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambas socios. Esta forma de administración no es determinante para la sociedad, por lo que cualquier impedimento temporal o definitivo de alguno de ellos, como enfermedad, interdicción quiebra o muerte, no disuelve la sociedad, la que continúa vigente, siendo administrada por el o la otro socio no impedido en su caso.

Objet social

La adquisición, administración, explotación, transferencia y comercialización de todo tipo de bienes corporales o incorporales muebles e inmuebles, agrícolas o no agrícolas, urbanos o rurales; la realización en forma directa y/o indirecta de todo tipo de negocios inmobiliarios; y la administración y explotación de todo tipo de bienes raíces, amoblados y no amoblados. Efectuar inversiones en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales y percibir sus frutos; y en general la realización de todos los negocios que los socios acuerden o la inversión de los fondos disponibles sin limitación o restricción alguna y en general desarrollar cualquier actividad que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$13.881.956

Capital libéré

$13.881.956

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

LILIANA ROSA PASUTTI MONTERO

Socio

50%

MABEL MARGARITA PASUTTI HERNÁNDEZ

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

Antonieta Mendoza Escalas, abogado, Notario Público, Titular de la 16° Notaría y Conservador de Minas de Santiago, oficio San Sebastián 2750, Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 11 de Agosto de 2017 ante mí, doña LILIANA ROSA PASUTTI MONTERO, domiciliada en calle Alejandro Fleming número 8.880, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y; doña MABEL MARGARITA PASUTTI HERNÁNDEZ, domiciliada en calle Bocaccio número 410, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: 1°. La razón o firma social; La razón social de la sociedad será INVERSIONES PASUTTI LIMITADA, sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de “PASUTTI LTDA”. 2°. Los socios encargados de la administración y del uso de la razón social: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambas socios como se indica en escritura extractada. Esta forma de administración no es determinante para la sociedad, por lo que cualquier impedimento temporal o definitivo de alguno de ellos, como enfermedad, interdicción quiebra o muerte, no disuelve la sociedad, la que continúa vigente, siendo administrada por la o él otro socio no impedido en su caso. 3°. El capital social es la suma de $13.881.956.- que se introduce por los socios, en partes iguales, con el aporte de bienes inmuebles avaluados de mutuo acuerdo deducidas obligaciones que se adquieren por la sociedad. Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes. 4°. Las negociaciones sobre que deba versar el giro de la sociedad: El objeto de la sociedad será a) La adquisición, administración, explotación, transferencia y comercialización de todo tipo de bienes corporales o incorporales muebles e inmuebles, agrícolas o no agrícolas, urbanos o rurales; la realización en forma directa y/o indirecta de todo tipo de negocios inmobiliarios; y la administración y explotación de todo tipo de bienes raíces, amoblados y no amoblados. b) Efectuar inversiones en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales y percibir sus frutos; y c) En general la realización de todos los negocios que los socios acuerden o la inversión de los fondos disponibles sin limitación o restricción alguna y en general desarrollar cualquier actividad que los socios acuerden. 5°. La época en que la sociedad debe principiar y disolverse: La sociedad comenzará a regir desde fecha escritura extractada y tendrá una duración de Diez Años. Este plazo se prorrogará tácita y sucesivamente, en forma automática, por períodos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad con 6 meses de anticipación, a lo menos, a la fecha del vencimiento del plazo o de cada una de sus prórrogas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de Agosto de 2017.

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