Société à responsabilité limitée

Inversiones Moraga Barrueto Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 avr. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-04-06Voir le PDF (CVE 2476182)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años contados desde el otorgamiento de la escritura de constitución, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales o sucesivos de 1 año cada uno salvo que uno cualquiera de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, en la forma indicada en la escritura extractada
Administration: La administración corresponderá a RODRIGO ALONSO MORAGA TORRES y PAULA NATHALIA BARRUETO ALISTE, quienes actuando individual e indistintamente tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente. En caso de ausencia o imposibilidad, incluso transitoria, la administración corresponderá subsidiariamente a FLORENCIA ISIDORA MORAGA BARRUETO y BENJAMÍN IGNACIO MORAGA BARRUETO, quienes deberán actuar siempre conjuntamente.

Objet social

La Sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y toda otra actividad relacionada con lo anterior.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$8.000.000

Associés (5)

NomParticipation

RODRIGO ALONSO MORAGA TORRES

Socio

11.xxx.xxx-k

5%

PAULA NATHALIA BARRUETO ALISTE

Socio

13.xxx.xxx-7

5%

FLORENCIA ISIDORA MORAGA BARRUETO

Socio

21.xxx.xxx-3

30%

BENJAMÍN IGNACIO MORAGA BARRUETO

Socio

21.xxx.xxx-5

30%

RAFAELA IGNACIA MORAGA BARRUETO

Socio

23.xxx.xxx-0

30%

Administrateurs (4)

RODRIGO ALONSO MORAGA TORRES

11.xxx.xxx-kAdministrador

PAULA NATHALIA BARRUETO ALISTE

13.xxx.xxx-7Administrador

FLORENCIA ISIDORA MORAGA BARRUETO

21.xxx.xxx-3Administrador

BENJAMÍN IGNACIO MORAGA BARRUETO

21.xxx.xxx-5Administrador

Texte officiel de l’extrait

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Abogado, Notario Público de la 15° Notaría de Santiago, con oficio en Calle Mardoqueo Fernández N° 201, oficinas 101-102, Providencia,, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de marzo de 2024, ante notario suplente don Francisco Rubén Rojas Arriagada, don RODRIGO ALONSO MORAGA TORRES, C.I N° 11.843.451-K; doña PAULA NATHALIA BARRUETO ALISTE, C.I N° 13.678.525-7; doña FLORENCIA ISIDORA MORAGA BARRUETO, C.I N° 21.038.844-3; don BENJAMÍN IGNACIO MORAGA BARRUETO, C.I N° 21.469.358-5; y doña RAFAELA IGNACIA MORAGA BARRUETO, C.I N° 23.327.049-0, representada por sus padres Rodrigo Alonso Moraga Torres y doña Paula Nathalia Barrueto Aliste, anteriormente individualizados, quienes actúan como sus representantes legales debido a su condición de menor de edad, todos domiciliados para estos efectos en Av. José Rabat 8.095. Condominio la Ñipa, casa 95, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada. Razón Social. “INVERSIONES MORAGA BARRUETO LIMITADA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y toda otra actividad relacionada con lo anterior. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país y/o en el extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos o contratos determinados. Duración: La duración de la Sociedad será de 5 años contados desde el otorgamiento de la escritura de constitución, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales o sucesivos de 1 año cada uno salvo que uno cualquiera de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, en la forma indicada en la escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: a) Don Rodrigo Alonso Moraga Torres la suma de $500.000, correspondiente al 5% de los derechos sociales, ya enterados en caja social; b) Doña Paula Nathalia Barrueto Aliste la suma de $500.000, correspondiente al 5% de los derechos sociales, ya enterados en caja social; c) Doña Florencia Isidora Moraga Barrueto se compromete a pagar la suma de $3.000.000, correspondiente al 30% de los derechos sociales. En acto de constitución paga y entera la suma de $500.000 en efectivo. El saldo restante de $2.500.000 deberá ser enterado y pagado dentro de un plazo máximo de 3 años contados a partir de la fecha de constitución, y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; d) Don Benjamín Ignacio Moraga Barrueto se compromete a pagar la suma de $3.000.000, correspondiente al 30% de los derechos sociales. En acto de constitución paga y entera la suma de $500.000 en efectivo. El saldo restante de $2.500.000 deberá ser enterado y pagado dentro de un plazo máximo de 3 años contados a partir de la fecha de constitución, y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; y e) Doña Rafaela Ignacia Moraga Barrueto se compromete a pagar la suma de $3.000.000, correspondiente al 30% de los derechos sociales. En acto de constitución paga y entera la suma de $500.000 en efectivo. El saldo restante de $2.500.000 deberá ser enterado y pagado dentro de un plazo máximo de 3 años contados a partir de la fecha de constitución, y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. Responsabilidad de los socios: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad corresponderá a don RODRIGO ALONSO MORAGA TORRES y doña PAULA NATHALIA BARRUETO ALISTE, ya individualizados, quienes actuando individual e indistintamente y, anteponiendo a su firma el nombre y la razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes. En caso de ausencia o imposibilidad, incluso transitoria, de don Rodrigo Alonso Moraga Torres y doña Paula Nathalia Barrueto Aliste, la administración de la sociedad corresponderá subsidiariamente a doña Florencia Isidora Moraga Barrueto, y don Benjamín Ignacio Moraga Barrueto, los que deberán actuar siempre conjuntamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de abril de 2024.

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