Société à responsabilité limitée

Inversiones Mingana Limitada

CONSTITUCIÓN — 2 févr. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-02-02Voir le PDF (CVE 2081128)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: diez años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses antes de fin del respectivo período
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a AQUILINO GARCÍA NORIEGA. En caso de ausencia, fallecimiento, interdicción o impedimento de larga duración de AQUILINO GARCÍA NORIEGA, corresponderá a MARÍA SOLEDAD VILLAR RUIZ.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de inversiones mobiliarias propias o de terceros, inversiones en acciones, derechos sociales, bonos y debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión.

Capital

Capital total

$7.075.986.480

Associés (4)

NomParticipation

AQUILINO GARCÍA NORIEGA

Socio

7.xxx.xxx-7

40%

JOSÉ MANUEL GARCÍA VILLAR

Socio

21.xxx.xxx-9

20%

MACARENA ANDREA GARCÍA VILLAR

Socio

19.xxx.xxx-9

20%

MARÍA JOSÉ GARCÍA VILLAR

Socio

19.xxx.xxx-2

20%

Administrateurs (2)

AQUILINO GARCÍA NORIEGA

7.xxx.xxx-7Administrador

MARÍA SOLEDAD VILLAR RUIZ

7.xxx.xxx-4Administrador

Texte officiel de l’extrait

Verónica Torrealba Costabal, Notario Suplente del Titular don Iván Torrealba Acevedo, de la 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifico por escritura pública de hoy, Repertorio N° 1.765-2022, ante mí, AQUILINO GARCÍA NORIEGA, RUT N°7.573.262-7, JOSÉ MANUEL GARCÍA VILLAR, CI N°21.496.900-9; MACARENA ANDREA GARCÍA VILLAR, CI N°19.242.604-9; y MARÍA JOSÉ GARCÍA VILLAR, CI N°19.687.003-2, todos domiciliados para estos efectos en calle Paseo de Alcalá número once mil noventa y tres, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyen una Sociedad Responsabilidad Limitada. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES MINGANA LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales u oficinas donde los socios estimen conveniente, ya sea dentro del país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de inversiones mobiliarias propias o de terceros, inversiones en acciones, derechos sociales, bonos y debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso del a razón social corresponderá a don AQUILINO GARCÍA NORIEGA, quien, anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad. En caso de ausencia, fallecimiento, interdicción o impedimento de larga duración de don AQUILINO GARCÍA NORIEGA, lo que no será necesario acreditar a terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA SOLEDAD VILLAR RUIZ, cédula de identidad número siete millones cuarenta y tres mil doscientos ochenta y cinco guión cuatro quien actuará con las mismas facultades que se indican. El administrador, representará a la sociedad con las más amplias facultades ante toda persona, autoridad, o institución fiscal, semifiscal o privada, con las más amplias facultades según lo indicado en escritura extractada. Capital: El capital social será la suma de siete mil setenta y cinco millones novecientos ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta pesos que los socios aportan a ésta del siguiente modo: Uno.- Don AQUILINO GARCÍA NORIEGA, aporta el cuarenta por ciento del capital y de los derechos sociales, equivalente a la suma de dos mil ochocientos treinta millones trescientos noventa y cuatro mil quinientos noventa y dos pesos, que paga aportando en dominio pleno tres mil acciones de la Serie A de que es dueño en la sociedad Importadora Alsacia SpA, Rol Único Tributario número ochenta y nueve millones diez mil doscientos guión K, inscrita a fojas once mil trescientas sesenta y una número seis mil trescientos noventa y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos ochenta y dos, y que los socios valorizan de común acuerdo en a la suma de dos mil ochocientos treinta millones trescientos noventa y cuatro mil quinientos noventa y dos pesos. Dos.- Don JOSÉ MANUEL GARCÍA VILLAR, aporta el veinte por ciento del capital y de los derechos sociales, equivalente a la suma de mil cuatrocientos quince millones ciento noventa y siete mil doscientos noventa y seis pesos, suma que se enterará en el plazo de seis años contados desde la fecha de este instrumento, de acuerdo a los requerimientos sociales, en dinero efectivo y/o con cargo a las utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales. Tres.- Doña MACARENA ANDREA GARCÍA VILLAR aporta el veinte por ciento del capital y de los derechos sociales, equivalente a la suma de mil cuatrocientos quince millones ciento noventa y siete mil doscientos noventa y seis pesos, suma que se enterará en el plazo de seis años contados desde la fecha de este instrumento, de acuerdo a los requerimientos sociales, en dinero efectivo y/o con cargo a las utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales. Cuatro.- Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA VILLAR aporta el veinte por ciento del capital y de los derechos sociales, equivalente a la suma de mil cuatrocientos quince millones ciento noventa y siete mil doscientos noventa y seis pesos, suma que se enterará en el plazo de seis años contados desde la fecha de este instrumento, de acuerdo a los requerimientos sociales, en dinero efectivo y/o con cargo a las utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales. Duración: La sociedad tendrá una duración de diez años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses antes de fin del respectivo período. Responsabilidad: La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de su respectivo aporte. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de Enero del 2022.

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