Société par actions

Inversiones JG SpA

CONSTITUCIÓN — 25 mai 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-05-25Voir le PDF (CVE 2319778)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La Sociedad será representada y administrada por don Edgardo Enrique Beltrán Navarro con las facultades señaladas en la escritura extractada.

Objet social

efectuar toda clase de inversiones en bienes, sean estos corporales e incorporales, raíces o muebles, incluyendo todo tipo de bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades de personas, contratos de opción, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito, documentos negociables y valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos por el Estado, por instituciones públicas o por entidades o sociedades privadas, nacionales o extranjeras; sea por cuenta propia o ajena; así como todos los actos conducentes a la adquisición, mantención y enajenación de dichas inversiones.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

Juditza Alejandra Gutiérrez Espinoza

Accionista

13.xxx.xxx-9

40%

Edgardo Enrique Beltran Navarro

Accionista

10.xxx.xxx-2

60%

Administrateurs (1)

Edgardo Enrique Beltrán Navarro

10.xxx.xxx-2Administrador

Représentants auprès du SII (1)

Edgardo Enrique Beltrán Navarro

10.xxx.xxx-2Representante

Texte officiel de l’extrait

MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la 5° Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 11 de mayo de 2023, otorgada ante el Titular: Comparecieron doña JUDITZA ALEJANDRA GUTIÉRREZ ESPINOZA, Rol Único Tributario y Cédula Nacional de Identidad Número 13.789.834-9 y don EDGARDO ENRIQUE BELTRAN NAVARRO, Rol Único Tributario y Cedula Nacional de Identidad Número 10.092.312-2, ambos domiciliados para estos efectos en calle La Hijuela Norte número 6032, Casas Parque Quilín, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago; constituyendo Sociedad por Acciones. Nombre o Razón Social: “Inversiones JG SpA”, pudiendo usar la denominación de fantasía de “JG SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: efectuar toda clase de inversiones en bienes, sean estos corporales e incorporales, raíces o muebles, incluyendo todo tipo de bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades de personas, contratos de opción, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito, documentos negociables y valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos por el Estado, por instituciones públicas o por entidades o sociedades privadas, nacionales o extranjeras; sea por cuenta propia o ajena; así como todos los actos conducentes a la adquisición, mantención y enajenación de dichas inversiones. Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000.-, dividido en mil acciones ordinarias, sin valor nominal, de igual valor cada una y que se emiten en este acto. Las cuales fueron suscritas y pagadas e ingresadas en caja social de la siguiente manera: Uno) Doña JUDITZA ALEJANDRA GUTIÉRREZ ESPINOZA suscribe y paga en este acto cuatrocientas acciones a un valor de mil pesos cada una, lo que totaliza cuatrocientos mil pesos; suma que es pagada en este acto y al contado y que es ingresada inmediatamente en la caja social y, Dos) don EDGARDO ENRIQUE BELTRAN NAVARRO, suscribe y paga en este acto seiscientas acciones a un valor de mil pesos cada una, lo que totaliza seiscientos mil pesos, pagando en este acto y al contado y que es ingresada inmediatamente en la caja social. Administración: La Sociedad será representada y administrada por don Edgardo Enrique Beltrán Navarro con las facultades señaladas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 19 de mayo de 2023. MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente.

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