Société à responsabilité limitée

Inversiones E Inmobiliaria San Martín Limitada

CONSTITUCIÓN — 1 juil. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-07-01Voir le PDF (CVE 2150452)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 20 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 20 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura extractada
Administration: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don FRANCISCO IVÁN MATTAR MARTÍNEZ, a don CESAR ANDRÉS MATTAR MARTÍNEZ, y a don IGNACIO JAVIER MATTAR MARTÍNEZ quienes actuando de la forma indicada en estatutos y anteponiendo su firma a la razón social, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada.

Objet social

A) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el exterior; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos; B) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al afecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas.

Capital

Capital total

$900.000

Associés (3)

NomParticipation

FRANCISCO IVÁN MATTAR MARTÍNEZ

Socio

9.xxx.xxx-3

33.333333333333336%

CESAR ANDRÉS MATTAR MARTÍNEZ

Socio

9.xxx.xxx-1

33.333333333333336%

IGNACIO JAVIER MATTAR MARTÍNEZ

Socio

9.xxx.xxx-4

33.333333333333336%

Administrateurs (3)

FRANCISCO IVÁN MATTAR MARTÍNEZ

9.xxx.xxx-3Administrador

CESAR ANDRÉS MATTAR MARTÍNEZ

9.xxx.xxx-1Administrador

IGNACIO JAVIER MATTAR MARTÍNEZ

9.xxx.xxx-4Administrador

Texte officiel de l’extrait

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos número 941, local 302, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 15 de junio de 2022, ante mí, (I) FRANCISCO IVÁN MATTAR MARTÍNEZ, C.I. N° 9.907.757-3 (II) CESAR ANDRÉS MATTAR MARTÍNEZ, C.I. N°9.907.758-1; y (III) IGNACIO JAVIER MATTAR MARTÍNEZ, C.I. N°9.907.720-4, todos con domicilio para estos efectos en calle Pedro Canisio N°1157, departamento 51, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad es “INVERSIONES E INMOBILIARIA SAN MARTÍN LIMITADA”. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el exterior; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos; B) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al afecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. CAPITAL: $900.000, que los socios se obligan a aportar de la siguiente manera: Uno) FRANCISCO IVÁN MATTAR MARTÍNEZ, aporta la cantidad de $300.000.-, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura extractada. Dos) CESAR ANDRÉS MATTAR MARTÍNEZ, aporta la cantidad de $300.000.-, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura extractada. Tres) IGNACIO JAVIER MATTAR MARTÍNEZ aporta la cantidad de $300.000.-, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura extractada. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don FRANCISCO IVÁN MATTAR MARTÍNEZ, a don CESAR ANDRÉS MATTAR MARTÍNEZ, y a don IGNACIO JAVIER MATTAR MARTÍNEZ quienes actuando de la forma indicada en estatutos y anteponiendo su firma a la razón social, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: 20 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 20 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de junio de 2022.

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