Société à responsabilité limitée

Inversiones Crystal River Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 déc. 2016

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2016-12-27Voir le PDF (CVE 1157334)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: cinco años contados desde esta fecha y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del plazo de su vigencia primitiva o de la prórroga que esté corriendo
Administration: indistintamente a doña ROSA ELENA MEDINA MEDINA y a don MARIO EDUARDO DUARTE MEDINA

Objet social

a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, crearlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; b) Efectuar actividades de intermediación comercial, comisionista y corretaje de bienes y servicios.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ROSA ELENA MEDINA MEDINA

Socio

7.xxx.xxx-k

20%

MARIO EDUARDO DUARTE MEDINA

Socio

13.xxx.xxx-6

80%

Administrateurs (2)

ROSA ELENA MEDINA MEDINA

7.xxx.xxx-kAdministrador

MARIO EDUARDO DUARTE MEDINA

13.xxx.xxx-6Administrador

Texte officiel de l’extrait

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16 Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con Oficio en calle San Sebastián N° 2750, pisos 1 y 2, Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 21 de Diciembre de 2016, ante mí, doña ROSA ELENA MEDINA MEDINA, chilena, viuda, dueña de casa, cédula nacional de identidad N° 7.063.001-K; y don MARIO EDUARDO DUARTE MEDINA, chileno, soltero, contador, cédula nacional de identidad N° 13.088.107-6; ambos domiciliados para éstos efectos en calle José Ureta N° 821, comuna de La Cisterna; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto de aportes. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en cualquier parte del territorio nacional o en el extranjero. Razón social: “INVERSIONES CRYSTAL RIVER LIMITADA”, pudiendo usar “CRYSTAL RIVER LTDA.”, que se obligará misma manera que razón social. Objeto: a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, crearlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; b) Efectuar actividades de intermediación comercial, comisionista y corretaje de bienes y servicios. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: Corresponderá indistintamente a doña ROSA ELENA MEDINA MEDINA y a don MARIO EDUARDO DUARTE MEDINA. Capital: $5.000.000.-, aportado Uno) Rosa Elena Medina Medina, $1.000.000.- que paga en efectivo, enterados en caja social en acto de constitución. Dos) Mario Eduardo Duarte Medina $4.000.000.- que paga en efectivo, enterados en caja social en acto de constitución. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del plazo de su vigencia primitiva o de la prórroga que esté corriendo. Demás estipulaciones en ella. Santiago, 23 de Diciembre de 2016.

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