Société par actions

Inversiones Canje Inmobiliario SpA

CONSTITUCIÓN — 14 janv. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-01-14Voir le PDF (CVE 1168479)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinida
Administration: Directorio

Objet social

La Sociedad tiene por objeto: /i/ desarrollar, comercializar, comprar, vender e implementar softwares y sistemas operativos informáticos; prestar servicios relacionados y derivados del producto a desarrollar; creación y desarrollo de páginas webs; solicitar permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir toda clase de bienes muebles, inmuebles o insumos, que digan relación con el negocio del desarrollo de softwares de cualquier clase; /ii/ Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, y participar con plenas facultades en ellas; y /iii/ Realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos civiles y de comercio, de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Actions

2 000

Associés (4)

NomParticipation

CRISTÓBAL OSSIO BONTA

Accionista

15.xxx.xxx-3

-

JOSÉ PABLO VÁSQUEZ OSSIO

Accionista

16.xxx.xxx-9

-

ANA MARÍA CASTRO MELFI

Accionista

7.xxx.xxx-9

-

CAMILO ANDRÉS PORTILLA CASTRO

Accionista

15.xxx.xxx-0

-

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaria de Santiago, ubicada en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 29 DE DICIEMBRE DE 2016 (Repertorio Nº 29.494) ante don Manuel Ramirez Escobar, abogado, notario suplente de este oficio, comparece, don CRISTÓBAL OSSIO BONTA, chileno, soltero, arquitecto, cédula nacional de identidad número 15.783.176-3, domiciliado en calle Pastor Fernández número 19.730; don JOSÉ PABLO VÁSQUEZ OSSIO, chileno, soltero, publicista, cédula nacional de identidad número 16.661.640-9, domiciliado en calle Augusto Mira Fernández número 14.343; doña ANA MARÍA CASTRO MELFI, chilena, periodista, casada actuando bajo su patrimonio reservado, cédula nacional de identidad número 7.010.744-9, domiciliada en calle Cerro Aguas Blanca número 10.460, de la comuna de Lo Barnechea, región Metropolitana; y don CAMILO ANDRÉS PORTILLA CASTRO, chileno, arquitecto, soltero, cédula de identidad 15.959.413-0, domiciliado en Cerro Aguas Blanca número 10.460, de la comuna de Lo Barnechea, región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: INVERSIONES CANJE INMOBILIARIO SpA, en adelante también la “Sociedad”, pudiendo usar para fines comerciales, de propaganda y publicidad, incluso ante entidades públicas y privadas, los nombres de fantasía “Canje SpA” y “C. Inmobiliario SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: /i/ desarrollar, comercializar, comprar, vender e implementar softwares y sistemas operativos informáticos; prestar servicios relacionados y derivados del producto a desarrollar; creación y desarrollo de páginas webs; solicitar permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir toda clase de bienes muebles, inmuebles o insumos, que digan relación con el negocio del desarrollo de softwares de cualquier clase; /ii/ Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, y participar con plenas facultades en ellas; y /iii/ Realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos civiles y de comercio, de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Capital. El capital de la Sociedad un millón de pesos chilenos, dividido en dos mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie que se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Administración. Directorio. La sociedad será administrada por un directorio compuesto de cuatro miembros, sean o no accionistas, quienes serán elegidos por la Junta General de Accionistas o por apoderados especialmente nombrados por los accionistas. El directorio durará un período de tres años al final del cual deberá renovarse totalmente. Los directores continuarán en sus funciones después de expirado su período si por cualquier causa no se celebra en la época establecida la junta de accionistas llamada a realizar la elección o renovación del directorio o no se efectúa dicha elección o renovación mediante el acuerdo de los accionistas en la forma contemplada en el artículo Décimo Noveno de estos Estatutos. En tal caso, el directorio deberá convocar dentro del plazo de treinta días corridos desde la fecha en que debió realizarse dicha junta, a una junta de accionistas para efectuar los nombramientos correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior, el directorio podrá ser reemplazado en su totalidad, en cualquier tiempo, mediante un acuerdo adoptado en junta de accionistas o mediante el acuerdo unánime de los accionistas en la forma contemplada en el artículo Vigésimo Primero de estos Estatutos. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente. Si se produjere la vacancia de un director, deberá procederse a la renovación total del directorio en la próxima Junta General de Accionistas que deba celebrar la sociedad y, en el intertanto, el directorio podrá nombrarle un reemplazante. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 10 de enero de 2017

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