Société à responsabilité limitée

Inmobiliaria Raúl Alejandro Pantoja Rojas Y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — 31 juil. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-07-31Voir le PDF (CVE 1629924)

Informations sociétaires

Ltda
León Gallo número setenta y cinco

Associés (2)

NomParticipation

RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS

Socio

-

PAMELA ESTER RAMOS ARAYA

Socio

-

Texte officiel de l’extrait

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 09 de julio de 2019, otorgada ante mí, Don RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS, con domicilio en calle León Gallo número setenta y cinco de la ciudad de Temuco; y doña PAMELA ESTER RAMOS ARAYA, domiciliada en calle León Gallo número setenta y cinco de la ciudad de Temuco sanearon escritura de constitución de la sociedad “INMOBILIARIA RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, otorgada ante mí con fecha ocho de noviembre del año dos mil dieciocho, la que fue publicada en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil doscientos veintidós con fecha cinco de diciembre de dos mil dieciocho, cuyo extracto no fue inscrito dentro del plazo legal en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- En atención a que el extracto de la escritura de constitución de la sociedad denominada “INMOBILIARIA RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, no se inscribió dentro del plazo legal, y conforme lo faculta la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve del año mil novecientos noventa y siete, los compareciente sanearon dicha omisión mediante la suscripción de la escritura de saneamiento citada, a fin de practicar la pertinente inscripción de la constitución social en el Registro de Comercio competente.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 22 de julio de 2019.-

ConstitutionDiario Oficial · 2018-12-05Voir le PDF (CVE 1506897)

Informations sociétaires

Ltda
Temuco, Araucanía
Durée: Cinco años, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años
Administration: Administración y uso del nombre social corresponderá a cualquiera de los socios

Objet social

Efectuar inversiones y negocios inmobiliarios; adquirir, enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rurales; lotearlos, urbanizarlos, remodelarlos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, en toda clase de edificaciones; efectuar en propiedades que adquiera, posea o de las cuales sea tenedor, toda clase de obras, transformaciones y mejoras; dar y recibir, por cuenta propia o ajena en arrendamiento, subarrendar, adquirir, dar y ceder a terceros cualquier título uso y goce de bienes raíces; administrar, vender y arrendar bienes raíces de terceros mediante corretaje de propiedades; efectuar a inversión y explotación en cualquiera de sus formas de toda clase de bienes raíces, agrícolas o no agrícolas, comprendiéndose en ello el loteo, la subdivisión y la urbanización de los mismos; la inversión en toda clase de bienes incorporales como acciones, bonos, debentures, y en general, todo efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos, a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, por cuenta ajena, en co-participación con terceros o asociándose con personas naturales u otras personas jurídicas para tales efectos; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la inmobiliaria o del rubro de inversión; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, presumiéndose el acuerdo de ellos, por la sola circunstancia de su realización.

Capital

Capital total

$104.000.000

Capital libéré

$57.000.000

Capital restant dû

$47.000.000

Associés (2)

NomParticipation

PAMELA ESTER RAMOS ARAYA

Socio

50%

RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 08 de noviembre de 2018, otorgada ante mí, Don RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS, con domicilio en calle León Gallo número setenta y cinco de la ciudad de Temuco; y doña PAMELA ESTER RAMOS ARAYA, domiciliada en calle León Gallo número setenta y cinco de la ciudad de Temuco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: INMOBILIARIA RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS Y COMPAÑÍA LIMITADA, la que podrá actuar y funcionar para todos los efectos comerciales, bancarios y legales, con el nombre de fantasía de INMOBILIARIA CASA BLANCA LTDA.- Objeto será efectuar inversiones y negocios inmobiliarios; adquirir, enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rurales; lotearlos, urbanizarlos, remodelarlos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, en toda clase de edificaciones; efectuar en propiedades que adquiera, posea o de las cuales sea tenedor, toda clase de obras, transformaciones y mejoras; dar y recibir, por cuenta propia o ajena en arrendamiento, subarrendar, adquirir, dar y ceder a terceros cualquier título uso y goce de bienes raíces; administrar, vender y arrendar bienes raíces de terceros mediante corretaje de propiedades; efectuar a inversión y explotación en cualquiera de sus formas de toda clase de bienes raíces, agrícolas o no agrícolas, comprendiéndose en ello el loteo, la subdivisión y la urbanización de los mismos; la inversión en toda clase de bienes incorporales como acciones, bonos, debentures, y en general, todo efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos, a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, por cuenta ajena, en co-participación con terceros o asociándose con personas naturales u otras personas jurídicas para tales efectos; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la inmobiliaria o del rubro de inversión; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, presumiéndose el acuerdo de ellos, por la sola circunstancia de su realización. Administración y uso del nombre social corresponderá a cualquiera de los socios, esto es, al socio RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS y a la socia PAMELA ESTER RAMOS ARAYA.- Capital: El capital social corresponde a la suma total de $104.000.000 que los socios enteran en sumas y porcentajes iguales a la caja de la sociedad, siguiente manera: doña PAMELA ESTER RAMOS ARAYA, aporta suma de diez millones de pesos, que integra en acto escritura a caja social al contado y en dinero efectivo y la suma de cuarenta y dos millones de pesos como capital nominal que la socia se obliga a enterar en el plazo de treinta y seis meses contado desde fecha acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales.- Don RAÚL ALEJANDRO PANTOJA ROJAS, con aporte siguiente bienes: A) INMUEBLES: UNO) propiedad ubicada en calle León Gallo número noventa y ocho y corresponde al resto de una parte del sitio Número cinco de la manzana Número doce, del plano de esta ciudad de Temuco, inscrita a fojas seiscientos veintiséis Número seiscientos seis, del Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil catorce, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- DOS) Inmueble consistente en sitio y casa ubicado en la ciudad de Temuco, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, ubicada en calle o Pasaje Río Chol Chol número seiscientos sesenta, que corresponde según sus títulos al Lote número Sesenta y tres, de la misma manzana D, conforme al plano de Loteo del Conjunto Habitacional denominado “Los Ríos”, inscrito a fojas cinco mil setecientos diecinueve con el número cuatro mil seiscientos quince en el Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos noventa.- TRES) resto de la propiedad ubicada en calle León Gallo número setenta y cinco de la ciudad de Temuco, inscrito a fojas novecientos veintidós vuelta, número novecientos cuarenta y dos del Registro de Propiedad del año dos mil trece del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- Estos inmuebles son aportados en dominio en acto escritura a la sociedad por don Raúl Alejandro Pantoja Rojas, y se justiprecian en la suma total de cuarenta y cinco millones de pesos, correspondiendo la suma de quince millones de pesos a cada inmueble aportado.- B) MUEBLES: UNO) Con el aporte en dominio en acto escritura de bienes muebles usados que guarnecen los hogares de las propiedades señaladas en la letra A cláusula quinta de escritura extractada, los que se justiprecian en la suma total y única de dos millones de pesos.- DOS) con los siguientes vehículos motorizados que se justiprecian en la suma única y total de cinco millones de pesos, que serán aportados como capital nominal, que el socio se obliga a enterar en el plazo de treinta y seis meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales: 1) camión, marca Fotón, modelo Alimark cuatrocientos doce, placa única HLFW. siete cero; 2) automóvil, marca Peugeot, modelo trescientos siete XLINE uno punto seis, placa única WH. cuatro ocho cero ocho. 3) camioneta, marca DISK, modelo Cargo Box XL uno punto tres, placa única FWZW. dos dos.- Bienes inmuebles y muebles que se aportan y aportarán en su caso al capital social de la sociedad en dominio exclusivo y excluyente, y que se justiprecian en la suma total de cincuenta y dos millones de pesos.- Domicilio: comuna de Temuco, sin perjuicio que se puedan establecer sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.- Duración: sociedad comenzará a regir a contar fecha escritura que extracto, y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años, en la forma que establece pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 01 de diciembre de 2018.-

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